La campaña de la Renta 2026 ya está en marcha en Baleares y lo hace con novedades relevantes que pueden marcar la diferencia en el resultado final de la declaración. Desde este miércoles, los contribuyentes pueden presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2025, en un contexto marcado por nuevas deducciones y ajustes fiscales.
En total, la comunidad autónoma cuenta con hasta 24 deducciones autonómicas, a las que se suman tres novedades destacadas introducidas por la Conselleria de Economía, Hacienda e Innovación. Estas medidas afectan especialmente a propietarios, autónomos y familias, ampliando las posibilidades de ahorro fiscal.
Novedades fiscales que marcan la campaña de la Renta
Uno de los cambios más llamativos es la incorporación de una nueva deducción dirigida a propietarios de inmuebles en situaciones complejas. En concreto, se podrá compensar hasta un 40% de los gastos, con un límite de 500 euros, en casos de viviendas ocupadas ilegalmente o cuando se haya suspendido un desahucio por vulnerabilidad económica del arrendatario.
Entre los gastos que se pueden incluir en esta deducción se encuentran:
- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
- Los suministros de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones
- Los gastos asociados a procedimientos judiciales para recuperar la posesión del inmueble
Otra de las novedades afecta directamente a los trabajadores por cuenta propia. Los autónomos pasan a equipararse a las familias numerosas y monoparentales en tres deducciones: por adquisición de libros de texto, por gastos de conciliación para menores de seis años y por alquiler de la vivienda habitual.
Esta equiparación no solo amplía el acceso a estas deducciones, sino que también permite incrementar el límite máximo de renta en un 20%, facilitando que más contribuyentes puedan beneficiarse de ellas.
Además, en el caso de las familias numerosas de categoría especial, ese incremento se eleva hasta el 30%, reforzando el apoyo a los hogares con mayor carga económica.
Deducciones por vivienda: las más relevantes
Dentro del listado de deducciones autonómicas, las relacionadas con la vivienda ocupan un papel destacado.
Por inversiones en mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual, los contribuyentes pueden deducirse el 50% del importe invertido, con una base máxima de 10.000 euros anuales.
En cuanto al arrendamiento de la vivienda habitual, las deducciones varían según el perfil del contribuyente:
- 15% (máximo 530 euros) para menores de 36 años o mayores de 65 sin actividad laboral
- 20% (máximo 650 euros) para menores de 30 años, personas con discapacidad, familias numerosas, monoparentales o autónomos
También se contemplan beneficios para arrendadores. Por ejemplo, podrán deducirse el 75% de las primas de seguros de impago de rentas, con un máximo de 440 euros anuales.
Asimismo, se permite deducir el 50% de otros gastos, como seguros de daños o reparaciones, con un límite de 1.500 euros anuales, que puede alcanzar los 1.800 euros si la vivienda se alquila a la Administración.
Educación y formación: deducciones clave para familias
Las deducciones vinculadas a la educación también tienen un peso importante en esta campaña de la Renta.
Por la adquisición de libros de texto, se podrá deducir el 100% del gasto, con un límite de 220 euros por hijo en general, que asciende a 350 euros para determinados colectivos.
Además, por aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros, se permite una deducción del 15% del gasto, con un máximo de 110 euros por hijo.
Para aquellos casos en los que los descendientes cursen estudios superiores fuera de la isla de residencia, se establece una deducción de 1.800 euros por hijo, siempre que no se supere el 50% de la cuota íntegra autonómica.
Deducciones por familia, conciliación y situaciones personales
Las familias también cuentan con diversas deducciones específicas.
Por gastos de conciliación para menores de seis años, se podrá deducir:
- 40% del gasto con un límite de 660 euros (general)
- 50% con un límite de 900 euros para colectivos específicos como menores de 36 años, personas con discapacidad o familias numerosas
En cuanto al nacimiento o adopción, las deducciones se estructuran de la siguiente forma:
- 800 euros por el primer hijo
- 1.000 euros por el segundo
- 1.200 euros por el tercero
- 1.400 euros por el cuarto y sucesivos
También existen deducciones para contribuyentes o descendientes con discapacidad, que oscilan entre 88 y 165 euros, en función del grado.
Salud, dependencia y situaciones especiales
La campaña de la Renta en Baleares también contempla deducciones vinculadas a la salud y la dependencia.
Por gastos de personas mayores de 65 años o con discapacidad, como residencias o ayuda en el hogar, se permite deducir el 40% del gasto, con un máximo de 660 euros anuales por persona.
En el caso de enfermedades graves como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), la deducción alcanza el 100% de los gastos, con un límite de 3.500 euros.
Donaciones, mecenazgo e inversión
Las deducciones también fomentan la participación social y la inversión.
Por donaciones para investigación, desarrollo o innovación, se puede deducir el 25% del importe, con un límite del 15% de la cuota íntegra autonómica.
