MEDIA DE 4.000 EUROS POR BENEFICIADO

Buenas noticias para miles de pensionistas: Hacienda amplía el plazo para que los mutualistas reclamen el IRPF

Los jubilados mutualistas afectados por la doble tributación podrán recuperar lo pagado de más en los ejercicios 2020, 2021 y 2022

Jubilación anticipada en España en 2025: a qué edad se puede solicitar, cuáles son los requisitos y las penalizaciones
Jubilados de España

La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha dado un nuevo paso para reparar una de las injusticias fiscales que ha golpeado a miles de jubilados en España: la doble tributación soportada por los mutualistas que cotizaron entre 1967 y 1978. Tras años de protestas, sentencias del Tribunal Supremo y presiones sindicales, el Ministerio de Hacienda ha habilitado un nuevo formulario electrónico que permitirá solicitar la devolución de las cantidades correspondientes a los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

Se trata de una medida recogida en la Ley 7/2024 y posteriormente modificada por la Ley 5/2025, que introduce un importante cambio en los plazos legales. El periodo de prescripción de las devoluciones queda suspendido desde el 22 de diciembre de 2024 hasta el 26 de julio de 2025, lo que supone un respiro de 217 días para que los jubilados afectados puedan presentar su reclamación.

Tres escenarios distintos para reclamar

La Agencia Tributaria ha detallado los supuestos en los que se pueden encontrar los solicitantes y los plazos aplicables en cada caso.

  • Formulario ya presentado antes del 26 de julio de 2025: si el jubilado ya ha enviado el nuevo formulario, no es necesario volver a presentarlo. Ese documento cubre automáticamente las devoluciones de los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

  • Ninguna solicitud presentada: si el mutualista no había realizado ninguna gestión previa (ni autoliquidación, ni rectificación ni formulario), los plazos definitivos para reclamar son los siguientes:

    • 2 de febrero de 2026 → devolución de 2020, 2021 y 2022.

    • 2 de febrero de 2027 → devolución de 2021 y 2022.

    • 2 de febrero de 2028 → solo devolución de 2022.

  • Solicitud presentada antes del 22 de diciembre de 2024: las solicitudes previas a esa fecha quedaron sin efecto tras el cambio legal, aunque interrumpieron el plazo de prescripción. En este escenario, el nuevo plazo para presentar el formulario se calcula sumando cuatro años y 217 días desde la fecha en la que se presentó la solicitud original.

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Hacienda comienza a pagar: 4.000 euros de media

La noticia del nuevo plazo coincide con el inicio de los primeros ingresos. Según fuentes del Ministerio de Hacienda, en la segunda quincena de agosto comenzaron a abonarse las cantidades adeudadas a los jubilados afectados. La media de devolución es de 4.000 euros, un alivio económico que llega tras años de reivindicaciones y retrasos administrativos.

Los sindicatos UGT y CCOO, que han acompañado las movilizaciones de los jubilados durante este largo proceso, confirmaron que muchos pensionistas ya están recibiendo el dinero en sus cuentas. La Agencia Tributaria ha iniciado los pagos de forma automática para quienes presentaron en su día el formulario en la web del organismo.

Mutualistas
Mutualistas

Aunque la campaña de la Renta ya finalizó, Hacienda decidió ampliar el plazo de solicitud para no perjudicar a los afectados por los retrasos en la tramitación de la norma. En un principio, el formulario solo contemplaba las devoluciones del ejercicio 2019, pero con la entrada en vigor de la nueva ley, su alcance se amplía directamente a 2020, 2021 y 2022 sin que los mutualistas tengan que volver a rellenar documentación.

¿Quiénes tienen derecho a reclamar?

Los exmutualistas o sus herederos podrán solicitar la devolución siempre que cumplan los siguientes requisitos: haber realizado aportaciones a mutualidades antes del 1 de enero de 1999, y que dichas aportaciones no se hayan reducido o minorado en la base imponible del IRPF en aplicación de la legislación vigente en aquel momento.

La devolución se gestiona a través de Renta Web, la herramienta digital de la Agencia Tributaria. En los casos en los que Hacienda disponga de la información necesaria, el sistema realiza un cálculo automático de la reducción aplicable sobre las pensiones de jubilación o invalidez, lo que permite rebajar la tributación y devolver el importe que corresponde a cada contribuyente.

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Una larga batalla de los mutualistas

Este proceso es la culminación de una lucha que lleva años en los tribunales y en las calles. Durante décadas, miles de pensionistas afectados por las cotizaciones realizadas entre 1967 y 1978 denunciaron haber sufrido una doble tributación por parte de la Administración. El Tribunal Supremo les dio la razón en distintas resoluciones, obligando al Estado a devolver lo indebidamente cobrado.

Mutualistas
Mutualistas

La entrada en vigor de la ley publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hace apenas un mes abrió la puerta a que esas devoluciones pudieran hacerse efectivas de una vez. Ahora, con el nuevo formulario y la suspensión de plazos, los mutualistas cuentan con un calendario más claro y con garantías para recuperar lo que les corresponde.

Alivio económico y justicia fiscal para los mutualistas

La decisión de Hacienda de ampliar los plazos y comenzar los ingresos marca un antes y un después para miles de jubilados en España. Después de años de incertidumbre, manifestaciones y trámites interminables, los mutualistas ven cómo se empieza a saldar una deuda histórica.

Con devoluciones que rondan los 4.000 euros de media, la Agencia Tributaria no solo repara una injusticia, sino que también envía un mensaje de seguridad jurídica a los pensionistas. Ahora, con los plazos claros y el procedimiento digitalizado, los afectados y sus herederos tienen en sus manos la posibilidad de cerrar definitivamente un capítulo de desigualdad tributaria.

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