Messi ha optado por esconder los graves problemas en su casa de Ibiza, algo que podría no pasar a mayores si solo fuera una decisión personal para cuidar su imagen. Pero no ocurre lo mismo cuando dicha propiedad se incluye en una SOCIMI, una sociedad cotizada con beneficios fiscales y obligaciones informativas reforzadas.
Sucede que, llamativamente, en el momento de lanzar su SOCIMI al mercado, Messi ya sabía que su casa en Cala Tarida arrastraba irregularidades urbanísticas: sin licencia de final de obra, sin cédula de habitabilidad, con un expediente abierto en el Ayuntamiento de Sant Josep y una orden para restablecer la legalidad que incluía demoliciones.
Pese a estos antecedentes, Messi y sus asesores optaron por omitir cualquier mención a ellos en el Documento de Emisión.
Evidentemente, la mansión de Messi en Ibiza parece destinada a generarle más dolores de cabeza que beneficios. Adquirida en 2022 por su sociedad Edificio Rostower, esta propiedad ubicada en Cala Tarida figura como parte del patrimonio declarado en el Documento de Emisión fechado el 23 de diciembre de 2024, mediante el cual la empresa cotizó en el Portfolio Stock Exchange.
Sin embargo, en ese documento presentado oficialmente ante el mercado financiero, la villa de 566 metros cuadrados aparece únicamente descrita como un “inmueble destinado a uso de vivienda”, sin ofrecer ningún dato adicional sobre su situación urbanística real.

Casa con irregularidades
La propiedad, tal como La Voz de Ibiza informó previamente, no cuenta con licencia de final de obra ni dispone de cédula de habitabilidad, condiciones esenciales para su uso legal como vivienda.
Desde 2022 existe un expediente urbanístico abierto por el Ayuntamiento de Sant Josep, que exige restablecer la legalidad urbanística. Según un informe técnico municipal de febrero de 2023, algunas obras ejecutadas sin licencia podían legalizarse, aunque hasta el momento no hay confirmación oficial de que Messi haya respondido al requerimiento para regularizarlas.
Tal como ha podido acreditar La Voz de Ibiza esta semana, Messi no ha acometido las obras necesarias para restaurar la legalidad urbanística.
En mayo de 2024, el Ayuntamiento remitió a la propiedad un requerimiento formal para avanzar en la restitución de la legalidad. Esa comunicación fue reconocida oficialmente, pero no se ha confirmado si recibió respuesta por parte de la sociedad. Algunas intervenciones, además, fueron consideradas ilegales e insubsanables, y están sujetas a demolición obligatoria.
Desde 2022, la villa estuvo también afectada por un precinto municipal impuesto como medida cautelar frente a esas irregularidades urbanísticas.
Estos hechos no figuran en ningún apartado del Documento de Emisión. Sin embargo, dicho documento, firmado personalmente por Lionel Messi como presidente del consejo de administración y Antonela Roccuzzo como vicepresidenta, afirma explícitamente que la información proporcionada es “conforme con la realidad” y que “no incurre en ninguna omisión relevante” que pueda afectar la decisión de los inversores.
En medio de esto, otro escándalo que involucra a la casa se asomó el pasado 30 de abril: el expediente original de la villa, visado en 2014, desapareció de los archivos municipales durante la revisión técnica del proyecto presentado por la sociedad. Debido a esto, el Ayuntamiento se vio obligado a solicitar una copia al Colegio Oficial de Arquitectos de Baleares. Hasta la fecha, no se ha confirmado oficialmente si el expediente fue recuperado, ni si ha sido reconstruido.
Qué dice exactamente el Documento de Emisión
El Documento de Emisión es el documento legal obligatorio que una sociedad presenta para captar inversión en un mercado regulado. En este caso concreto, fue firmado el 23 de diciembre de 2024 y asegura explícitamente lo siguiente: “La información contenida en este Documento presenta, según su conocimiento, una imagen fiel del Emisor, es conforme con la realidad y no incurre en ninguna omisión relevante”.
En otra sección, el consejo de administración declara que los inversores “disponen de los elementos necesarios para tomar una decisión de inversión fundamentada”. No se incluye ninguna mención al estado de los activos más allá de su tipología, ni se advierte de forma individualizada sobre problemas urbanísticos o jurídicos concretos.
El documento también advierte que ni Portfolio Stock Exchange ni la Comisión Nacional del Mercado de Valores han efectuado “ningún tipo de comprobación en relación con el contenido del Documento de Emisión”, limitándose a verificar su integridad formal. Todo lo declarado en él queda bajo responsabilidad directa de los administradores firmantes.
Sin litigios, según la información brindada
El Documento de Emisión afirma que “no existen litigios abiertos”, una expresión ambigua que no aclara si se refiere únicamente a procedimientos judiciales o también a expedientes administrativos activos. Lo cierto es que, en la fecha de firma, la villa de Cala Tarida estaba afectada por un expediente urbanístico abierto en el Ayuntamiento de Sant Josep, con requerimientos formales, orden de demolición parcial y un precinto previo en vigor.
Aunque no se trate de un litigio judicial en sentido estricto, el proceso administrativo estaba vigente, era conocido por la sociedad y podía derivar en sanciones o ejecución forzosa. La falta de mención a ese procedimiento contrasta con la declaración general de inexistencia de litigios y refuerza la tesis de una omisión relevante.
Obligación de lectura y asesoramiento independiente
El documento dedica un espacio específico a recordar que los inversores “deberán leer íntegramente el Documento de Emisión con carácter previo a la toma de cualquier decisión de inversión”.
Asimismo, recomienda que se cuente con el “asesoramiento de un profesional independiente experto en la materia”, especialmente en mercados como el Portfolio Stock Exchange, donde los niveles de supervisión no son equiparables a los del mercado continuo.
Estas advertencias no eximen de responsabilidad legal a la empresa emisora ni a sus administradores, pero sí establecen un marco general que el inversor acepta al participar en este tipo de instrumentos financieros.

