El Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària ha aprobado esta mañana la modificación de sus Normas Subsidiarias con el objetivo de simplificar la apertura de expedientes sancionadores urbanísticos por el uso para alquiler turístico de viviendas no habilitadas para ello.
Igualmente, también se cambia la normativa para que los jacuzzis y similares computen como superficie construida en las nuevas autorizaciones de edificación y el suscribir un convenio con encomienda de gestión al Consell Insular de Ibiza por el que la institución supramunicipal auxiliará al Consistorio en la realización de embargos en cualquier punto de la isla, algo dificultado hasta el momento por la normativa existente.
La modificación puntual número 22 de las NNSS del municipio es la encargada de simplificar el procedimiento que se tiene que seguir por parte del Ayuntamiento para poder multar a los propietarios de viviendas que realizan alquiler vacacional en el municipio en lugares donde no está permitido.
El cambio
Hasta ahora, la reglamentación municipal aprobada en 2017 establecía que se entendía que existía alquiler vacacional “cuando, a cambio de contraprestación económica y dos o más veces en el período de un año, las viviendas sean cedidas a terceros en condiciones de uso inmediato por período inferior a 31 días”.
Esto exigía que se pudiera probar el uso turístico en dos ocasiones diferentes y demostrar que los periodos de alquiler no eran los legalmente establecidos. Además, no se mencionaba explícitamente como elementos prohibidos la publicidad y comercialización a través de aplicaciones o redes sociales.
La nueva redacción establece que “se entenderá que éste uso se desarrolla en la modalidad de alquiler vacacional cuando, a cambio de contraprestación económica, las viviendas sean cedidas a terceros en condiciones de uso inmediato por cualquier período, con fines turísticos», por lo que sólo con comprobar el alquiler turístico en una ocasión ya se podrá sancionar, y de forma independiente a la duración del contrato.
Igualmente se incluye como motivo de sanción el que los alquileres “se publiciten, contraten y/o comercialicen” no sólo a través de agencias de viajes, centrales de reservas u otras empresas, sino que se incluyen también las “páginas o aplicaciones en las que publiciten alojamientos”, así como por redes sociales.
Cabe recordar que este verano se han instruido seis expedientes con sanciones que superan el millón de euros.
Esta modificación número 22 de las Normas también incluye una mejora de la regulación de las piscinas para evitar la picaresca y combatir mejor el mal aprovechamiento del agua. La modificación reciente de la normativa municipal obliga a que las piletas contabilicen como superficie ocupada de la parcela (además de para limitar su superficie y volumen, así como el número de ellas según parcela y establecer la obligación de disponer de un contador de agua independiente, entre otros puntos).
Con esta nueva redacción, no sólo contabilizarán como terreno ocupado las piscinas sino que también lo harán otros elementos que suponen la creación de láminas de agua como jacuzzis, maxibañeras y similares. La propuesta ha salido adelante con el voto a favor del Grup Municipal Popular y la abstención en bloque del resto de partidos.