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PLENO

Santa Eulària prohíbe convertir comercios en vivienda y subir alturas en casi todo el municipio

Solo aprovechará el decreto de vivienda en puntos muy concretos fuera de Sant Carles y Santa Gertrudis con el objeto de preservar al pequeño comercio
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Imagen del pleno celebrado por el Ayuntamiento de Santa Eulària.

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu ha aprobado esta mañana establecer límites a la aplicación de algunas de las medidas previstas en el ‘Decreto de Vivienda’ recientemente aprobado por el Govern y que daba libertad a los municipios para no aplicar o hacerlo de forma limitada en cuestiones como la conversión de locales comerciales en vivienda o en el incremento de alturas.

La delimitación planteada por el equipo de gobierno excluye totalmente ambas posibilidades en los núcleos urbanos (no es de aplicación en rústico ni en zonas turísticas) de Sant Carles y Santa Gertrudis, excluyendo también la posibilidad de reconversión de bajos en las principales calles comerciales del resto de núcleos y limitando el crecimiento en alturas al máximo fijado en cada zona según las Normas Subsidiarias. El objetivo marcado es el de tratar de proteger al pequeño comercio, evitando así la desaparición de locales comerciales y, por otro lado, preservar la estética y la idiosincrasia de entornos de alto valor patrimonial que podrían verse alterados con los recrecidos. El PSOE se ha opuesto, mientras que Unides Podem y Vox se han abstenido.

En el caso de Santa Eulària, si bien resulta positivo que se habiliten fórmulas para poner en el mercado más vivienda y tratar de atajar en lo posible los problemas de falta de la misma, se ha aprovechado la posibilidad de limitar su aplicación con el fin de evitar que locales en zonas de gran actividad comercial puedan destinarse a vivienda, reduciendo así la presencia de negocios en nuestras calles y, por lo tanto, debilitando un tejido comercial que no sólo tiene una importante función de generación de riqueza y empleo, sino que también tiene un papel vital como dinamizador social.

Así se han regulado los núcleos urbanos, únicos en que se pueden aplicar las medidas, de manera que se prohíben ambas medidas totalmente en las poblaciones de Sant Carles y Santa Gertrudis. En ambos casos se trata de núcleos de población pequeños, con pocos negocios, cuya desaparición podría suponer un duro golpe ara la comunidad. Además, son entornos con una fisonomía y un crecimiento muy cuidados, de gran valor estético y patrimonial donde los recrecimientos podrían alterar su equilibrio.

En cuanto al resto de núcleos de población, la posibilidad de reconversión de locales comerciales en viviendas se prohíbe en las vías más comerciales en todo o en parte de su trazado. Así, se descarta en zonas de las calles del Camí Vell de Sant Mateu, sa Tanqueta, Ciudad Jardín, Marí Mayans y Padre Bartolomé de es Puig d’en Valls. En el caso de Jesús, las limitaciones incluyen la vía principal que atraviesa el pueblo, la avenida es Cap Martinet y calles Gavina y Faisà. En el caso de Santa Eulària, casi todas las zonas afectadas por la prohibición se encuentran incluidas dentro del rectángulo que conforman las calles Sant Josep, el Paseo Marítimo, la calle Joan Tur Tur y José Guasch Vich. Fuera de este ámbito quedarían la calle Sol, Camí de Missa o César Puget Riquer.

 

En cuanto a la posibilida de recrecer edificaciones o proyectos, se excluyen de ella todos los edificios declarados BIC, bienes culturales o que estén incluidos en el catálogo patrimonial municipal. Además, en todos los casos, no se pueden superar las alturas máximas reguladas en las Normas Subsidiarias.

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