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CRISIS EN FORMENTERA

El duro informe elevado al Consell Consultiu: “El funcionamiento está gravemente afectado en todos los órdenes imaginables”

El informe del secretario del Consell de Formentera consta de 154 notas al pie que reflejan la crisis institucional en la que se encuentra inmersa la isla: de los “restos” del gobierno, a las dudas sobre la viabilidad y competencias autonómicas sin cumplir
El secretario del Consell de Formentera
El secretario del Consell de Formentera

154 notas al pie y 50 páginas conforman el informe del secretario del Consell Insular de Formentera, Àngel Custodio Navarro, remitido al Consell Consultiu, para que resuelva la crisis institucional de la isla, despeje las dudas sobre las atribuciones del Pleno y la Junta de Gobierno y determine la viabilidad o no de la administración presidida por Llorenç Córdoba.

El informe, al que tuvo acceso La Voz de Ibiza, es lapidario. Allí plantea la “inexistencia de Junta de Gobierno ni miembros de la misma, y por lo tanto, no hay vicepresidencias en el Consell Insular ni, propiamente, consellers, ya que solo queda el presidente, quien ocupa ocho consellerias y un único conseller más, el de Turismo, Nuevas Tecnologías y Vivienda, como consecuencia de la crisis política que sufre la institución”.

Por motivos de seguridad jurídica, aconsejan solicitar un dictamen al Consell Consultiu de las Islas Baleares que “aclare la viabilidad jurídica de mantener esta situación y las posibles soluciones para corregirla, así como las consecuencias que se podrían producir si no se corrige”.

El día que el secretario dio cuenta al Pleno de la solicitud del citado informe lo dejó meridianamente claro: «se trata de rehacer la Ley de Consells por la puerta de atrás».

El funcionamiento está gravemente afectado, en todos los órdenes imaginables”, apunta en una de las notas al pie y que “la organización institucional y burocrática representada por la Junta de Gobierno, órgano ejecutivo insular, ha desaparecido en Formentera”.

Según el informe del secretario, la crisis política desatada en diciembre pasado “repercute en la arquitectura institucional de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, porque el Consell Insular de Formentera, que es una pieza fundamental del archipiélago, no está funcionando de manera regular”. Además, el “sistema institucional autonómico, en lo que respecta a Formentera, está en una crisis institucional (y administrativa) profunda”.

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Las competencias locales “se están ejecutando y ejerciendo a medias”, mientras que las autonómicas “en gran medida, no se están ejerciendo propiamente del todo”.

En líneas generales, afirma que “el Consell Insular de Formentera no está funcionando con normalidad (o, en el fondo, no está funcionando) en el ámbito sobre todo de las competencias autonómicas, y de esto el Gobierno de las Islas Baleares, como garante de la política autonómica y del equilibrio interno interinsular” ha de responsabilizarse.

“Restos de Gobierno”

A pesar que el informe aclara que las políticas propias del Consell Insular “se pueden realizar, en general, a través del Pleno”, la Ley requiere una “serie de actuaciones previas que deben ser realizadas por el equipo de Gobierno, a través de la Junta de Gobierno. Y en Formentera no hay tal Junta. ¿Está mal que el presidente realice parte de estas actividades como acción prenormativa al inicio del mandato? Al comienzo del mandato se aprobó el Plan normativo para el año 2023, y se ha continuado utilizando en 2024, pero no tenemos ninguna actualización: fue aprobado por la Junta de Gobierno”.

En cualquier caso, el informe expone que “todo es muy lento porque no hay consellers que implementen políticas específicas en cada área”. Por eso, conseguir metas concretas es “muy difícil con ‘los restos’ de Gobierno que tenemos”.

“El Consell Insular, como ente territorial (local), funciona parcialmente a través de las competencias que corresponden al presidente (como alcalde, en los ayuntamientos de régimen común o como presidente, en las diputaciones también de régimen común), pero no puede hacerlo con las competencias autonómicas. Las competencias locales se pueden gestionar parcialmente copiando el sistema de los ayuntamientos y de las diputaciones, a través del Pleno de la corporación, pero se desconoce si esto es conforme con el sistema ideado por la Ley 4/2022, que busca evitar explícitamente el régimen de las diputaciones”, plantea.

