Después de que la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, la jueza Martina Mora, dictara en junio el auto como cierre de la etapa de la instrucción del conocido caso puertos tras cuatro años de exhaustivas investigaciones desarrolladas bajo un férreo secreto de sumario, la Fiscalía Anticorrupción ha elaborado el escrito de acusación contra los ocho imputados por los amaños de la Autoridad Portuaria de Baleares y el Club Náutico de Ibiza.
Tal como avanzó La Voz de Ibiza, el vicepresidente del Club Náutico de Ibiza, el abogado ibicenco Josep Maria Costa, se ha librado de sentarse en el banquillo en el futuro juicio oral.
Sin embargo, otros ocho acusados se enfrentan a severas penas por los delitos de prevaricación administrativa continuada, fraude a la administración y cohecho.
Las posibles penas
Joan Gual de Torrella Guasp
- a) La pena de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 15 años por el delito continuado de prevaricación administrativa.
- b) La pena de prisión de 6 años e inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 10 años por el delito de fraude.
- c) La pena de prisión de 3 años, multa de 18 meses con una cuota de 100 euros/día e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 15 años por el delito de cohecho.
Rafael Ruiz González
- a) La pena de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 15 años por el delito continuado de prevaricación administrativa.
- b) La pena de prisión de 3 años e inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 8 años por el delito de fraude.
Juan Marí Marí
- a) La pena de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 9 años por el delito continuado de prevaricación administrativa.
- b) La pena de prisión de 3 años e inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 8 años por el delito de fraude.
Juan Carlos Plaza Plaza, María Dolores Ripoll Martínez de Bedoya, Armando Parada Gonzalez y Fernando Berenguer Reula
- a) La pena de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 15 años por el delito continuado de prevaricación administrativa.
- b) La pena de prisión de 4 años e inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 8 años por el delito de fraude.
Miguel Puigserver Lloberas
- a) La pena de prisión de 3 años, multa de 18 meses con una cuota de 100 euros/día e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 15 años por el delito de cohecho.