EMPLEO

Servicio doméstico: los hogares ya no podrán contratar empleados si no tienen este documento

La nueva ley de España obliga a los particulares a contar con un plan de prevención de riesgos en casa si quieren mantener a su personal de limpieza o cuidados. Así funciona el trámite obligatorio.

El marco legal que regula el empleo del hogar en España ha dado un giro definitivo. A partir de ahora, cualquier persona que tenga contratado personal doméstico (ya sea para labores de limpieza, cocina, cuidado de personas, jardinería o conducción) está obligada por ley a contar con un plan de evaluación de riesgos laborales específico para su vivienda.

Esta medida histórica pone fin a una exclusión que venía dándose desde 1995, año en que se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y busca equiparar de forma definitiva los derechos y la protección de este colectivo con los del resto de los trabajadores del mercado laboral.

¿Cómo tramitar el documento? La página oficial

Para facilitar este trámite a los particulares, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha habilitado un canal gratuito a través de la plataforma digital Prevención10.es. Mediante este sistema, los titulares del hogar pueden confeccionar de manera autónoma el informe de evaluación personalizado.

El documento final resultante debe contemplar de forma detallada los siguientes puntos:

  • Panorama de la vivienda: Descripción de las particularidades y estructura del domicilio.

  • Tareas del empleado: Detalle de las funciones concretas que desempeña en el día a día.

  • Diagnóstico de peligros: Identificación de los riesgos potenciales asociados a cada tarea.

  • Plan de acción: Medidas correctoras y preventivas recomendadas para evitar accidentes.

La propia aplicación web permite fijar calendarios de actuación, estimar costes de adecuación si fuesen necesarios y asignar responsables, emitiendo un justificante oficial que el empleador debe guardar como salvaguarda legal.

Asimismo, la ley estipula que todas las herramientas de trabajo y los equipos de protección individual (EPI) necesarios para las tareas del hogar deben ser costeados íntegramente por el empleador.

Sanciones económicas: las consecuencias de no cumplir la ley

Eludir esta responsabilidad puede salir muy caro a las familias. De acuerdo con la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), la ausencia de esta evaluación de riesgos o el incumplimiento de las condiciones de seguridad obligatorias se cataloga como una infracción grave.

Las penalizaciones económicas se estructuran en función del nivel de gravedad detectado:

  • Tramo mínimo: Multas que oscilan entre los 3.750 y los 7.500 euros.

  • Tramo medio: Sanciones que van desde los 7.501 hasta los 9.600 euros.

  • Tramo máximo: Penalizaciones que parten de los 9.601 y pueden llegar hasta los 12.000 euros.

Más allá del impacto financiero de la multa, carecer de este documento deja al empleador en una situación de total desprotección jurídica en caso de que el empleado sufra un accidente dentro del domicilio, al no poder acreditar que se habían tomado las precauciones exigidas por la normativa.

Un paso hacia la dignificación de un sector clave

Los empleadores disponen de un periodo de transición para revisar la situación de sus contratos y realizar el correspondiente análisis de riesgos en sus viviendas antes de que el documento sea de exigencia estricta por parte de la Inspección de Trabajo.

Esta reforma legal supone un avance de gran calado social para un sector que históricamente ha arrastrado una notable vulnerabilidad. Aunque el volumen de personas dedicadas en exclusiva a las tareas del hogar ha experimentado un descenso progresivo en las últimas dos décadas en España, el servicio doméstico sigue siendo un pilar fundamental para la conciliación de miles de familias.

Con este nuevo escenario, el derecho a un entorno laboral seguro cruza por fin el umbral de las viviendas privadas.

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