OKUPACIÓN

En qué consiste el plan para facilitar el desalojo de okupas en menos de 48 horas

Junts ha presentado una proposición de ley que plantea cambios legislativos en el ámbito civil y penal para acelerar los desahucios.

El okupa fue acompañado por la Guardia Civil
El okupa fue acompañado por la Guardia Civil

En medio de la preocupación por las recurrentes okupaciones en Ibiza, el Pleno del Congreso acogerá este martes el debate de toma en consideración de una proposición de ley de Junts que plantea cambios legislativos en el ámbito civil y penal para acelerar el desalojo de ‘okupas’ en un plazo de 48 horas.

Los de Carles Puigdemont sostienen que el PSOE se ha comprometido a respaldar la norma, que también podría contar con el apoyo del PP.

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«Esto no quedará encallado, habrá un apoyo mayoritario y estoy seguro de que se tramitará y se abordará porque es un problema general. Esperamos que haya un debate no sobre tópicos y sí desde el rigor», aseguró hace justo un mes el secretario general de Junts, Jordi Turull.

En su iniciativa para combatir las ocupaciones delincuenciales, la formación sostiene que las fórmulas previstas en la vía penal para desocupar un inmueble no están «siendo suficientemente eficaces ni suficientemente rápidas».

En qué consiste el plan

La iniciativa plantea reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para potenciar la adopción de medidas cautelares y establecer una medida cautelar urgente de desalojo, cuando se interponga la correspondiente denuncia.

En concreto, defienden que la recuperación posesoria se produzca en un plazo máximo de 48 horas y que se impidan dilaciones «por la alegación de vulnerabilidad por parte de los ocupantes ilegales del inmueble».

También quieren modificar la LeCrim para permitir el enjuiciamiento del delito leve de usurpación de bien inmueble por los trámites del juicio inmediato por delito leve.

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De esta manera, los tribunales podrán decidir si aplican la previsión que permita al juzgado de instrucción adoptar una medida cautelar urgente de desalojo, en el momento de celebrarse el juicio rápido.

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«La infracción penal se está produciendo mientras dura la posesión ilícita, por eso, la devolución rápida de la posesión a favor del titular, después de denunciar, resulta obligada para dar cumplimiento al derecho constitucional a la tutela judicial efectiva», defiende Junts, que también busca modificar la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, para suprimir su competencia en el delito de allanamiento de morada.

En el ámbito civil, creen preciso diferenciar los supuestos de ocupaciones ilegales del resto de procedimientos para recuperar la posesión de la propiedad.

Diferenciar si hay o no contrato de alquiler

Para Junts, no es posible combatir de forma efectiva la ocupación ilegal de inmuebles mientras persista la equiparación del régimen jurídico aplicable a los procedimientos de recuperación de la posesión derivados de contratos arrendatarios, con el de los procedimientos dirigidos a recuperar la posesión frente a ocupantes sin título legítimo.

Con el objetivo de corregir esta equiparación, plantea eliminar los requisitos de procedibilidad, que actualmente imponen condiciones adicionales que retrasan y complican la interposición de demandas para la recuperación de inmuebles ocupados sin título.

También pide suprimir el «trámite incidental de vulnerabilidad económica» y la suspensión de la moratoria de desahucio y lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional que está vigente hasta final de año en los supuestos de okupación.

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«La aplicación indiscriminada de esta medida en procedimientos de recuperación de la posesión sin título se ha convertido en una herramienta que puede ser utilizada para dilatar injustificadamente los procesos», argumentan, a la que vez plantean que «la protección a colectivos vulnerables que ocupen sin título se producirá con la notificación de estos procesos a las administraciones públicas».

En opinión de Junts, al reconocer la especificidad de los conflictos asociados a la ocupación sin título y ajustar el régimen jurídico procesal a esta realidad, se contribuye a una mayor eficacia en la resolución de estos casos, garantizando, al mismo tiempo, el respeto a los derechos fundamentales, «tanto de los propietarios, como de las personas en situación de vulnerabilidad, siempre dentro de un marco de proporcionalidad y equilibrio».

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