El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha anulado la resolución del Govern que denegó en febrero de 2023 unas 600 autorizaciones VTC solicitadas por Moove Cars Baleares, proveedor de Uber en Mallorca, y ha ordenado retrotraer el procedimiento para que la Administración las vuelva a valorar “sin aplicar la limitación cuantitativa 12’6 prevista en el artículo 3 del Decreto 43/2014”.
La Sala entiende que la denegación —basada exclusivamente en que se superaba la proporción de 12,6 licencias de taxi por cada VTC en Mallorca— se dictó sin justificar ninguna “razón imperiosa de interés general”, tal como exige la doctrina europea.
La resolución se apoyaba en un informe que sostenía que “el número total de VT (taxi) en Mallorca es de 1.949 y el total de VTC es de 350, lo que supone una proporción VT/VTC de 5,56 y por lo tanto no se respeta la proporción establecida”. Para el Govern esto bastaba para rechazar todas las solicitudes. Para el TSJB, no.
El golpe de Bruselas detrás del fallo
El tribunal balear sigue la estela del famoso fallo del Tribunal de Justicia de la UE del 8 de junio de 2023, que declaró que la limitación 1/30 aplicada en Barcelona vulneraba la libertad de establecimiento cuando no se acreditaban motivos no económicos. El TSJ recuerda que el TJUE estableció que “se opone a una normativa […] que establece una limitación del número de licencias […] cuando no se haya acreditado ni que esa medida sea apropiada […] ni que la citada medida no va más allá de lo necesario”.
Y añade que, en Baleares, el Govern también aplicó un automatismo: “La ausencia de una valoración circunstanciada del impacto medioambiental, de tráfico, de buena gestión que esas solicitudes suponen […] supone una decisión que se ajusta a unos criterios estrictamente económicos con omisión de razones imperiosas de interés general”.
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¿Y la moratoria balear?
La sentencia entra en un punto crucial: la Ley 1/2024, que estableció una moratoria que suspende nuevas licencias de taxi y VTC hasta que el Govern apruebe un decreto con criterios objetivos basados en CO₂, gestión del tráfico y del espacio público.
Pero el propio tribunal aclara que esta moratoria no afecta a estas solicitudes, porque fueron presentadas antes de su entrada en vigor. En otras palabras, estas 600 solicitudes deben ser evaluadas de inmediato, sin esperar al nuevo reglamento y sin aplicar el ratio limitador.
Cabe destacar que la Sala no concede las licencias, solo ordena reexaminar. Lo que es casi un hecho es que el mercado VTC en Baleares crecerá.
Aunque el caso afecta a Mallorca, puede marcar un precedente en el resto del archipiélago. Hoy Ibiza tiene uno de los ratios más restrictivos (6,74:1, establecido en el Decreto 43/2014), fundamentado en “insularidad y estacionalidad”.
Pero el TSJ deja claro que invocar esos conceptos de forma genérica no basta: “Poco importa que en dicho Decreto se aluda a razones de estacionalidad y de insularidad […] la resolución impugnada está huérfana de un análisis que justifique otras razones imperiosas de interés general”, señala la sentencia.
Una sentencia en pleno debate
La sentencia llega mientras el Govern tramita el nuevo reglamento autonómico, que delegará en consells y ayuntamientos la fijación de topes de licencias mediante una fórmula técnica de difícil lectura, como ha publicado La Voz de Ibiza.
Precisamente, uno de los puntos que mas expectativas generaba en el borrador del reglamento era la relación entre taxi y VTC. El reglamento evita dar una ratio específica, e insta a ponderar distintos criterios, incluido el índice de presión humana, además de otros como los ambientales y las características de cada ciudad.












