ACOSO ESCOLAR

Condenan al Govern por no frenar el acoso escolar a un alumno en un colegio de Ibiza

La Conselleria de Educación deberá indemnizar con 20.000 euros a la familia del menor, según una sentencia no firme del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Niño sufre acoso escolar. (Imagen ilustrativa)
Niño sufre acoso escolar. (Imagen ilustrativa)

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) ha condenado a la Conselleria de Educación a indemnizar con 20.000 euros a los padres de un alumno que sufrió acoso escolar prolongado en el IES Isidor Macabich de Ibiza entre los cursos 2017/2018 y 2018/2019. La resolución, dictada el 10 de julio y todavía no firme, considera que el centro falló tanto en la prevención como en la reacción ante los hechos.

Según se recoge en la sentencia número 312/2025, a la que ha tenido acceso La Voz de Ibiza, el instituto “no ha interpretado la situación como debía, esto es, como un maltrato continuado en el tiempo”. La Sala subraya que “faltaron medidas de prevención destinadas a evitar situaciones de riesgo” y critica que la aplicación del protocolo de acoso escolar se hizo de forma tardía y defectuosa.

Cómo era el acoso sufrido

El menor, alumno del IES desde 2017, fue objeto de vejaciones verbales (“gordo de mierda”, “snorlax”, “me das asco de lo gordo que eres”), según detalla el fallo. Además, sufrió agresiones físicas, una de ellas grabada en vídeo y difundida entre alumnos del centro por WhatsApp.

En uno de los episodios, en mayo de 2018, el alumno fue golpeado por otro menor en la parada del autobús escolar. “Del enfrentamiento se supo antes de que se produjera”, señala el fallo, pero el jefe de estudios no lo evitó pese a que acudió al lugar. Posteriormente, la agresión fue grabada, compartida en redes y llegó a otros padres a través de grupos escolares.

Qué se critica al centro

Uno de los aspectos más criticados por el tribunal es que el centro equiparó al menor acosado con sus agresores, al considerar que respondía con comportamientos alterados. El fallo señala que se trataba de “una víctima activa” con episodios de estrés y “explosiones emocionales”, no un caso de enfrentamiento entre iguales.

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“Nunca es lo mismo agredir que defenderse”, recuerda la Sala, que reprocha al instituto no haber activado el protocolo en su debido momento y haber sometido al alumno a vigilancia, dificultando su socialización y exponiéndolo aún más.

Qué dijo el Govern

La sentencia concluye que la administración actuó de manera inadecuada y tardía. “Se robustecía así al agresor, que podía apreciar que faltaban consecuencias”, advierte el texto. El tribunal reconoce la existencia de daño moral, pero limita la indemnización a 20.000 euros, por considerar que la cuantía de 50.000 euros solicitada no estaba debidamente justificada.

Aunque los informes médicos señalaban estrés postraumático, depresión y baja autoestima, el Govern denegó en 2020 la reclamación de la familia. Ahora, el tribunal anula aquella resolución administrativa y reconoce la responsabilidad patrimonial del servicio público educativo.

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