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CRISIS EN FORMENTERA

Una cuestión de confianza para echar a Córdoba si no aprueba el presupuesto, «la ventana de oportunidad» inverosímil con la que sueña el PSOE de Formentera

A pesar de que el ordenamiento jurídico es claro y reserva la vinculación de la aprobación de las cuentas a una posterior cuestión de confianza al presidente, el secretario general del PSOE de Formentera insiste en que este instrumento es el camino para construir un gobierno alternativo
Rafa Ramírez.
El secretario general del PSOE de Formentera, Rafa Ramírez.

Descartado por el propio secretario general del PSOE de Formentera, Rafa Ramírez, el supuesto acuerdo entre Sa Unió y los socialistas para acordar una moción de censura contra Llorenç Córdoba, deslizado en un artículo de opinión por el presidente del Consell Insular remitido a La Voz de Ibiza, el grupo minoritario de la oposición ha adelantado su estrategia con el objetivo de provocar la salida del líder de la corporación: el posible rechazo del presupuesto.

Mientras aguardan el informe de la Comisión de Seguimiento del Código Ético para definir los pasos a seguir, los socialistas ven una “ventana de oportunidad” para forzar la dimisión de Córdoba cuando el presupuesto llegue al Pleno a final de año.

En tal sentido, Ramírez ha dicho a La Voz de Ibiza que “el equipo de gobierno, que en este caso solo hay dos personas, el presidente y el conseller Artal Mayans, tiene que presentar un presupuesto para el año que viene. Para aprobarlo, debe contar con una mayoría absoluta. Si no se aprueba ese presupuesto, tendrá que presentarse a una moción de confianza”. En términos parecidos se había expresado en una entrevista en Radio llla.

Prórroga

Córdoba tiene la posibilidad de prorrogar el presupuesto, aunque hay algunos capítulos que no pueden hacerse en forma automática, “como los capítulos de inversiones y subvenciones públicas”, explica Ramírez.

A pesar de que el ordenamiento no obliga a dicha cuestión de confianza, Ramírez insiste: “Se ha de someter a una cuestión de confianza, y en caso de ser rechazada dimitir”, afirmó.

Esa posibilidad la ha calificado como «una oportunidad. Es decir, (Sa Unió, GxF y Sa Unió) nos tendremos que sentar sí o sí” a negociar.

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Aunque ya no marca el cordón sanitario que había impuesto la asamblea contra los populares. “Nos hemos sentado y ha habido discrepancias por encabezar un equipo de gobierno diferente. Nosotros no nos hemos levantado de la mesa de negociación en ningún momento. Y estamos dispuestos a sentarnos con quien haga falta y a trabajar con quien haga falta para salir de esto. Y siempre recordemos que de momento hay muchas más opciones», ha manifestado Ramírez.

“No está obligado”

Después de insistir en varias ocasiones en que Córdoba estaría obligado a someterse a la cuestión de confianza, Ramírez ha rectificado y aclarado posteriormente que “claro que (Córdoba) no está obligado, pero por lógica si no quiere prorrogar los presupuestos porque sería un desastre, tendría que someterse a la cuestión de confianza”.

“Si presenta los presupuestos y no tiene la confianza del Pleno, tiene dos opciones: presentarse a una moción de confianza o prorrogar. Si prorroga, hay partidas que no puede hacerlas, que son las subvenciones o las que tienen que ver con las inversiones. Tendría que haber una modificación a posteriori a meses pasados del presupuesto, que también tendría que ser aprobada”, ha agregado Ramírez.

¿Qué dice la ley?

Ante la consulta de La Voz de Ibiza, Ramírez ha dicho que esta estrategia se basa en lo que establece la Ley de Bases del Régimen Local.

No hay, sin embargo, ni rastro del texto que avale la teoría de Ramírez en dicha norma.

Ni tampoco en la Ley de Consells, ni en la Ley Electoral, las normas que regulan el procedimiento de la cuestión de confianza.

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Justamente, el artículo 123 de la Ley de Bases, que trata las atribuciones del Pleno, establece en el punto B “la votación de moción de censura al Alcalde y de la cuestión de confianza planteada por éste (es decir, el presidente de la corporación), que será pública y se realizará mediante llamamiento nominal en todo caso y se regirá en todos sus aspectos por lo dispuesto en la legislación electoral general”.

Mientras que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en su artículo 197 bis, remarca que “el Alcalde podrá plantear al Pleno una cuestión de confianza, vinculada a la aprobación o modificación de cualquiera de los siguientes asuntos: los presupuestos anuales, el reglamento orgánico y las ordenanzas fiscales”.

En la misma línea se expresa la la Ley de Consells Insulares. En el artículo 21 referido a las atribuciones, determina que “corresponde al presidente plantear ante el pleno la cuestión de confianza”.

Más adelante, en el Capítulo II sobre las “Reglas sobre el control de la acción de gobierno”, enumera a la cuestión de confianza como uno de los “Medios de control y fiscalización”. Y en su artículo 58 detalla que “la moción de censura al presidente y la cuestión de confianza que este plantee al pleno se regirán por lo dispuesto en la legislación electoral general, con la particularidad de que el presidente puede plantear la cuestión de confianza sobre su programa en conjunto, sobre una declaración de política general o sobre la aprobación de cualquier asunto de trascendencia especial”.

Es decir, todas las normativas entienden a la cuestión de confianza como una herramienta potestativa del presidente, tal como establece la Constitución. Por ende, es el propio Córdoba es el que debería someterse a tal situación, algo que ya ha evitado.

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Esta cuestión, alertada en varias ocasiones por Gent per Formentera, será dilucidada por el Consell Consultiu cuando emita su dictamen sobre la reforma del Reglamento emprendida a iniciativa de Sa Unió con el objetivo de obligar a Córdoba a someterse a una cuestión de confianza si así lo acuerda el Pleno.

Jurista

Un jurista experto en derecho de las administraciones locales consultado por La Voz de Ibiza ha descartado de plano la opción que alimenta el PSOE. En todos los casos –y la letra de la normativa es clara- la cuestión de confianza es una facultad discrecional del presidente, es decir, no está obligado a plantearla, pero puede hacerlo cuando considere necesario.

El presidente tiene la potestad de recurrir a esta iniciativa, ya sea para reforzar su autoridad, desbloquear una situación de estancamiento político, o comprobar si tiene el apoyo necesario para continuar en el cargo y desarrollar su programa.

En esta línea, puede, si así lo estima conveniente, vincular la aprobación de los presupuestos de una cuestión de confianza.

Improbable

Por eso, la posibilidad de que se plantee este escenario, es decir, que Córdoba por decisión propia afronte una cuestión de confianza parece -al menos- improbable. Esta misma posibilidad ya había sido descartada por el presidente insular semanas atrás conociendo que el final de su mandato era inevitable.

Por lo cual, la «ventana de oportunidad» que ve el PSOE es inverosímil, a la luz de los hechos de la crisis en Formentera.

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