Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

SALVEM ES CLUB

El rival del Club Náutico denuncia irregularidades en la gestión de los amarres: chárters y ventas a terceros prohibidos

Puertos y Litorales desvela el incumplimiento del reglamento interno que perjudica a los socios que están en lista de espera
20240213 131212
La Junta Directiva del Club Náutico de Ibiza, el pasado miércoles.

El rival del Club Náutico de Ibiza en el concurso que ha de dirimir Autoridad Portuaria de Baleares antes del mes de mayo ha denunciado en el escrito presentado ante la Autoridad Portuaria de Baleares, que obra en poder de La Voz de Ibiza, una serie de irregularidades en la gestión de los amarres del club que a su entender perjudican a los socios e incumplen los estatutos y reglamento de la entidad que hoy sábado (18 horas) ha convocado una concentración bajo el lema Salvem es club con el objetivo de presionar a la APB para mantener el control de las instalaciones. 

En el escrito se aporta numerosa información sobre embarcaciones amarradas en las instalaciones del Club Náutico que se dedican al chárter profesional y de embarcaciones que se venden a un precio superior al de mercado al estar incluido en el precio de venta el derecho de uso del amarre a un precio más competitivo que en las otras marinas del puerto de Ibiza. De soslayo, también desliza que hay embarcaciones de mayor eslora de la permitida.

«Incapaces»

«Los dirigentes del Club se han revelado incapaces (y somo benignos con el adjetivo) de hacer cumplir el Reglamento de Régimen Interior aprobado por la Autoridad Portuaria de Baleares en cuanto al uso, transmisión y destino de los amarres. Consienten lo que el Reglamento de Régimen Interior prohíbe taxativamente: la dedicación de las embarcaciones amarradas a actividades lucrativas (chárter); y la transmisión onerosa de embarcaciones a terceros sin alteración del derecho a amarre, en detrimento de sus asociados que están en lista de espera. Atendiendo a la publicidad con la que se realizan arrendamientos y ventas, los dirigentes del Club Náutico de Ibiza (y pudiéramos decir también, que buena parte de sus miembros) no puede alegar ignorancia que, en todo caso, sería inexcusable», señala el punto décimo del escrito.

El escrito detalla los numerosos artículos que vulnerarían dichas prácticas. Es el caso del artículo 47 del Reglamento de Régimen Interior del Club Náutico de Ibiza que indica que «queda expresamente excluida la posibilidad de dedicar la embarcación a cualquier tipo de actividad lucrativa».

Aporta, además, hasta 14 ejemplos de embarcaciones amarradas en el Club Náutico que «son destinadas sin pudor alguno a actividades lucrativas», lo que, en opinión de Puertos y Litorales, supone un «perjuicio» de los socios que «ven postergados en la adjudicación de amarres y resignados a permanecer en lista de espera por lustros (se ha llegado a decir que la lista de espera es de 20 años) y tienen derecho a disfrutar de los amarres».

Auditoria

«Es necesario y perentorio que se haga una exhaustiva auditoria para verificar que se cumplen escrupulosamente las condiciones legales y reglamentarias de la transmisión de los amarres y la inexistencia de ánimo de lucro en su utilización», indica.

Transmisiones

Otra de los incumplimientos que denuncia Puertos y Litorales se refiere a las transmisiones de amarres, a través de la cesión del derecho de uso o bien a través de la donación de la embarcación, que, según, los artículos 42 y 43 estarían limitadas a «de padres a hijos, cónyuge, hermanos y en general herederos mortis-causa del socio titular del derecho» y que sean socios del club.

Señala Puertos y Litorales que «resulta sumamente sorprendente la cantidad de embarcaciones que se encuentran a la venta y que se venden -por un precio muy superior al real».

Práctica tolerada

«De los anuncios de venta de embarcaciones, de su aparición y desaparición, y del mantenimiento de la embarcación en el amarre, cabe deducir que alguien ha inventado la piedra filosofal consistente en transmitir onerosamente (muy onerosamente) la propiedad de la embarcación sin que por ello la embarcación pierda el derecho a usar el amarre. “Invención” que por ejecutarse “a la vista, ciencia y paciencia” de todos, no cabe sino presumir fundadamente que es tolerada», señala Puertos y Litorales.

Califica esta práctica de «especulación» que «no puede calificarse de social» y advierte a la Autoridad Portuaria de Baleares que «no puede tolerar estas irregularidades administrativas».

 

Scroll al inicio
logo bandas