Lejos de tirar la toalla tras el sorprendente anuncio del presidente no adscrito, Llorenç Córdoba, de no investigar las irregularidades, algunas desveladas por él mismo, en el megaconcurso de los servicios de playa de Formentera, y permitir que la Junta de Gobierno adjudique siete de los ochos quioscos pendientes, cuatro de las empresas perjudicadas por los cambios de criterio adoptados por la Mesa de Contratación con las plicas abiertas han decidido denunciar.
Ayer miércoles, acudieron a la sede de la Guardia Civil de Formentera para pedir que investigue el vínculo entre Daisee Aguilera Fletcher, exconsellera de Medio Ambiente en Gent per Formentera y Ana Fernández Molero, la técnico clave autora de los informes técnicos que valoró las ofertas incumpliendo los cambios que ella misma había introducido con las plicas abiertas.
Concretamente, cuatro de los antiguos quiosqueros han alertado de posibles delitos de prevaricación y tráfico de influencias en base a los cambios de criterios que ha realizado la técnico durante el proceso de adjudicación; al trato de favor en la adjudicación de la escuela de vela para Daisee Aguilera y, por último, a la relación cercana que exponen la reciente renunciada funcionaria y la exconsellera, un elemento novedoso en el concurso bajo sospecha.
Prevaricación y tráfico de influencias
Para los concursantes afectados, todo los hechos podrían ser constitutivos de delitos de prevaricación y de tráfico de influencias, en base a que es conocida la relación personal entre la persona que ha valorado y ha introducidos sus cambios en los criterios de valoración, Ana Fernández Molero, técnica del medio ambiente y Daisee Aguilera, propietaria de Whitesand Solutions y exconsellera de Medio Ambiente.
En esta cuestión insisten: «Tanto por su relación de trabajo, cuando Ana era subordinada de Daisee, como en su vida personal donde se puede ver que tienen una amistad manifiesta».
Trato de favor en la escuela de vela
El caso de la escuela de vela, que tiene una denuncia de Asier Fernández de por medio, es otro de hechos que requieren investigación: los denunciantes solicitan que se investigue si ha habido trato de favor de la Mesa de la Contratación hacia una empresa Whitesand Solutions en la adjudicación de una escuela de vela, siendo esta empresa propiedad de Daisee Aguilera, la exconsellera del Medio Ambiente en la legislatura anterior a la licitación de dicha escuela y otros elementos de concesiones de playa.
Es conocido en este punto que Aguilera aportó un convenio con la Escuela de Vela de Formentera que no existe, que no cumple el punto relativo al personal cualificado y que las alegaciones de algunos competidores alertando de las irregularidades no han sido contestadas.
No es el único papel de Aguilera en este concurso, ya que su sello está detrás de siete de los proyectos mejor puntuados de los quioscos, de un número indeterminado de lotes de hamacas y su empresa es la única que ofrece en la isla los cursos que permitían a las empresas obtener puntos extra determinantes para poder ganar en un concurso tan ajustado.
Perjudicados
Las cuatro empresas firmantes aseguran: «Hemos podido constatar que hemos sido perjudicados por los cambios de criterios propuestos por la técnica de Medio Ambiente y aprobados por la Mesa de Contratación, que han convertido otras cuatro empresas en las propuestas como ganadoras de la licitación por la misma».
Los proyectos de Aguilera
Tras ello reflejan que, en realidad «con la aplicación del pliego administrativo deberíamos haber sido nosotros» y señalan que además las cuatro empresas ganadoras han presentado proyectos realizados y firmados por Whitesand Solutions, es decir la empresa de Aguilera.
Las irregularidades
En su escrito detallan que la técnico de Medio Ambiente no ha respetado la escala de la valoración que establece el pliego administrativo, en las páginas 21 y 22 en los que dice textualmente que la escala de máxima puntuación (entre 10 y 25 puntos) solo puede obtenerse por la mejor propuesta cuando señala que «(…) puede considerarse de forma claramente diferenciada, como la mejor propuesta de las presentadas».
Así, defienden que es notorio que solo la mejor propuesta presentada puede obtener hasta 25 puntos, estando la segunda mejor propuesta en la escala hasta 10 puntos donde dice textualmente: “la propuesta en su conjunto presenta un buen detalle, especialmente en aquellos aspectos de mayor relevancia y que le aportan mayor valor técnico, aunque no es la mejor opción no se garantiza claramente la mejor calidad de servicio“.
Sin embargo, «la técnica de Medio Ambiente nos valora en el proyecto técnico con más de 20 puntos (siendo nosotros cuatro ganadores de proyecto técnico). Pero a los segundos no los puntúa según la escala, que establece un máximo de 10 puntos, y les otorga puntuaciones cercanas a nosotros», espetan.
Subcriterios sacados de la manga
En este apartado, citan también que en la pagina 27 aparece textualmente: “se rechazará toda oferta que en la valoración final no obtengan una puntuación igual o superior a 55 puntos, alcanzando un mínimo de 15 puntos en la valoración de los criterios no evaluables de forma automática”, en referencia al nuevo rango inventado por Molero.
De este modo, explican que la técnica introduce subcriterios de valoración en un informe, una vez presentada toda la documentación y abierto los sobres «siendo esto claramente contrario a la normativa española de contratación que exige que toda regla de adjudicación y ponderación debe ser publicada y conocida con carácter previo por los licitadores, y la jurisprudencia europea».
En ese sentido, consideran que en aplicación de dicha normativa, «no se pueden fijar a posteriori coeficientes de ponderación, ni aplicar reglas de ponderación o subcriterios relativos a los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de condiciones o en el anuncio de licitación, sin que se hayan puesto previamente en conocimiento de los licitadores».
Contestaciones extemporáneas de la Mesa de Contratación
Un último eje de la denuncia es que en el acta 15 la Mesa de Contratación contesta de forma extemporánea alegaciones presentadas por licitadores de hamacas: «Entendemos que este diferente trato respeto de otros licitadores y nosotros conculca en principio de igualdad, que exige que los criterios de adjudicación deben figurar en el pliego de condiciones o en el anuncio de licitación», explican.
Mientras que a continuación, finalmente añaden que «tanto en la interpretación a lo largo de todo el procedimiento, como en la evaluación las ofertas, los criterios de adjudicación deben aplicarse de manera objetiva y uniforme a todos los licitadores (Sentencia de 18 de octubre de 2001, SIAC Construction, EDJ 2001/50462)».