INMIGRACIÓN ILEGAL

Condenado el patrón de una patera que quedó a la deriva cerca de Formentera

La Audiencia Provincial de Baleares impone tres años de prisión al piloto de una embarcación que partió de Argelia y fue rescatada por Salvamento Marítimo a 53 millas de Formentera. La sentencia ya es firme.
Patera rescatada por Salvamento Marítimo

Un hombre que abandonó Argelia con la intención de llegar a Europa y escapar de la pobreza ha sido condenado a tres años de prisión por pilotar una patera con 17 migrantes que quedó a la deriva en aguas próximas a Formentera. La Audiencia Provincial de Baleares ha dictado una sentencia firme por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, después de que el acusado reconociera los hechos y aceptara la pena solicitada por la Fiscalía.

Los hechos se remontan al 20 de abril de 2026, cuando el condenado partió de Tipassa, en la costa argelina, al mando de una embarcación rígida blanca de unos seis metros de eslora, equipada con un único motor Yamaha de 90 caballos. A bordo viajaban 17 personas de nacionalidad argelina que pretendían alcanzar territorio español.

La travesía, de aproximadamente 18 horas de duración, se realizó en condiciones que la resolución judicial considera especialmente peligrosas. La patera superaba el número máximo de pasajeros permitido, carecía de equipos de seguridad y salvamento y tampoco disponía de instrumentos de ayuda a la navegación.

Cinco horas a la deriva al sur de Formentera

La situación se agravó cuando la embarcación se quedó sin combustible alrededor de las 20.00 horas del 20 de abril. Desde ese momento, sus ocupantes permanecieron a la deriva durante cinco horas, sin posibilidad de continuar la navegación.

Finalmente, Salvamento Marítimo rescató a los 17 migrantes a la 1.00 de la madrugada del 21 de abril, cuando se encontraban a unas 53 millas al sur de Formentera.

La sentencia señala que las características de la embarcación, su sobreocupación y la ausencia de medios de seguridad suponían un grave riesgo de vuelco y naufragio para las personas que viajaban a bordo.

Durante el trayecto, el acusado había asumido las funciones de dirección, conducción y repostaje de la patera, una participación que resultó determinante para establecer su responsabilidad penal.

Un viaje para escapar de la pobreza

Uno de los aspectos que recoge expresamente la resolución judicial es la situación personal del condenado. Según los hechos probados, el hombre también pretendía llegar al continente europeo para mejorar sus condiciones de vida y escapar de la pobreza de su país de origen.

La sentencia establece, además, que al menos dos de los pasajeros habían pagado previamente 100 millones de céntimos de dinares argelinos, equivalentes a 3.700 euros, para ser trasladados a España.

No obstante, la resolución no determina que el condenado recibiera directamente esas cantidades ni identifica a los responsables de organizar el viaje.

Una condena firme de tres años de prisión

El procedimiento se inició a partir de un atestado de la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación de la Policía Nacional y fue instruido en Ibiza.

El acusado permanecía privado de libertad desde el 22 de abril de 2026, un día después del rescate. Tras la investigación judicial, el caso llegó a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares, que celebró el juicio el pasado 1 de octubre.

Durante la vista, el hombre reconoció los hechos y aceptó un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, que solicitaba una pena de tres años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, previsto en el artículo 318 bis del Código Penal.

El tribunal, presidido por el magistrado Jaime Tartalo Hernández y con Salud de Aguilar Gualda como ponente, consideró ajustada a derecho la calificación penal y comprobó que el acusado había prestado su conformidad de manera libre, consciente e informada.

La sentencia impone tres años de cárcel, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales.

Asimismo, establece que se descontará de la pena el tiempo que el condenado haya permanecido privado de libertad por esta causa.

La resolución fue declarada firme el mismo día del juicio, después de que las partes manifestaran su decisión de no recurrirla.

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