El Juzgado de lo Contencioso de Palma ha ratificado la sanción de dos años de suspensión impuesta por el IB-Salut a un médico que se había instalado en un centro de salud de Ibiza. La sentencia, no obstante, admite parcialmente el recurso del facultativo y anula uno de los cuatro hechos que motivaron el expediente disciplinario.
Según publica Última Hora, quedó probado que el médico residía en las instalaciones sanitarias. Testigos declararon que lo veían allí fuera de su horario laboral, recibiendo visitas, desayunando, comiendo y pernoctando. El profesional alegó que pasaba el tiempo en el centro porque trabajaba sin descanso y lo dedicaba a estudiar, pero la jueza consideró que esta versión «carece de verosimilitud»:
«Cuesta creer que se quedara casi todas las tardes y los fines de semana. Las visitas personales en el centro fuera del horario tampoco tienen justificación, por lo que parece que lo utilizaba como segunda residencia, lo que está prohibido».
El tribunal sí estimó parte del recurso presentado por el abogado Juan Alemany, al entender que no quedó suficientemente acreditada la acusación de haber faltado al respeto a varios pacientes. La resolución reprocha que, en el expediente, no declararan directamente los dos usuarios que presentaron quejas y considera insuficiente el testimonio del personal del 061 y administrativo.
En cambio, sí se da por probado que el facultativo se negó a atender a una paciente —«ni la exploró, ni le permitió acercarse por si tuviera Covid»—, una versión que el médico atribuyó a un malentendido y que la jueza rechazó.
El cuarto motivo que sostuvo la sanción fue el uso de expresiones despectivas hacia compañeros, en especial contra uno de ellos, a quien calificó de «vago del sur», «sinvergüenza», «paleto» y «andalucito». Para la magistrada, estas palabras evidencian un ánimo claramente ofensivo.
La defensa del médico ya ha anunciado que recurrirá el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.