CONFLICTO EN IBIZA

La documentación judicial que desmonta el relato de la “abuela okupada” en Ibiza

Denuncias, parte médico y pagos judiciales confirman que se trata de un conflicto contractual y no de una ocupación ilegal

Una de las denuncias en el caso de la abuela okupada
Una de las denuncias en el caso de la abuela okupada

En las últimas horas, el caso que generó conmoción pública en Ibiza bajo el rótulo de “la abuela okupada” ha dado un giro sustancial tras la difusión de varios documentos oficiales presentados por la pareja señalada como okupas. Se trata de un conjunto de pruebas —denuncias policiales, escritos judiciales, informes médicos y comprobantes de pago— que muestran que la situación no responde a una usurpación de vivienda, sino a un conflicto de convivencia y arrendamiento actualmente en curso en la vía judicial.

Esto expone otro de los problemas a los que se pueden enfrentar los operativos de «Llei pagesa» o de iniciativa vecinal al momento de actuar sin la información completa. Cabe recordar que por diversas vías vecinos de Ibiza estaban en búsqueda de la dirección para ir a desalojar a los presuntos okupas, tanto que la propietaria -según denuncia la pareja inquilina- puso en conocimiento de esta situación a uno de los integrantes acusados de modo que se sienta amedrentado.

El material, que consta en poder de La Voz de Ibiza permite reconstruir de forma más precisa cómo ha evolucionado el caso desde el punto de vista legal. Todos los documentos están sellados, fechados y registrados en instancias oficiales: Policía Nacional, Juzgado de Instrucción y Juzgado de Primera Instancia de Ibiza. Lo que reflejan es que los ocupantes del piso no entraron de forma ilegal, han abonado el alquiler y han activado procedimientos judiciales y policiales frente a hechos que consideran hostiles o agresivos.

Primera denuncia y declaración ante la Policía Nacional

El 6 de marzo de 2025, uno de los inquilinos se presentó ante la Policía Nacional en Ibiza para denunciar un conflicto en el inmueble que habita. En el documento —un parte policial con sello oficial— se deja constancia de que el denunciante reside en una habitación alquilada y que el acuerdo inicial con la propietaria fue verbal.

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En la denuncia, el inquilino afirma que una familiar de la arrendadora se presentó en el domicilio para presionarlo con el objetivo de que abandonara la vivienda. Señala también que no se le permitió abonar el alquiler correspondiente y que la propietaria se negó a facilitarle un número de cuenta donde poder ingresar el pago. Añade que teme por su integridad física ante una convivencia que se ha vuelto cada vez más tensa.

Ese mismo día, la Policía Nacional emitió un acta de información a la víctima, en la que se reconoce al denunciante como tal, y se le informa sobre sus derechos conforme a lo establecido por el Estatuto de la Víctima. Este documento es parte del protocolo cuando la Policía considera que puede existir indicio de delito contra la persona denunciante.

Denuncia y acta de víctima
Denuncia y acta de víctima

Consignación judicial del alquiler

El 11 de marzo de 2025, el inquilino inició un procedimiento civil ante el Juzgado de Primera Instancia de Ibiza. La acción legal consiste en una consignación judicial de rentas, es decir, un mecanismo que permite depositar judicialmente el importe del alquiler cuando el arrendador se niega a recibirlo o a facilitar un medio de pago.

La documentación entregada muestra el justificante de consignación, firmado y sellado por el juzgado, que confirma que el dinero fue ingresado en tiempo y forma. La actuación demuestra que no se trata de una situación de impago, sino de un intento formal de continuar abonando el alquiler dentro del marco legal. Esta consignación refuerza el argumento de que la ocupación de la vivienda no fue ilegítima ni contra la voluntad del propietario en sus orígenes.

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Consignación e informe médico
Consignación e informe médico

Parte médico tras presunta agresión

El 7 de abril de 2025, el mismo inquilino acudió al centro de salud PAC Vila, donde fue atendido en urgencias. El parte médico, emitido y sellado por el personal sanitario, describe que presenta “excoriaciones traumáticas occipitales y cervicales” así como una “contusión frontal”, lesiones compatibles con una agresión física reciente. El parte fue emitido con remisión judicial, lo que indica que se integrará en uno de los procedimientos ya en curso.

La existencia de este parte clínico confirma que al menos uno de los incidentes denunciados por el inquilino fue atendido médicamente y genera un respaldo objetivo a su testimonio, según el cual sufrió una agresión dentro del inmueble.

Última denuncia
Última denuncia, en relación al  parte médico antes citado

Denuncias penales en diferentes juzgados

El material entregado incluye copia de al menos tres denuncias penales presentadas ante los Juzgados de Instrucción Nº 2 y Nº 3 de Ibiza. Las fechas de ingreso son el 7 de marzo, el 28 de marzo y el 7 de abril. En ellas, el denunciante aporta datos específicos sobre episodios de conflicto ocurridos en el domicilio donde reside.

Una de las denuncias se refiere a una supuesta agresión física por parte de la propietaria y de la mujer de 83 años, madre de esta. El denunciante asegura que fue golpeado en el pasillo del edificio, le arrojaron el teléfono móvil y recibió insultos en presencia de su pareja. Otra denuncia hace referencia a la rotura de un candado colocado en la puerta de su habitación y al vaciado de sus pertenencias, que habrían sido trasladadas al pasillo de forma forzosa.

Todas las denuncias están registradas oficialmente y selladas por los juzgados. Su existencia implica que el conflicto no está siendo abordado únicamente desde lo mediático, sino que forma parte de un proceso judicial abierto con intervención penal y civil.

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Denuncias en marzo
Denuncias en marzo

Un proceso legal en curso

La documentación recopilada da cuenta de que el caso no se encuadra en un episodio típico de okupación, entendida como entrada ilegal a una vivienda sin consentimiento del propietario. En este caso, hay reconocimiento de morada, acuerdo verbal previo, intención de pago documentada y procesos judiciales en marcha por ambas partes.

Los elementos recopilados no resuelven por sí solos el conflicto, pero sí desmienten la idea de una ocupación violenta o clandestina. Según las pruebas disponibles, se trata de un conflicto de convivencia y arrendamiento que deberá resolverse por vía legal.

Acciones judiciales complementarias

Además de la consignación de alquiler y las denuncias penales, los documentos reflejan que el denunciante ha solicitado a la justicia medidas de protección como víctima y ha seguido los procedimientos previstos para formalizar su defensa. Todo esto indica que ha optado por canalizar la situación a través de la legalidad vigente y no mediante resistencia pasiva o negativa a abandonar el inmueble.

Conclusión documental

La documentación presentada permite trazar una línea más clara: la pareja señalada públicamente como “okupas” no ha sido denunciada por usurpación hasta el momento, y por el contrario, ha acudido a las autoridades en reiteradas ocasiones para denunciar hechos que consideran vulneraciones a sus derechos.

Los documentos judiciales y policiales, así como el parte médico, establecen un marco legal concreto que modifica sustancialmente la percepción inicial del caso. Si bien el conflicto sigue abierto y deberá resolverse en los tribunales, la evidencia formal existente no sustenta la versión pública que circuló inicialmente, sino que apunta a una disputa entre arrendadores e inquilinos en un contexto habitacional tenso y altamente expuesto.

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