Durante 2024, la Fiscalía ha solicitado 38 estudios para determinar la edad de inmigrantes llegados a Ibiza y Formentera en pateras que decían ser menas, es decir, menores no acompañados. De ese total, se pudo corroborar que el 58% eran mayores de 18 años y por lo tanto no podía acogerse a los beneficios que les otorga ser menor de edad en España (22 personas de las 38).
Así lo han informado desde la Fiscalía de Ibiza a La Voz de Ibiza. El resto de los 16 análisis se pudo corroborar que efectivamente se trataba de menores de edad.
La aplicación de técnicas médicas para determinar la minoría de edad de una persona migrante “es un procedimiento que depende de la instrucción del Ministerio Fiscal y que se reserva única y exclusivamente para aquellos casos en los que sea necesario certificar este aspecto y no exista otra vía documental”, tal como detallan desde la Delegación del Gobierno.
El protocolo contempla pruebas mínimamente invasivas y proporcionadas, “que deben respetar la integridad de la persona, tal y como establece la normativa en materia de protección jurídica de los menores”.
Además, en ningún caso se podrá imponer la realización de las mismas en contra de la voluntad del menor.
Los responsables de tales estudios son los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Baleares.
Se realiza una doble prueba a los inmigrantes no acompañados. Por un lado, se continúa haciendo la radiografía de carpio (muñeca), pero esto no será suficiente ya que «tienen un margen de error de cinco años».
Para complementar, se ha incorporado una radiografía panorámica dental (también conocida como ortopantomografía), que muestra una visión amplia y detallada de la boca del paciente, incluyendo los dientes, los maxilares, la mandíbula, los senos maxilares y otras estructuras circundantes.
¿Cómo se procede con esos migrantes?
Desde el Consell Insular de Ibiza explican a La Voz de Ibiza que “la ley marca la ‘presunción de minoría de edad’, es decir, cuando una persona dice que es menor, hasta que se comprueba, se salvaguarda que lo pueda ser. Y se le atiende como marcan los protocolos”.
Una vez que se comprueba que son mayores de edad, “se llevan de nuevo a la Policía Nacional y ellos inician los trámites que ya realizan en inmigración y extranjería como con cualquiera adulto”.
En tal sentido, reconocen que “nos ha pasado”, aunque aclaran que “suele ser un trámite rápido de 24 a 48 horas. No más”.
“Hacemos lo que nos marca la Ley”, remarcaron.
“Estamos ante una situación que, en reiteradas ocasiones, hemos calificado como ‘sobrevenida’ y en aumento que pone al límite los servicios del Consell. Somos víctimas de malas prácticas propias de las mafias que trabajan y se aprovechan de un drama humano, en una ruta consolidada como la de Baleares y seguimos reclamando al Gobierno de España más medios y más vigilancia”, agregaron a La Voz de Ibiza.
¿Qué dice la Ley de Extranjería?
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, establece los “derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social”.
En su artículo 35, refiere a los “menores no acompañados” y detalla los “supuestos en que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado localicen a un extranjero indocumentado cuya minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad”.
En tal sentido, establece que “se le dará, por los servicios competentes de protección de menores, la atención inmediata que precise, de acuerdo con lo establecido en la legislación de protección jurídica del menor, poniéndose el hecho en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal, que dispondrá la determinación de su edad, para lo que colaborarán las instituciones sanitarias oportunas que, con carácter prioritario, realizarán las pruebas necesarias”.
Los menores no acompañados que llegan a Ibiza y Formentera pasan a depender del respectivo consell, administración que se convierte en su tutor legal.