El debate sobre qué va a pasar con el SMI en 2026 continúa abierto. Uno de los principales retos del inicio de año para el Ministerio de Trabajo y la ministra Yolanda Díaz es cerrar la negociación de la próxima subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Aunque ya se han dado pasos, por el momento no se ha alcanzado un acuerdo y las partes todavía están ajustando posturas tras varias reuniones.
A continuación respondemos las preguntas clave sobre la subida del SMI: cuánto podría subir, a quién afectaría, cuál es el estado de las negociaciones y cuándo podría entrar en vigor.
¿Cuánto sube el SMI en 2026?
Por el momento, no se ha llegado a ningún acuerdo sobre la subida del SMI en 2026, aunque agentes sociales y el Ministerio de Trabajo siguen intentando cerrar una cifra.
La última subida fue acordada en febrero de 2025, cuando el salario mínimo interprofesional se situó en 1.184 euros al mes, tras un alza del 4,41 %.
Para este año, el Ministerio de Trabajo propuso a sindicatos y patronal incrementar el SMI un 3,1 %, lo que situaría el salario mínimo en 1.221 euros mensuales (37 euros más al mes). A 14 pagas, esto supondría 17.094 euros brutos al año.
¿A quién afectaría la subida del SMI?
La subida del SMI suele impactar a quienes tienen ingresos más bajos. Con la subida del año pasado se vieron beneficiados 2,4 millones de trabajadores, de los cuales un 65,8 % fueron mujeres.
En este contexto, la actualización del salario mínimo en 2026 afectará de nuevo principalmente a trabajadores con remuneraciones por debajo de la nueva cuantía, mejorando su capacidad adquisitiva si hay acuerdo.
¿Cuál es el estado actual de las negociaciones?
La negociación del SMI involucra a varias partes: el Ministerio de Trabajo, los sindicatos mayoritarios CCOO y UGT, y los representantes empresariales de CEOE y Cepyme.
El Ministerio planteó un incremento del 3,1 %, en línea con lo recomendado por el Comité de Expertos que asesora en esta materia. Dicho comité había planteado incrementar la cuantía en ese porcentaje si las personas beneficiadas no tenían que declarar IRPF, o en 4,7 % si el SMI pasaba a tributar.
Los sindicatos, por su parte, han solicitado una subida del 7,5 % con tributación, argumentando que un aumento mayor es justo y necesario.
Mientras tanto, la patronal ha planteado un incremento más moderado del 1,5 %, hasta 1.202 euros sin pagar IRPF, alegando la necesidad de preservar la competitividad empresarial.
Este escenario ha dado lugar a declaraciones claras desde el sector empresarial. En este sentido, Garamendi ha señalado: “El planteamiento que tiene que hacerse será un planteamiento del Gobierno a través del Ministerio de Trabajo, y por tanto, cuando lleguen al acuerdo o no lleguen al acuerdo, estén de acuerdo con algo o no, pues nos lo plantearán y contestaremos. Yo no voy a colaborar en nombre de las empresas cuando no sabemos realmente qué plataforma ni qué planteamiento se hace.”
Para UGT, la propuesta de aumentar el SMI tiene consecuencias positivas más allá de la retribución directa, pues consideran que fortalecería el consumo, el empleo y la actividad económica en general.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo SMI?
A diferencia de procesos anteriores en los que hubo acuerdos a principios de año, esta vez el nuevo salario mínimo interprofesional no tiene una fecha de entrada en vigor establecida porque aún no se ha alcanzado un acuerdo.
Una vez se llegue a un consenso, el acuerdo deberá trasladarse al Consejo de Ministros, acompañado de los informes pertinentes y un proceso formal de consulta con las entidades sociales para que puedan hacer aportaciones.

En ejercicios anteriores, tras completar la fase de negociación y los informes necesarios, el Ejecutivo ha aprobado el SMI mediante decreto ley, lo que implica que el texto se eleva al Congreso de los Diputados para su convalidación en un plazo de 30 días.
Pese a que la fecha concreta de aplicación aún no está fijada, el Ministerio de Trabajo ha señalado que su intención es que el SMI aprobado tenga efecto retroactivo al 1 de enero de 2026, de modo que los trabajadores perciban las nuevas cuantías desde el inicio del año.
¿Qué implicaciones tiene este calendario?
Que todavía no exista una fecha de entrada en vigor significa que, mientras no se cierre el acuerdo y se tramite oficialmente, los trabajadores no percibirán la subida en sus nóminas. Esto deja un margen de incertidumbre para empresas y empleados, que están pendientes de los avances de las negociaciones.
Por otra parte, la intención de aplicar el SMI con efecto retroactivo pone de manifiesto la voluntad de evitar que los trabajadores pierdan poder adquisitivo en los primeros meses del año, como ha ocurrido en otras ocasiones cuando las negociaciones se han prolongado.
¿Por qué es importante la subida del SMI?
Más allá de su impacto inmediato en los ingresos de los trabajadores, la negociación del SMI es un indicador de política económica y social. La discrepancia entre las propuestas (desde el 1,5 % de la patronal hasta el 7,5 % sindical) refleja distintas visiones sobre la situación económica del país y las prioridades de las partes implicadas.
Los defensores de una mayor subida argumentan que una mejora del poder adquisitivo puede tener efectos beneficiosos en el consumo interno y en la actividad económica general. Por el contrario, quienes proponen incrementos más moderados señalan la necesidad de proteger la competitividad empresarial y evitar posibles efectos adversos sobre el empleo.
¿Qué podría pasar si no se alcanza un acuerdo?
Si las partes no consensuan una subida en los próximos días o semanas, el Gobierno podría optar por fijar el SMI por decreto ley, como ya ha ocurrido en ejercicios anteriores. Esta vía permitiría establecer la nueva cuantía sin necesidad de un acuerdo previo entre sindicatos y patronal, aunque podría generar tensiones entre los agentes sociales.
En cualquier caso, la intención declarada de que la actualización tenga efecto retroactivo al 1 de enero sigue siendo un objetivo clave del Ministerio de Trabajo, siempre que se concrete una cifra y se tramite según los procedimientos establecidos.













