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El Govern da luz verde a las Entidades Colaboradoras Urbanísticas para tramitar licencias de obras y de habitabilidad

El objetivo es que emitan informes técnicos y jurídicos y conseguir reducir los plazos de la concesión de estas licencias para terminar con la burocracia administrativa

Obra en construcción.
Obra en construcción.

La aprobación del Decreto Ley de Medidas Urgentes de Simplificación y Racionalización Administrativas de las Administraciones Públicas de las Islas Baleares modifica total o parcial unas 50 leyes y decretos ley, con más de 170 cambios en los diferentes articulados, entre los que se incluye la habilitación de externalizar los trámites de licencias de obras en Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU).

Bajo esta medida, el Consell del Govern balear apunta a reducir el exceso de burocracia dentro de la administración y facilitar así la atracción de inversiones. Con la mencionada agilización, las licencias urbanísticas municipales las puede gestionar una persona directamente en el ayuntamiento correspondiente o puede autorizar a una ECU a hacerlo en su lugar.

Las entidades colaboradoras urbanísticas emitirán los pertinentes informes técnicos y jurídicos, y de este modo conseguir reducir los plazos de la concesión de estas licencias. Esta es una figura que existe en otras comunidades autónomas como la Comunidad de Madrid, Cataluña, Andalucía o la Comunidad Valenciana.

También, se elimina la exigencia de la cédula de habitabilidad de primera ocupación, que emiten los consells insulares, y se deja como base la licencia municipal de primera ocupación, dado que había una evidente duplicidad. Las licencias también se podrán externalizar a las ECU.

¿Qué son las Entidades Colaboradoras Urbanísticas?

Las Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU) son entidades privadas debidamente habilitadas para colaborar en la realización de actuaciones de verificación, inspección y control del cumplimiento de la normativa en el ámbito urbanístico municipal.

La contratación de una ECU tiene un precio que varía según el tipo de obra que se tenga que ejecutar y el tipo de uso o actividad que se pretenda. Si se decide esta opción, el Ayuntamiento no cobrará su tasa de prestación de servicios urbanísticos. En Madrid, los precios de las mismas se aprueban anualmente en la Junta de Gobierno de la Ciudad.

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