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PLAN ESPECIAL DEL PUERTO DE IBIZA

Apeam agita el fantasma de la nulidad: advierte de que faltan documentos económicos

Aporta numerosa jurisprudencia y obligaciones de varias leyes para exigir más estudios económicos sobre el impacto que tendrás varias actuaciones, en especial la reducción de la edificabilidad en Marina Ibiza
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Marina Ibiza, una de las actuaciones que requieren mayor estudios económicos según Apeam.

Un defecto de forma en la tramitación del Plan Especial del Puerto de Ibiza aprobado en 1993 acabó con su anulación por parte de los tribunales en 1999 a raíz de un recurso del Colegio de Arquitectos. Desde entonces, el puerto de Ibiza carece de Plan Especial.

Apeam advierte, en su alegación quinta, de que el actual instrumento en tramitación corre el riesgo de seguir el mismo camino. El motivo es que faltan documentos claves como la Memoria de viabilidad económica y un Informe de Sostenibilidad Económica, a su entender.

«Su omisión comporta la nulidad de pleno derecho del plan, pues es preceptiva la elaboración de una memoria que asegure la viabilidad económica de toda actuación urbanística en suelo urbanizado, sin que pueda suplir dicha exigencia un estudio económico-financiero que no contenga las exigencias que requiere aquella memoria», señala el documento de alegaciones que obra en poder de La Voz de Ibiza.

Recurre la patronal a la Ley de Urbanismo de las Islas Baleares para exigir documentos relativos a la estimación del coste económico de las actuaciones de transformación urbanística previstas en el estudio; la identificación de los sujetos públicos o privados responsables de su ejecución; el análisis de las previsiones de financiación pública de aquellas que correspondan a la administración; y el establecimiento de los plazos en que se prevea su desarrollo.

En cuanto al informe de sostenibilidad económica, señala que debe ponderar el impacto en las haciendas públicas, para lo que «se cuantificarán los costes de mantenimiento para la puesta en marcha y la prestación de los servicios públicos necesarios para atender el crecimiento urbano que prevé el plan general» y «se estimará el importe de los ingresos municipales derivados de los principales tributos locales, en función de la edificación y la población potencial previstas, evaluados en función de los escenarios socioeconómicos previsibles hasta que estén acabadas las edificaciones que la actuación comporte».

Esta exigencia también está contempla en el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

La alegación de Apeam cita varias sentencias que avalan su tesis.

Marina Ibiza

La alegación pone el foco en el impacto en los ingresos municipales que supondrá al reducción de la edificabilidad de Marina Ibiza en 2.211,38 metros cuadrados.

En base a una sentencia del Tribunal Supremo, Apeam sostiene que «mientras el estudio económico-financiero preverá el coste de ejecución de la actuación y las fuentes de financiación de la misma, el análisis de sostenibilidad económica no se ha de limitar a un momento o periodo temporal limitado, sino que ha de justificar la sostenibilidad de la actuación para las arcas públicas desde el momento de su puesta en marcha y en tanto siga generando responsabilidad para la administración competente».

Reclama la patronal un estudio comparando los parámetros urbanísticos existentes y los propuestos, la repercusión de cada actuación urbanística y el análisis de la inversión, entre otros aspectos.

Concluye la alegación sobre este punto que «es del todo unánime la opinión de que la evaluación del impacto sobre la actividad económica en el planeamiento municipal y el urbanismo es un aspecto crucial para la toma de decisiones en materia de desarrollo urbano por cuanto afectan del todo al tejido económico de una comunidad y éste no consta en los estudios que forman parte de la documentación del Plan Especial».

 

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