Para los que todavía no la conocen, la Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite mediante sentencia judicial eliminar, total o parcialmente, tus deudas.
Está destinado a particulares, ya sean autónomos, asalariados, parados o jubilados que, por motivos ajenos a su voluntad, hayan ido contrayendo una serie de deudas, ya sean públicas (Hacienda y Seguridad Social) o privadas (créditos, microcréditos, proveedores), que no les permiten avanzar.
La esencia de esta Ley es permitir que las personas que han tenido mala fortuna económica puedan empezar de nuevo sin deudas. Únicamente, debes cumplir los siguientes requisitos: Ser deudor de buena fe, tener más de dos (2) deudores, que la deuda no supere los cinco millones de euros (5.000.000.-€), no haberse acogido a esta Ley durante los últimos cinco (5) años y no tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos.
Con este procedimiento podremos eliminar legal y definitivamente todas las deudas privadas, así como hasta diez mil euros (10.000.-€) de deudas contraídas con Hacienda y otros diez mil euros (10.000.-€) adicionales de deudas contraídas con la Seguridad Social. Además, podremos paralizar los embargos y los intereses mientras se lleva a cabo el procedimiento judicial.
Para llevarlo a cabo, solamente necesitamos recopilar la documentación necesaria y presentar la solicitud al Juzgado. El contenido de la solicitud debe ser detallado y claro sobre la situación personal del deudor, el cumplimiento de los requisitos, el tipo de insolvencia y los ingresos disponibles. Tramitada la solicitud con los documentos que acrediten la situación del deudor y sus posibilidades, se inicia la fase judicial donde el deudor podrá elegir entre: la exoneración total de la deuda (siempre que no existan bienes y todas las cantidades sean exonerables con base en la ley), la exoneración con liquidación de sus bienes (si lo tuviera) o sin liquidación de los bienes, lo cual le permitirá mantener su vivienda habitual, llevando a cabo un plan de pagos adaptado a las posibilidades del deudor.
El procedimiento judicial tiene una duración de entre tres y doce meses, dependiendo de su complejidad. Por lo que, si llevas años arrastrando deudas y quieres eliminarlas de una vez por todas, no dejes pasar más tiempo, ¡esta es tu Ley!
Neus Lafuente Capó
Abogada en Neus Lafuente Abogados, especializada en Derecho Concursal y Ley de Segunda Oportunidad.