En el ámbito cultural, científico y tecnológico, el mecenazgo permite deducciones del:
- 15% con un límite de 660 euros
- 25% con un límite de 1.200 euros si el beneficiario es la Administración
También se incluyen deducciones por mecenazgo deportivo y por donaciones destinadas al fomento de la lengua catalana.
Empleo, autoocupación y movilidad
El impulso al empleo también tiene reflejo en esta campaña. Por fomento de la autoocupación, se establece una deducción de 1.000 euros para quienes se den de alta por primera vez en el Censo de Empresarios.

Asimismo, se contemplan deducciones por ocupación de plazas de difícil cobertura, permitiendo deducir el 40% de los gastos de vivienda o transporte interinsular, con límites que oscilan entre 700 y 2.600 euros según la renta y la isla de destino.
El listado completo de las deducciones automáticas en Baleares
A continuación, la lista con las 24 deducciones autonómicas y sus cuantías correspondientes:
- Por inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual: El 50% del importe de las inversiones, con una base máxima de 10.000 euros anuales.
- Por arrendamiento de la vivienda habitual:
- 15% (máximo 530 €) para menores de 36 años o mayores de 65 sin actividad laboral.
- 20% (máximo 650 €) para menores de 30 años, personas con discapacidad, familias numerosas/monoparentales o autónomos.
- Por subvenciones por zona afectada por emergencia de protección civil: El importe resultante de aplicar el tipo medio de gravamen al importe de la subvención.
- Por gastos de adquisición de libros de texto: El 100% de los importes, con un límite de 220 € por hijo (general) o 350 € para colectivos específicos (menores de 30, discapacidad, familias numerosas, etc.).
- Por aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros: El 15% de los importes, con un límite de 110 € por hijo.
- Para estudios de educación superior fuera de la isla de residencia: 1.800 € por cada descendiente, sin exceder el 50% de la cuota íntegra autonómica.
- Para el arrendador por primas de seguros de impago de rentas: El 75% de los gastos, con un importe máximo de 440 euros anuales.
- Para el arrendador por otros gastos (seguros de daños, reparaciones, etc.): El 50% de los gastos, con un límite de 1.500 € anuales (general) o 1.800 € si se alquila a la Administración
- Por arrendamiento derivado de traslado temporal por motivos laborales: El 15% de los gastos de alquiler, con un máximo de 440 euros anuales.
- Por gastos de vivienda ocupada ilegalmente o suspensión de lanzamiento: El 40% de gastos (IBI, tasas, suministros, comunidad, etc.), con un límite de 500 euros por declaración.
- Por donaciones para investigación, desarrollo científico o innovación: El 25% de las donaciones, sin exceder el 15% de la cuota íntegra autonómica.
- Por mecenazgo cultural, científico, tecnológico y consumo cultural:
- 15% con límite de 660 € anuales.
- 25% con límite de 1.200 € anuales si el beneficiario es la Administración para proyectos propios.
- Por mecenazgo deportivo: El 15% de las cuantías, con un límite de 660 euros anuales.
- Por donaciones para el fomento de la lengua catalana: El 15% de las donaciones, sin exceder el 10% de la cuota íntegra autonómica.
- Por donaciones a entidades del tercer sector: El 25% del importe, con una base máxima de 165 euros anuales.
- Para declarantes o descendientes con discapacidad: 88 € (discapacidad física/sensorial 33-65%) o 165 € (física/sensorial =65% o psíquica =33%).
- Por gastos de conciliación para menores de seis años:
- 40% con límite de 660 € (general)
- 50% con límite de 900 € para colectivos específicos (menores de 36, discapacidad, familias numerosas, etc.).
- Por nacimiento: 800 € (1er hijo), 1.000 € (2º), 1.200 € (3º) y 1.400 € (4º y sucesivos).
- Por adopción: 800 € (1er hijo), 1.000 € (2º), 1.200 € (3º) y 1.400 € (4º y sucesivos).
- Por gastos de personas mayores de 65 años o con discapacidad (residencias, ayuda en el hogar): El 40% de los gastos, con un máximo de 660 euros anuales por persona.
- Por gastos derivados de la esclerosis lateral amiotrófica (ELA): El 100% de los gastos, con un límite máximo de 3.500 euros.
- Por inversión en acciones o participaciones de nuevas entidades:
- 30% de la inversión con límite de 6.000 € anuales
- 50% en sociedades participadas por centros de investigación o universidades, con límite de 12.000 €
- Para el fomento de la autoocupación: 1.000 euros para quien cause alta por primera vez en el Censo de Empresarios.
- Por ocupación de plazas de difícil cobertura: El 40% de gastos de vivienda o transporte interinsular, con límites que varían entre 700 € y 2.600 € según la renta del contribuyente y la isla de destino (Mallorca, Formentera o general).










