Las nuevas restricciones al fondeo de embarcaciones recreativas frente al puerto de La Savina ya están en vigor. Tal y como adelantó La Voz de Ibiza el pasado abril, la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) ha confirmado las nuevas regulaciones que prohíben el fondeo en un área clave de las inmediaciones del puerto, situada entre Cala Dúo y Beso Beach.
«Con el objetivo de aumentar la seguridad y la fluidez», argumenta la APB, se han establecido dos canales de navegación claramente diferenciados según el tamaño de las embarcaciones. El canal principal será para aquellas con una eslora mayor a 24 metros, una manga superior a 6 metros o un calado operativo de más de dos metros. En cambio, el canal secundario será para que naveguen embarcaciones de medidas inferiores.
En la práctica, esto implicará que en el canal principal operen embarcaciones de tráfico comercial y buques que hacen el trayecto entre Ibiza y Formentera. Estas embarcaciones podrán acceder a los muelles comerciales del puerto.
El canal secundario quedará reservado para embarcaciones náuticas recreativas. De este modo, los veleros que solían fondear frente a los emblemáticos locales de Cala Dúo o Beso Beach, ya no pueden hacerlo.
A su vez, la autoridad portuaria ha remarcado en su normativa: «Está prohibido el fondeo en aguas portuarias de buques, embarcaciones o artefactos navales (excepto autorización expresa de la APB, o por motivos de seguridad o fuerza mayor».
La APB también ha aclarado que ambas vías para circular son de doble sentido, y que se debe navegar por la mitad derecha en el sentido de avance. «El puerto es canal angosto, lo que se debe tener presente para no molestar a otros buques», ha destacado la APB.
Además, se mantiene la limitación de velocidad máxima durante las maniobras de entrada y salida del puerto de La Savina a 15 nudos al norte y 6 nudos al sur del dique exterior de abrigo del puerto.
Regulación del fondeo
Desde la APB habían explicado a La Voz de Ibiza que la regulación del fondeo en las aguas de la zona de servicio del puerto de La Savina está recogida en distintas ordenanzas portuarias. Aunque no existe una norma específica dedicada exclusivamente al fondeo, las disposiciones vigentes regulan aspectos vinculados a la navegación, el atraque y el fondeo de buques en el puerto.
Entre ellas destaca la Ordenanza portuaria aprobada el 20 de abril de 2022, que regula la ordenación y asignación de atraques tanto en Ibiza como en La Savina. Esta normativa define el ámbito de aplicación y fija un modelo que busca armonizar la oferta y la demanda de atraques, garantizando la seguridad marítima y la sostenibilidad ambiental.
En su Capítulo II, la ordenanza establece directrices específicas sobre navegación, atraque y fondeo, con el objetivo de mejorar la operatividad portuaria. Aunque no delimita zonas concretas de fondeo, sí determina que todas las embarcaciones deben respetar la posición autorizada para sus maniobras, alineándose con los objetivos del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) y la Ley de sostenibilidad de Formentera.