Tres hermanas de Ibiza han logrado que la Justicia anule el impuesto que la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB) les reclamaba tras repartirse una herencia familiar. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares concluyó que la operación no debía tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), sino únicamente por Actos Jurídicos Documentados.
El caso se originó tras la herencia de varios inmuebles en Sant Antoni de Portmany. Los cuatro hermanos heredaron las propiedades y años después decidieron dividirlas para que cada uno tuviera bienes concretos en lugar de mantenerlos en copropiedad, según publica El Debate.
Hacienda interpretó que el reparto equivalía a una permuta entre los herederos y exigió a tres de las hermanas 5.702,70 euros a cada una por ITP.
Sin embargo, el tribunal determinó que se trató de una extinción de condominio, es decir, una simple concreción de derechos sobre bienes ya heredados. La sentencia anula las liquidaciones y obliga a la Administración a asumir las costas, con un máximo de 3.000 euros.