Riesgos jurídicos en términos hipotéticos
En el apartado “Riesgos jurídicos relativos a los activos”, el documento reconoce que podrían existir “contingencias jurídicas respecto de permisos o licencias urbanísticas que puedan no haberse obtenido”, y que “la ejecución y finalización de obras sin los títulos administrativos pertinentes podría acarrear sanciones o la imposibilidad de explotar económicamente el inmueble afectado”.
Estas frases están formuladas en condicional y en términos genéricos. No se detalla que uno de los activos —el de Cala Tarida— ya arrastraba un expediente urbanístico activo, sin final de obra ni cédula de habitabilidad, y con una orden de restitución vigente.
La omisión de ese caso concreto puede ser jurídicamente relevante para el análisis de la veracidad de la información proporcionada a los inversores.
Un inmueble con uso limitado
Según la normativa balear, ningún inmueble puede destinarse a vivienda ni alquilarse sin licencia de final de obra y cédula de habitabilidad. La villa de Cala Tarida carece de ambas. Sin embargo, fue presentada en el portafolio de la SOCIMI como una vivienda más, sin ninguna advertencia.
Obviamente, el valor del inmueble sin los citados permisos dista del de una vivienda que permite ser usada como tal. La de Messi, no.
Esta situación restringe su uso legal inmediato y podría condicionar su valor como activo generador de renta.
En la documentación no se especifica si este inmueble está arrendado, vacío o en uso. Tampoco se señala su situación urbanística individual. Solo figura como “inmueble destinado a uso de vivienda”, con una superficie construida de 566 metros cuadrados y una parcela de 1.073 metros.
El encaje dentro del régimen fiscal SOCIMI
Edificio Rostower se acoge al régimen fiscal de las SOCIMIs, regulado por la Ley 11/2009. Esta norma exige que al menos el 80% del valor de los activos se invierta en bienes inmuebles urbanos destinados al arrendamiento. También establece un periodo mínimo de tenencia y explotación de tres años para los activos alquilados.
El Documento de Emisión no especifica cómo se asegura el cumplimiento de estos requisitos en cada activo concreto. Tampoco aclara si el estado legal de la villa de Cala Tarida podría poner en riesgo el encaje fiscal de la sociedad, al tratarse de una propiedad que no puede alquilarse legalmente.
Verificación legal limitada
El documento incluye un informe de Gómez-Acebo & Pombo Abogados como asesor jurídico. El despacho declara que no ha verificado de forma independiente la información contenida en el Documento de Emisión y que no puede garantizar su veracidad, exactitud ni integridad.
Toda la responsabilidad sobre el contenido del documento recae exclusivamente en el emisor y su órgano de administración.

Marco legal citado por la propia sociedad
El propio documento cita como referencia legal el artículo 71 de la Ley 6/2023 del Mercado de Valores. Esta norma establece que los emisores deben ofrecer una imagen fiel de su situación y que los administradores serán responsables por los daños que puedan sufrir los inversores si esa información es incompleta, engañosa o falsa.
Posible encaje penal
El artículo 282 bis del Código Penal español establece penas de hasta cuatro años de prisión para quienes falseen información económico-financiera relevante con el objetivo de obtener beneficios en el mercado.
Esta referencia, incluida en el propio documento como marco legal de aplicación, subraya la trascendencia jurídica que puede tener la omisión de datos sustanciales en un instrumento de inversión.
La omisión en el Documento de Emisión de cualquier mención al expediente urbanístico, al precinto, a la falta de permisos, al requerimiento de mayo de 2024 y a la imposibilidad legal de explotación de la villa, contrasta con el marco legal citado y con las garantías de veracidad que los firmantes declaran ofrecer. Todo lo que no está dicho también cuenta.