PUERTO DE IBIZA

Autoridad portuaria se blinda contra nuevos okupas en los apartamentos de Marina Botafoc: la Policía Portuaria los revisa dos veces al día

Todavía hay un apartamento okupado por una familia con menores que se ha comprometido en desalojarlo de forma voluntaria en breve
Marina Botafoc.
Los apartamentos de Marina Botafoc han podido ser desalojados completamente.

Autoridad Portuaria libra una silenciosa batalla a diario para evitar que el conjunto de apartamentos ubicado dentro de los límites de Marina Botafoc sea un nido de okupas de nuevo. Para ello, agentes de la Policía Portuaria acuden a diario, mañana y tarde, para revisar si han vuelto a ser okupados y en caso de que así sea presentar de forma inmediata una denuncia por allanamiento de morada, lo que facilita el desalojo inmediato.

En la actualidad, según ha podido comprobar La Voz de Ibiza y han confirmado fuentes del ente portuario, permanece okupado un único apartamento por una familia con menores. La presencia de menores evitó que fuera desalojado como el resto de los apartamentos que estaban siendo okupados este invierno en una operación realizada hace algunos meses.

Tanto los policías consultados como las fuentes oficiales, han sostenido que la familia se ha comprometido a abandonar de forma voluntaria el inmueble en breve, compromiso que es puesto en duda por los comerciantes de la zona.

Los apartamentos han sido tapiados y las puertas bloqueadas con candados para evitar la okupación, algo que no se cumple en la puerta de acceso al bloque en el que permanece la familia moradora y que se ha instalado en el apartamento del primer piso, en la esquina más próxima a la zona comercial.

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Orden judicial de precinto incumplida por el okupa.

«¿A dónde van ir que estén mejor'»

«¿A dónde van a ir con los precios de la vivienda como están y si están de lujo en apartamento en primera línea de mar de un puerto deportivo y con vistas a Dalt Vila«, se pregunta uno de ellos en conversación con este medio.

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El conjunto de apartamentos que llegó a ser explotado como hotel tiene los días contados como edificio residencial, ya que la Ley de Puertos prohíbe expresamente el uso en el dominio portuario.

A la espera de la aprobación del Plan Especial de forma definitiva, para lo que no hay plazo previsto, la intención de Autoridad Portuaria es que la edificabilidad comercial sea trasladada a otros espacios dentro del perímetro y el edificio sea rehabilitado o demolido para usos portuarios y, por lo tanto, sin explotación comercial por parte del futuro concesionario de la marina deportiva: Capitanía Marítima, prácticos, amarradores, Cruz Roja, Aduanas, Salvamento Marítimo y Guardia Civil.

Usurpación

Aunque se suele referirse al término okupación, éste no está incluido de tal forma en el Código Penal. Para esto, se necesita definir si esta ocupación ha sido producto de una usurpación o un allanamiento de morada.

La primera de ellas se trata de una ocupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de sus propietarios. En este caso la sanción será una multa económica, porque el bien inmueble no es considerado morada para la Justicia.

En tanto, el allanamiento de morada ha de tipificarse cuando el ingreso o permanencia se produce en una vivienda o edificio que está siendo habitada. En este caso, las penas se agravan y pueden llegar a prisión.

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