La publicación en el BOIB de las nuevas disposiciones adicionales de la Ley balear de residuos consolida jurídicamente el envío de residuos de Ibiza a Mallorca, pero el texto sigue sin concretar cuestiones clave como las toneladas que se trasladarán cada año, el impacto en las tasas de basura o el calendario detallado del plan piloto. El decreto fija quién decide, cómo se financia y hasta cuándo estará vigente esta solución excepcional.
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El Govern activa el envío de basura de Ibiza a Mallorca tras pactar el nuevo decreto con Vox
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Definir toneladas, costes y logística: los próximos pasos tras el decreto que permite enviar residuos de Ibiza a Mallorca
Vertedero de Ca na Putxa al límite y marco legal del traslado
El BOIB recoge que la vida útil del vertedero insular de Ibiza, en Ca na Putxa, está próxima a agotarse, una situación que faculta al Consell de Ibiza a acordar en pleno el traslado de residuos desde la isla hacia Mallorca. El texto legal establece que se podrá enviar “la totalidad de la fracción de desecho de los residuos” a las plantas de tratamiento mallorquinas, de manera que la salida de basura queda limitada a esa fracción de rechazo que ya no puede ser recuperada ni reciclada.
Además, el propio decreto precisa que esta habilitación tiene carácter temporal y que estará vigente hasta la aprobación del plan director de gestión de residuos de la isla, que deberá fijar el modelo definitivo para el tratamiento de estos materiales. Esta referencia vincula directamente la medida a la situación de Ca na Putxa y al calendario de revisión del plan director insular.
Quién decide el envío y durante cuánto tiempo
Las nuevas disposiciones aclaran qué instituciones tienen la última palabra sobre el traslado de residuos entre Ibiza y Mallorca. Por un lado, el Consell de Ibiza deberá aprobar en sesión plenaria el acuerdo que active el envío de la fracción de desecho, de modo que la decisión pasa por el órgano político insular. Por otro, ese acuerdo necesitará la autorización previa del Consell de Mallorca, tanto en lo relativo al transporte marítimo como al transporte terrestre asociado al movimiento de residuos entre las dos islas.
El BOIB establece también que la vigencia de este esquema de traslado se mantiene solo hasta que se apruebe el nuevo plan director de residuos de Ibiza, sin detallar plazos concretos para esa revisión. De este modo, la norma configura el envío a Mallorca como una medida excepcional y transitoria, ligada a la situación actual del vertedero y a la futura planificación insular, pero sin convertirla en una solución permanente.
Plan piloto: concesionaria y financiación a cargo de Ibiza
El decreto incorpora además la obligación de realizar una prueba piloto del traslado de residuos antes de que el sistema se implante de forma plena, un aspecto que ya se había avanzado en el debate político de las últimas semanas. Según lo publicado en el BOIB, la concesionaria del servicio de residuos de Ibiza será la encargada de ejecutar ese plan piloto, una vez que la duración haya sido acordada entre el Consell de Ibiza y el Consell de Mallorca.
En cuanto a la financiación de esta fase inicial, el texto especifica que el plan piloto será sufragado por el Consell de Ibiza, tal como recoge la información oficial. El decreto no entra a concretar si ese coste se repercutirá después vía tasas u otros instrumentos, pero sí deja claro que será la administración ibicenca la que asuma el gasto del test que permitirá evaluar el funcionamiento del traslado antes de su aplicación definitiva.
Un techo de 50 millones y muchos detalles pendientes
La otra gran cifra que incorpora el BOIB es que el transporte de residuos entre Ibiza y Mallorca supondrá un máximo de 50 millones de euros de presupuesto en diez años, una cantidad que el Govern balear abonará al Consell de Mallorca para hacer frente a los gastos derivados de este sistema. De este modo, la norma fija un techo económico y un periodo de referencia de una década, con la Comunidad Autónoma como encargada de transferir los fondos a la institución mallorquina.
Lo que aún es una incógnita
Más allá de estas condiciones generales, el decreto no detalla cuántas toneladas de residuos se trasladarán, ni con qué frecuencia, ni a partir de qué fecha exacta arrancará el plan piloto, elementos que quedan pendientes de concretar en el convenio entre los dos consells y en los acuerdos con la concesionaria y las navieras. Tampoco se especifica en el BOIB cómo se reflejarán estos costes en las tasas de basura que pagan los usuarios, un aspecto que deberá definirse en futuras decisiones políticas y ordenanzas.
En resumen, la publicación en el BOIB cierra el marco legal necesario para que los residuos de Ibiza puedan viajar a Mallorca y fija las grandes coordenadas de la operación —motivo, instituciones competentes, carácter temporal, prueba piloto y límite económico—, pero deja para una segunda fase la concreción de volúmenes, calendario, condiciones operativas y posible impacto en los recibos de basuras de la isla.













