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Archivada la causa contra Carmen Ferrer por el hospital de Jesús

El propietario de la Policlínica interpuso una querella por prevaricación por no caducar la licencia
carmen ferrer marga prohens scaled
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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado el archivo definitivo de la causa penal por prevaricación contra la alcaldesa de Santa Eulària, Carmen Ferrer, por la tramitación de la licencia de obras y actividad del nuevo hospital proyectado en la localidad de Jesús. La Audiencia ha desestimado el recurso de apelación del empresario Francisco Javier Vilás San Julián, dueño de la Policlínica Nuestra Señora del Rosario, y ha confirmado el archivo definitivo del procedimiento penal contra la primera edil, ha informado el Ayuntamiento de Santa Eulària.

El Ayuntamiento explica que los magistrados se han posicionado en la misma tesis que la defensa y el Ministerio Fiscal sobre el auto de la magistrada titular del Juzgado de Instrucción N° 3 de Ibiza que considera que en este caso «no tiene cabida el ilícito de prevaricación administrativa.» En la misma línea, la Fiscalía ha impugnado el recurso de Vilás al entender que la declaración de la alcaldesa, «corroborada por la documentación que obra en los autos» de la instrucción «justificaba el sobreseimiento».

En su resolución, la jueza también señala que la práctica de nuevas diligencias no aportaría nuevos elementos y que «alargar innecesariamente el proceso excedería el derecho a tutela judicial efectiva».

Desde el Consistorio añaden que la magistrada «comprendió», tras la declaración de Carmen Ferrer, el análisis del expediente municipal y de los acuerdos de la CIOTUPHA, que «no existía el delito de prevaricación por no caducar los expedientes de obras y actividad del hospital». Para ello, se basa en dos cuestiones, como son «no poder equipararse a resolución de contenido decisorio al carecer de eficacia ejecutiva» y porque «no resultaba contrario a derecho, al estar amparado por el acuerdo de la CIOTUPHA», detalla el comunicado. Por último, el auto destaca que la caducidad «tampoco podía tener carácter automático» ya que los expedientes se encontraban en curso.

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