ESTAFAS

Entra en vigor el bloqueo de SMS con remitentes no registrados: así afecta a Ibiza

La nueva obligación impide que empresas y administraciones usen nombres comerciales como remitente si no figuran en el registro de la CNMC, aunque una modificación de última hora permite mantener temporalmente los alias que estaban pendientes de validación.
Telefonía.
Estafa a través de los teléfonos móviles

Los operadores de telefonía están obligados desde este martes, 15 de septiembre de 2026, a bloquear en Ibiza y en toda España los mensajes SMS, MMS y RCS enviados con un alias o nombre comercial que no conste en el Registro de Alias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Es una medida que busca frenar la suplantación de identidad y las estafas mediante mensajes. La obligación afecta a empresas, comercios, bancos, aseguradoras, operadores de transporte, administraciones públicas y cualquier otra entidad que utilice su marca o denominación como remitente.

La entrada en vigor tiene especial relevancia para la seguridad de los usuarios de Ibiza. La Policía Nacional alertó en primavera de una oleada de estafas online y telefónicas en Ibiza que había causado más de 20.000 euros en pérdidas en apenas dos semanas. Los delincuentes se hacían pasar por empleados de entidades financieras y otras organizaciones para conseguir transferencias o datos bancarios mediante llamadas, mensajes e internet.

Hasta ahora, el texto que aparece como remitente de un SMS podía utilizarse con mucha mayor libertad, lo que permitía a los ciberdelincuentes imitar el nombre de un banco, una empresa de transporte o una administración y hacer que un mensaje fraudulento pareciera legítimo. Con el nuevo sistema, los alias deberán estar vinculados a su verdadero titular y registrados ante la CNMC antes de poder utilizarse con normalidad.

Régimen transitorio de hasta tres meses

La principal novedad respecto a lo anunciado inicialmente es que el bloqueo no se aplicará de forma automática a todas las solicitudes que todavía no hayan terminado de tramitarse. El BOE publicó el sábado 12 de septiembre la Circular 3/2026 de la CNMC, que establece una preinscripción temporal para los alias cuya solicitud se hubiera presentado antes de las 15.00 horas del 14 de septiembre y que permanecieran pendientes de resolución.

La CNMC adoptó esta solución después de reconocer que había recibido un volumen muy elevado de solicitudes durante las semanas previas a la entrada en vigor y que muchas seguían pendientes de autorización del titular o de comprobación administrativa. El organismo consideró que bloquear inmediatamente esos remitentes podía interrumpir comunicaciones legítimas y afectar a servicios esenciales, avisos de citas, mensajes transaccionales o notificaciones administrativas.

Los alias que cumplen los requisitos y entraron en plazo podrán seguir utilizándose mientras la CNMC completa la tramitación. La habilitación provisional finalizará cuando expire el plazo dado al titular para autorizar el alias o cuando el regulador resuelva expresamente sobre su inscripción o denegación, con un máximo de tres meses desde la comunicación. No se trata, por tanto, de una nueva prórroga general del sistema, sino de una protección temporal para solicitudes ya presentadas.

A 10 de septiembre, la CNMC contabilizaba 13.565 alias inscritos y alrededor de 5.000 solicitudes pendientes de validación, según datos del regulador difundidos en los días previos a la entrada en vigor. El registro continúa abierto, de modo que las empresas que no hayan completado el trámite podrán solicitar la inscripción más adelante, aunque mientras tanto no podrán enviar mensajes identificados con ese nombre comercial.

Qué cambia para empresas de Ibiza

Para las empresas y administraciones de Ibiza que utilizan SMS, MMS o RCS para comunicarse con clientes o usuarios, la regla es sencilla: el nombre que aparece como remitente debe estar registrado y vinculado al titular correspondiente. Si el alias no está inscrito, o no quedó amparado por la preinscripción temporal, el operador deberá bloquear el mensaje antes de que llegue al destinatario.

La inscripción puede realizarla directamente el titular del alias o un proveedor de mensajería autorizado que actúe en su nombre. El solicitante debe acreditar la relación entre el identificador y la marca, nombre comercial, denominación social o dominio correspondiente. Una vez inscrito, el alias no puede modificarse directamente, aunque sí pueden gestionarse suspensiones, reactivaciones, cancelaciones y los proveedores habilitados para utilizarlo.

La medida también afecta a mensajes recibidos desde el extranjero. Los operadores deberán bloquear las comunicaciones dirigidas a números españoles cuando utilicen alias de empresas extranjeras no inscritas en España, salvo en los casos en los que el destinatario se encuentre en itinerancia internacional. El objetivo es cerrar una de las vías empleadas para introducir mensajes fraudulentos desde redes externas.

Barrera contra el ‘smishing’

El nuevo registro no elimina por sí solo las estafas por SMS, pero sí dificulta una de las técnicas habituales del ‘smishing’: hacer que un mensaje falso aparezca identificado con el nombre de una entidad conocida. En los últimos meses, los ciberdelincuentes han perfeccionado estas campañas con mensajes, llamadas y aplicaciones que reproducen la apariencia de bancos y servicios reales para obtener credenciales, códigos de seguridad o autorizaciones de operaciones, como ya explicó La Voz de Ibiza al analizar las nuevas estafas bancarias.

Los usuarios pueden consultar públicamente el Registro de Alias de la CNMC para comprobar si un identificador está inscrito y conocer quién figura como su titular. El buscador distingue entre mayúsculas y minúsculas, por lo que el alias debe introducirse respetando exactamente los caracteres con los que aparece en la aplicación de mensajes.

La obligación forma parte del Plan Antiestafas del Gobierno, desarrollado a través de la Orden TDF/149/2025. Su aplicación estaba prevista inicialmente para el 7 de junio de 2026, pero el Ministerio para la Transformación Digital aplazó el bloqueo hasta este 15 de septiembre para facilitar la adaptación técnica y el registro de los identificadores. Desde este martes, el sistema ya produce efectos, con la excepción transitoria para las solicitudes presentadas en plazo y aún pendientes.

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