El largo y complejo proceso judicial que enfrentó a una bailarina de Ibiza con un multimillonario belga llegó a su fin con una sentencia que no deja lugar a dudas: el empresario es el padre biológico del menor. Tras años de disputas legales y obstáculos procesales, el Instituto Nacional de Toxicología de Barcelona confirmó con un 99,9 % de certeza la paternidad del demandado, quien durante cinco años se negó a reconocer al niño. El resto fue un trámite, incluso más rápido de lo previsto.
El juicio, celebrado en Ibiza, se resolvió en tiempo récord una vez obtenida la prueba de ADN. Aunque el empresario no asistió, la abundante evidencia presentada—incluyendo correos electrónicos, mensajes de WhatsApp y fotografías que demostraban su relación con la madre—fue determinante.
Un proceso judicial plagado de trabas
El camino hasta el veredicto estuvo lleno de complicaciones. En un primer momento, hubo una disputa sobre la competencia territorial, lo que retrasó el caso durante dos años, debatiéndose si debía juzgarse en Madrid, Alcalá de Henares o Ibiza.
Además, el multimillonario pasaba largas temporadas en la isla, pero también residía en Bélgica y otras ciudades de España, lo que ralentizó el procedimiento. «Era complicado notificarle en Ibiza cuando él estaba en Bélgica, y enviarlo a Bélgica retrasaba muchísimo más», ha explicado a La Voz de Ibiza el abogado de la demandante, Fernando Osuna.
Incluso antes de que el ADN lo confirmara como padre, el juez había determnado, determinó una pensión provisional de 500 euros para cubrir las necesidades del menor. La vista para establecer esta cantidad fue una de las pocas que se celebraron con rapidez. Sin embargo, el juicio principal sobre la filiación tardó más de cinco años en resolverse.
La prueba de ADN que lo cambió todo
El giro definitivo ocurrió hace dos años, cuando un médico forense tomó muestras tanto del niño como del demandado. Los análisis realizados en el Instituto Nacional de Toxicología de Barcelona arrojaron un resultado concluyente: 99,9 % de probabilidad de paternidad.
Con esta evidencia, el juicio se celebró sin que el demandado se presentara. «Cuando una persona demandada no comparece, la ley castiga su incomparecencia asumiendo que lo que se le pregunte puede responderse en su contra», ha explicado Osuna.
El abogado presentó al juez una serie de preguntas tendientes a confirmar el patrimonio del demandado.
La defensa del empresario intentó minimizar el impacto económico de la sentencia alegando que la pensión debía ajustarse a las necesidades del menor, sin tomar en cuenta la fortuna del padre. Sin embargo, la sentencia estableció una pensión definitiva de 975 euros, aplicable con carácter retroactivo a partir de la presentación de la demanda, hace cinco años. Si se considera la diferencia de 475 euros sobre la pensión provisoria, y se multiplica por 60 meses (unos cinco años), son unos 28.500 euros de diferencia.
Sin patria potestad, pero con obligación de pagar
Además de fijar la pensión, la sentencia dejó claro que el padre no tendrá la patria potestad del niño. Esta decisión se basó en la actitud del demandado, quien durante todo el proceso negó su paternidad. «No sería lógico que ahora tuviera derechos sobre el niño cuando siempre ha rechazado cualquier vínculo con él», argumentó Osuna.
A pesar de ello, el empresario no quedará eximido de pagar la pensión. Según explicó el abogado, «la jurisprudencia establece que la manutención debe estar en proporción a la capacidad económica del progenitor». En este sentido, Osuna ha dicho que su cliente no piensa recurrir pese a que había solicitado 1.475 euros de pensión.
Un estilo de vida de lujo que no pasó desapercibido
Uno de los elementos que jugaron en contra del demandado fue su estilo de vida lujoso, contrastando con la cantidad que su defensa consideraba adecuada para la pensión del menor. Durante el juicio se presentaron pruebas que demostraban su alto nivel económico, incluyendo:
- Uso habitual de jets privados para desplazamientos.
- Propiedades de lujo, como una vivienda en Ibiza valorada en más de 7 millones de euros.
- Coches de alta gama como Mercedes y McLaren valorados en más de 300.000 euros cada uno.
Estas evidencias fueron fundamentales para rechazar los intentos de reducir la pensión y confirmar que el empresario debía asumir su responsabilidad como padre en proporción a sus ingresos.
Una sentencia rápida y contundente
A pesar de los años de retraso que acumuló el caso, el desenlace fue inusualmente rápido. El juicio se celebró un martes y la sentencia fue dictada tres días después, algo poco común en este tipo de procedimientos.
El veredicto de 20 folios ratificó la paternidad del multimillonario belga, estableció la pensión mensual definitiva y marcó el fin de una batalla legal de más de cinco años.
Ahora, queda por ver si el empresario decidirá recurrir la sentencia. Sin embargo, según Osuna, es improbable que tenga éxito, ya que la prueba de ADN es concluyente y no deja margen para la apelación en lo referente a la filiación.
La única disputa posible sería sobre la pensión, pero, dado el criterio del Tribunal Supremo, que establece que la manutención debe ser proporcional al patrimonio del progenitor, es difícil que logre una reducción significativa.
Por el momento, la madre del niño ha decidido cerrar este capítulo y seguir adelante con la certeza de que la justicia ha reconocido la verdad que llevaba años defendiendo.