A menos de dos semanas de que entre en vigor la limitación de vehículos en la isla de Ibiza, el Consell insular ha dado un paso indispensable para habilitar el sitio web desde el cual se podrán obtener los permisos de circulación. Si todo sale bien, eivissacircular.es prestará este servicio a partir del miércoles.
En concreto, el equipo de Gobierno ha aprobado en un pleno extraordinario la ordenanza fiscal relativa a la ley de regulación de vehículos de la isla, es decir, el cobro de una tasa de 1 euro al día a no residentes a partir del primer día del mes próximo, y hasta el 30 de septiembre. “Este paso permitirá habilitar, al día siguiente de su publicación en el BOIB, el sistema eivissacircular.es”, ha asegurado el Consell en un comunicado. Según ha expresado la institución insular a La Voz de Ibiza, confían que la publicacón en el boletín será mañana, con lo cual el miércoles quienes quieran sacar permisos de circulación a través del a web podrán hacerlo.
La demora en la entrada en funcionamiento del sitio eivissacircular.es había sido una de las principales críticas hechas al Consell. Finalmente, estaría disponible 12 días antes de que la ley comience a regir. Desde ese momento, los no residentes podrán reservar el cupo para su vehículo y pagar la tasa, mientras que las navieras podrán comenzar a ofrecer estos permisos a la hora de comercializar sus servicios de traslado de vehículos.
Alegaciones
En línea con las numerosas críticas que ha tenido la ley de limitación de vehículos de parte de sectores de alquiler de coches y de navieras, para la aprobación en el Pleno del Consell se han tenido que desestimar alegaciones de cuatro entidades distintas. “En la mayoría de casos, versaban en cuestiones legales y de oportunidad que nada tienen que ver con la ordenanza fiscal aprobada hoy”, ha criticado la institución insular.
El conseller de Gestión Económica, Presidencia y Deportes, Salvador Losa, ha comenzado su exposición agradeciendo los servicios técnicos de la institución, especialmente Tesorería, Transportes y Servicios Jurídicos por “el trabajo que ha servido para aprobar en 6 meses todo el desarrollo de una Ley que se aprobó el mes de noviembre en el Parlamento balear y que, como se dijo desde”.
La Entidad Balear de Alquiler de Vehículos con y sin Conductor (BALEVAL) presentó dos alegaciones. Por un lado, “pedía la suspensión de la Ley, lo que no era objeto de la exposición pública de esta ordenanza fiscal”. Además, criticaba “la aplicación de una tasa única para todos los vehículos de alquiler”, bajo el argumento de que “la carga administrativa, especialmente la de control, no es equitativa para cada vehículo de alquiler”.
También se desestimaron tres alegaciones de la Agrupación Empresarial de Alquiler de Vehículos con y sin Conductor (AEVAB), que pedían una exención de tasa para aquellos vehículos de alquiler que tengan la residencia fiscal en la isla de Ibiza, algo que el Consell ha considerado imposible por contradecir la ley. También ha criticado que no quedara claro cómo se calculaba la tasa que debía hacer frente cada flota de alquiler. Según los técnicos del Consell, “queda claro en la redacción del artículo 6”.
La última alegación presentada por AEVAB pedía poder pedir la cuota y realizar el pago por el sistema de autoliquidación, algo incompatible con las operaciones de cuantificación de vehículos que debe realizar el Consell de Ibiza, según ha argumentado la institución insular.
Pese a esas tres alegaciones, AEVAB, que representa a las pymes del sector, se ha mostrado en los últimos meses a favor de la limitación de vehículos en la isla, por considerar que ayuda a nivelar la competencia.
Por otra parte, Baleària, que recientemente ha acudido a los tribunales para frenar la ley, ha presentado cinco alegaciones. La primera y la segunda han quedado desestimada al pedir revisar el contenido de la Ley 5/2024, de 11 de noviembre, y no la ordenanza objeto de debate; la tercera consideraba desproporcionada la carga de 1 euro al día para la entrada y estancia de vehículos en la isla, la cuarta, señalaba la «complejidad administrativa» de la ordenanza fiscal y; finalmente, Baleària puso en duda el cálculo de los costes directos e indirectos para la determinación de la tasa. Los servicios técnicos del Consell ha señalado que se trata de alegaciones subjetivas o bien ya explicadas.
Por último, se ha resuelto una única alegación de la Asociación de Navieros Españoles (ANAVE) relativa a los vehículos con destino a Formentera, algo también desestimado por no relacionarse directamente con el contenido de esta ordenanza.