JUSTICIA

El Supremo da la razón a una pareja de Ibiza y obliga a indemnizarles por un largo conflicto de vivienda

El alto tribunal considera que los antiguos inquilinos tienen derecho a ser compensados por los gastos derivados de un litigio que se prolongó durante años tras una subasta judicial.

Tribunal Supremo.
Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una pareja ibicenca a recibir una indemnización por los perjuicios económicos sufridos durante el proceso judicial por una vivienda que habían ocupado en alquiler y que fue subastada en 2015.

La resolución, fechada el 21 de octubre de 2025, pone fin a un conflicto judicial que se prolongó más de siete años y que tuvo su origen en la ejecución hipotecaria del inmueble, situado en Vila. Tras la subasta, los antiguos inquilinos ejercieron su derecho de adquisición preferente, presentando un aval bancario de 102.000 euros para igualar la oferta del adjudicatario y cubrir los gastos.

Sin embargo, la entrega de la vivienda se retrasó mientras el nuevo propietario y los arrendatarios litigaban sobre la validez del retracto. Durante ese tiempo, la pareja se vio obligada a alquilar otro piso, lo que finalmente ha sido considerado un daño indemnizable.

El Supremo habla de responsabilidad civil, no de posesión

En su fallo, el Supremo determina que la resistencia del adjudicatario a entregar la vivienda, pese a existir una sentencia firme y un aval válido, supuso una actuación injustificada. Por ello, ordena que los demandantes sean compensados por los alquileres pagados entre julio de 2018 y junio de 2019, cuyo importe exacto se fijará en la ejecución de sentencia.

El tribunal aclara que el asunto no se trata de un conflicto posesorio, sino de un caso de responsabilidad civil derivada del incumplimiento de una resolución judicial, descartando aplicar las normas sobre la buena o mala fe del poseedor.

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Asimismo, la sentencia exime a ambas partes del pago de costas y ordena devolver los depósitos judiciales constituidos para presentar los recursos.

La decisión del Supremo subraya la importancia del retracto arrendaticio como mecanismo de defensa para los inquilinos en casos de ejecución hipotecaria, y marca un precedente sobre la obligación de quienes, tras perder un pleito, demoran injustificadamente la entrega de un inmueble.

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