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Uno de los puntos es la política contratación que, según la apreciación del secretario “no está totalmente bloqueada” ya que para no perder las subvenciones en materia de Fondos Next Generation, que obligan a hacer las correspondientes contrataciones, se ha hecho una extensión, por este Secretario, del reparto de competencias previsto para el régimen local, entre el Pleno y la Presidencia”. En cualquier caso, debería ser temporal, a su entender.

Autonómicos

El informe plantea que “la parte ejecutiva del Consell Insular, en cuanto a las competencias autonómicas, está bloqueada”.

Los intereses autonómicos, conforme al artículo 70 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, “no se están gestionando completamente en ámbitos como una parte del urbanismo y la ordenación territorial; el patrimonio histórico y las actividades” ya que el Consell Insular de Formentera, “como institución autonómica, no tiene órganos ejecutivos propiamente dichos: no existe Junta de Gobierno, lo que repercute especialmente en la gestión de las competencias autonómicas del Consell”.

“Claramente, en Formentera se está incumpliendo el artículo 84.2 del Estatuto de Autonomía respecto a la función ejecutiva de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, que debe realizar el Consell Insular”, establece el informe,

Por su parte, la inspección en el ámbito de las competencias autonómicas a que se refiere el artículo 70 del Estatuto “se está intentando llevar a cabo, pero su resultado es incierto, ya que no existen órganos para sancionar”.

“La eficacia y la eficiencia dentro del Consell Insular de Formentera, especialmente en y con las competencias autonómicas, están seriamente en cuestión”, plantea en uno de las notas al pie el informe.

Por eso, abre una serie de incógnitas: “¿Es posible ejercerlo a través del Pleno? ¿Sería esto una mutación del sistema de la Ley de Consells insulares y más sin el Reglamento Orgánico que, en parte, lo permite, pero no se ha querido aprobar, según lo que pasó el día 11 de julio de 2024? ¿Es posible ejercer el aspecto autonómico de la institución insular sin órganos autonómicos propiamente dichos: esto no hace que sea todo una contradictio in terminis? ¿Es posible intentar hacerlo a través de órganos basados en el Derecho Local, con otras exigencias de tiempo y de organización que hacen poco ágil y nada expedito o eficaz el sistema? ¿Hasta cuándo es posible usar esos órganos locales, en lugar de los autonómicos propiamente dichos? ¿Se está vaciando de competencias la Ley de Consells insulares y, de facto, y no de iure, se está mutando el sistema implementado por ella? Todo son dudas y cuestiones no resolubles”.

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Dudas

El informe del secretario reconoce que “se ha perdido la confianza de la corporación en el presidente” y que “se actúa de facto.

“¿Puede un Consell Insular existir sin órganos autonómicos y que se ponga en peligro, si la situación continúa, el propio ejercicio y la gestión autonómica normal de las competencias? ¿Se puede funcionar así, más de un trimestre/cuatrimestre? ¿Hasta dónde llegan las responsabilidades de este secretario habilitado nacional o del interventor de la Corporación para seguir permitiendo esta gestión, ahora de manera provisional, pero no por más de un trimestre? ¿Se puede pensar que el sistema, por sí mismo, ha colapsado o casi colapsado y todo ya es irremediable?”, pregunta al Consell Consultiu.

“No creemos que sea posible hacerlo más de un trimestre/cuatrimestre. Y menos aún, con un nuevo ejercicio presupuestario, porque se está vaciando de contenido las decisiones de la Ley y estamos funcionando de manera a-legal, por inercia, en algunas cosas y, seguramente, ilegal, en el resto: al margen del Derecho “conocido”, en todo caso”, plantea.

Además, ¿quién debe asumir la responsabilidad del Consell si el presidente no puede hacerlo?

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