El anuncio de Marga Prohens no es solo una iniciativa autonómica más. Es la prolongación en clave balear de una batalla política nacional. El PP impulsará en el Parlament una iniciativa para respaldar o reactivar la ley antiokupación que, según denuncian los populares, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, “mantiene secuestrada” desde hace casi dos años.
La expresión es política. El mecanismo es parlamentario. Y el fondo del asunto es jurídico. Para entender qué hay detrás del choque hay que retroceder a febrero de 2024, cuando el Senado —con mayoría del PP— aprobó y remitió al Congreso una proposición de ley orgánica destinada a endurecer el marco legal frente a la ocupación ilegal de viviendas.
Desde entonces, la norma no ha superado el primer escalón del trámite en la Cámara Baja.
Una ley aprobada en el Senado y parada en el Congreso
La proposición de ley orgánica contra la ocupación ilegal fue enviada al Congreso en febrero de 2024 y asignada a la Comisión de Justicia. Como toda iniciativa legislativa, abrió un plazo de presentación de enmiendas por parte de los grupos parlamentarios. Ahí es donde, según el PP, comienza el bloqueo.
El plazo de enmiendas —que en teoría es una fase preliminar— ha sido prorrogado sucesivamente por la Mesa del Congreso. Mientras ese plazo no se cierre, la ley no puede pasar a la fase de ponencia, ni debatirse en comisión, ni llegar al Pleno para su votación definitiva. Formalmente, no ha sido rechazada. Políticamente, está congelada.
La Mesa del Congreso es un órgano colegiado donde PSOE y Sumar tienen mayoría. Armengol la preside, pero las decisiones se adoptan por votación interna. El PP sostiene que se está utilizando la prórroga de plazos como mecanismo para evitar que la ley avance. El PSOE replica que se trata de una práctica reglamentaria ordinaria y que el Congreso marca sus tiempos.
La disputa ha escalado hasta el punto de que el Senado ha promovido un conflicto institucional ante el Tribunal Constitucional por la paralización de iniciativas procedentes de la Cámara Alta.
Qué cambia exactamente esta ley
El texto impulsado por el PP plantea modificaciones en el Código Penal, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en la Ley de Propiedad Horizontal y en la normativa del padrón municipal.
El núcleo de la reforma se articula en torno a tres ejes: desalojos más rápidos, endurecimiento penal y limitación de derechos administrativos derivados de la ocupación.
Desalojo en 24 horas
La medida más controvertida es la posibilidad de que, tras denuncia del propietario, las fuerzas de seguridad requieran al ocupante para que abandone el inmueble en un plazo máximo de 24 horas o acredite título jurídico suficiente. Si no se acredita ese título, el lanzamiento podría ejecutarse de manera inmediata.
La intención del legislador es impedir que la ocupación ilegal consolide una apariencia de “domicilio” protegida constitucionalmente. En la práctica, se trata de cortar la estrategia de quienes alegan que la vivienda ya constituye su morada habitual para dificultar el desalojo.
Endurecimiento del Código Penal
La reforma modifica el artículo 245 del Código Penal, elevando las penas por usurpación sin violencia —cuando el inmueble no es morada— hasta los 18 meses de prisión.
Además, introduce agravantes cuando la ocupación supera los 15 días, cuando intervienen grupos organizados o cuando existe ánimo de lucro.
Un punto especialmente polémico es la tipificación de la “incitación a la ocupación”: la elaboración o difusión de instrucciones para ocupar viviendas podría conllevar penas de prisión.
Juicios más rápidos
La ley incorpora los delitos de usurpación y allanamiento al procedimiento de juicio rápido. El objetivo es reducir tiempos procesales y evitar que los procedimientos se prolonguen durante meses o años.
Cambios en comunidades de propietarios
El texto refuerza la capacidad de actuación de las comunidades de vecinos frente a ocupaciones ilegales en edificios residenciales.
Permite acudir directamente a la autoridad pública para solicitar la cesación inmediata de actividades ilícitas cuando el ocupante carezca de título legítimo.
Padrón y efectos administrativos
Otro aspecto clave es la prohibición expresa de empadronar a ocupantes ilegales. Si ya estuvieran inscritos, el ayuntamiento debería darles de baja cuando tenga conocimiento de la ocupación sin título.
Compensación fiscal al propietario
La norma prevé que, una vez exista sentencia firme que declare la ocupación ilegal, el propietario pueda recuperar impuestos abonados durante el periodo en que no pudo usar su vivienda, como el IBI —el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que todos los propietarios pagan anualmente al ayuntamiento—, evitando así que quien ha sido privado de su casa siga soportando la carga fiscal.
Cómo impactaría en propietarios e inquilinos
Para el propietario afectado por una ocupación ilegal, la reforma supone un cambio relevante: menos tiempo de espera, mayor respaldo policial y un marco penal más disuasorio.
Para el pequeño propietario —perfil frecuente en Baleares, donde abundan segundas residencias y viviendas heredadas— la promesa es clara: recuperar la vivienda con mayor rapidez.
En cuanto a los inquilinos con contrato legal, la ley no está diseñada para afectarles. La exposición de motivos distingue entre ocupación ilegal y situaciones de arrendamiento o precario tolerado.
No obstante, el debate político mezcla a menudo la ocupación sin título con la denominada “inquiokupación” —inquilinos que dejan de pagar pero permanecen en la vivienda—, un fenómeno que no se aborda directamente en esta reforma penal.
El contexto balear: vivienda tensionada y presión política
En Baleares, el debate sobre ocupación se entrelaza con la crisis de vivienda y el aumento de precios. El Govern de Prohens ha situado la propiedad y la seguridad jurídica como ejes de su discurso frente a la política estatal de vivienda impulsada por el Gobierno central.
La estrategia es clara: trasladar al terreno autonómico un conflicto nacional y convertirlo en bandera política.
El mensaje del PP balear es que, ante el bloqueo en Madrid, Baleares actuará.
¿Puede Baleares aprobar esta ley por su cuenta?
Aquí surge el matiz jurídico.
Las reformas del Código Penal y de la legislación procesal son competencia exclusiva del Estado. El Parlament balear no puede modificar por sí mismo esos textos.
Cuando Prohens anuncia que impulsará la ley en Baleares, el alcance real es político e institucional: aprobar iniciativas de respaldo, instar al Congreso a tramitarla o desarrollar medidas autonómicas complementarias dentro de sus competencias.
Se trata, en términos políticos, de mantener viva la presión sobre el Congreso.
Un pulso con nombre propio
El enfrentamiento adquiere dimensión simbólica porque Francina Armengol fue presidenta del Govern balear antes de presidir el Congreso.
Para el PP, personalizar el bloqueo en Armengol tiene una carga estratégica evidente: convierte el debate técnico sobre plazos parlamentarios en un pulso político entre Baleares y Madrid.
Para el PSOE, la acusación de “secuestro” es retórica y responde a la dinámica habitual de la Cámara.
Qué puede pasar ahora
La ley seguirá en el limbo mientras no se cierre el plazo de enmiendas y avance a comisión. Si el Tribunal Constitucional entra al fondo del conflicto institucional planteado por el Senado, podría fijar límites a la práctica de prórrogas indefinidas.
Mientras tanto, el debate continuará en el terreno político. El anuncio de Prohens reactiva una cuestión que trasciende Baleares: el equilibrio entre protección de la propiedad privada, garantías procesales y uso de los mecanismos parlamentarios.
La ley antiokupación no ha sido derrotada. Tampoco ha sido aprobada. Está detenida en el engranaje institucional. Y es ahí, en ese engranaje, donde se libra el verdadero pulso.












