DENUNCIA DE LA ASOCIACIÓN DE AMARRISTAS

Puertos y Litorales desmonta el informe de los detectives: “Ningún barco supera los 15 metros de eslora”

La empresa que gestiona el puerto deportivo rebate punto por punto las acusaciones de la Asociación de Amarristas del Club Náutico, niega cualquier infracción y acusa a sus denunciantes de “lawfare”

Una de las fojas del informe de PyLS para desmontar el informe de los detectives
Una de las fojas del informe de PyLS para desmontar el informe de los detectives

Puertos y Litorales Sostenibles (PyLS) ha presentado un extenso documento de alegaciones ante la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) en el que desmiente categóricamente los hechos denunciados por la Asociación de Amarristas del Club Náutico de Ibiza, que a través de un informe elaborado por una empresa de detectives privados acusó a la concesionaria de haber permitido el atraque de barcos que superan los 15 metros de eslora —límite fijado por las condiciones de la concesión— y de haber excedido el cupo máximo del 15% para embarcaciones transeúntes.

En un texto de 15 páginas al que ha tenido acceso La Voz de Ibiza, la empresa califica la denuncia como parte de una estrategia de “hostigamiento legal” por parte de los antiguos gestores y usuarios del puerto, a la que define como “lawfare”, un concepto jurídico que alude al uso abusivo del sistema legal con fines de desgaste y competencia desleal.

El informe del detective ha sido filtrado por la Asociación de Amarristas del Club Náutico y publicado sin consultar la versión de Puertos y Litorales Sostenibles por Diario de Ibiza y Periódico de Ibiza.

Barcos de más de 15 metros: PyLS desmonta caso por caso

El informe de los detectives contratados por antiguos amarristas sostenía que, en una inspección visual realizada entre los días 17 y 19 de agosto de 2024, detectaron seis embarcaciones amarradas en Port Nàutic Ibiza que aparentemente superaban el límite de eslora permitido.

Según el documento de PyLS, esa acusación es infundada y basada en observaciones erróneas. La empresa dedica varios folios a rebatir una por una las supuestas infracciones, aportando documentación técnica y certificados oficiales.

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La APB ha dado por buenas las explicaciones aportadas por Puertos y Litorales y zanjado este asunto con un esclarecedor «están cumpliendo».

Parte de la documentación de PyLS
Parte de la documentación de PyLS

En primer lugar, PyLS reprocha a la asociación denunciante no haber identificado debidamente las embarcaciones cuestionadas en su escrito. “Hubiera sido de agradecer que se hubieran tomado la molestia de identificarlas”, señalan. Aun así, la concesionaria identifica las seis unidades aludidas y detalla su situación:

  • Alegría (“Grande”): embarcación de base cuya eslora fue certificada en 14,98 m tras revisión técnica realizada por ALDAMAR Inspección SL, organismo notificado europeo.

  • Kestel (Sessa Marine C52): también de base, figura con 14,98 m en el nuevo certificado de conformidad, tras revaluación técnica.

  • MIM Ocean 3 (Bali 5.4): embarcación transeúnte, con certificado de navegabilidad emitido por la Dirección General de la Marina Mercante que establece su eslora en 15,00 m exactos.

  • California 52 (Beneau Waterdream): se trata de otra embarcación transeúnte, cuya eslora real, según el Registro Marítimo Español, es de 14,65 m, y no 15,85 m como dice el informe.

  • CONCHA (Sealine F530): identificada por su matrícula (7º BA-2-1-24), también figura como transeúnte y con eslora real de 14,36 m, según el registro.

  • Princesa del Mar (velero): la embarcación observada por los detectives en un “muelle aislado” no se encuentra siquiera en las instalaciones de Port Nàutic, sino en el varadero del Muelle Pesquero, bajo concesión de Varadero Ibiza.

No se ha producido ningún incumplimiento de las condiciones de la autorización con el atraque de las referidas embarcaciones”, concluye la empresa tras su explicación técnica.

La lista de base, epicentro de la confusión

Uno de los puntos centrales de la denuncia de los amarristas se basaba en que 140 de las 261 embarcaciones observadas en el puerto durante los tres días analizados no aparecían en el listado de puerto base de 2021, y por tanto debían ser consideradas transeúntes, excediendo el 15 % autorizado por el pliego de condiciones.

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Aclaración de APB: sólo podrían ser embarcaciones de base no las que lo fueran en 2021, sino aquellas que tenían su estancia autorizada a 5 de noviembre de 2023.
Aclaración de APB: sólo podrían ser embarcaciones de base no las que lo fueran en 2021, sino aquellas que tenían su estancia autorizada a 5 de noviembre de 2023.

PyLS rebate esa interpretación con el respaldo de la propia Autoridad Portuaria, que aclaró, según el documento, que el listado válido para determinar qué embarcaciones son de base no es el de 2021, sino el que estaba en vigor a 5 de noviembre de 2023.

Además, PyLS indica que en mayo de 2024 recibió oficialmente de la APB una lista actualizada de base procedente del Club Náutico de Ibiza, lo que, a su juicio, invalida por completo la comparación realizada por los detectives.

La comparación con el listado de 2021 carece de valor y desvirtúa el informe presentado. Esta circunstancia exime a esta parte de aplicar mayores recursos personales y económicos para su refutación”, afirma el texto de las alegaciones.

¿Se excede el 15 % de transeúntes?

PyLS defiende que no hay ningún incumplimiento del límite del 15 % de amarres para transeúntes. La empresa argumenta que el pliego otorga preferencia a embarcaciones de base, pero no una obligación absoluta de mantener libre ese 85 % si no hay demanda para cubrirlo.

De hecho, cita expresamente el pliego, que permite destinar hasta un 15 % de los amarres al tráfico de paso, aunque reconoce que podría haber una ocupación superior si no se produce concurrencia entre solicitudes de base y solicitudes de tránsito.

No tendría sentido mantener amarres vacíos, sin devengar tarifa, cuando no hay solicitudes de base y sí de transeúntes”, afirma PyLS, que recuerda que la propia autorización de ocupación temporal incluye una actividad mínima exigible (tres millones de euros anuales) y penalizaciones por inactividad.

Sin fraude, sin barcos irregulares, sin excusa

En su conjunto, las alegaciones presentadas por Carlos Illa, administrador único de Puertos y Litorales Sostenibles, presentan un rechazo categórico y documentado a las denuncias sobre embarcaciones irregulares. La empresa defiende que:

  • Las embarcaciones mencionadas no superan los 15 metros de eslora, según la documentación oficial aportada.

  • La proporción de amarres para transeúntes no excede lo permitido, en tanto que no existe demanda de base suficiente.

  • El listado de base usado por los denunciantes es inválido.

  • La acusación entera parte de una interpretación interesada con fines competitivos.

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