JUSTICIA

La Justicia da la razón a un policía cesado y Sant Antoni deberá pagar 31 meses de sueldo

Un juzgado de Palma anula el cese del agente interino, ordena su reposición y obliga al Ayuntamiento a abonarle los salarios dejados de percibir desde diciembre de 2023.

Un juzgado de Palma ha anulado el cese como policía local interino de un agente del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y ha ordenado su reposición en el puesto con el abono de todos los salarios dejados de percibir desde diciembre de 2023, dos años y siete meses de nómina. La sentencia 148/2026, dictada el 13 de julio y dada a conocer este lunes a las partes por la jueza Irene Truyols Cantallops, del Tribunal de Instancia de Palma, condena además al Consistorio a pagar las costas del procedimiento con un límite de 500 euros.

Un cese fulminante entre Navidad y Nochevieja

El agente había sido nombrado funcionario interino por el Ayuntamiento de Sant Antoni el 17 de marzo de 2020 para cubrir la plaza reservada a un policía local de carrera que se encontraba en comisión de servicios en un municipio de Gran Canaria. El nombramiento se justificó por «razones de necesidad y urgencia» y el recurrente entró al ser el primer candidato disponible de la bolsa de empleo temporal.

Durante los años siguientes, el titular de la plaza fue encadenando situaciones administrativas que mantuvieron al recurrente como interino. Primero se le renovó la comisión de servicios en 2022. Después se le concedió una licencia de estudios al haber sido nombrado funcionario en prácticas en otra Administración. Finalmente, tras obtener plaza fija en ese otro destino, el 28 de diciembre de 2023 pasó a excedencia voluntaria sin reserva de plaza.

Un día antes, el 27 de diciembre de 2023, el Ayuntamiento firmó el Decreto 4361/2023 por el que cesaba al interino con efectos inmediatos. La Junta de Gobierno Local ratificó la decisión el 25 de enero de 2024 al desestimar el recurso de reposición presentado por el agente.

Se enteró en pleno control policial

El propio agente ha explicado a La Voz de Ibiza cómo vivió la comunicación del cese: se encontraba de servicio, en un control en la vía pública, cuando recibió por correo electrónico la resolución. «Me fui a mi casa y volví a las 19.00, no siendo nada. Afecta», relata. Y añade: «He trabajado lo mejor posible, he salvado personas y enfrentado el peligro. Por no caerle bien a alguien he sufrido estas consecuencias». El agente sostiene que tuvo que pedir ayuda para superar el impacto de aquellos meses.

La clave: nadie ocupó la plaza

La jueza da la razón al recurrente aplicando la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en su Sentencia 40/2020, de 20 de enero, y el artículo 16 de la Ley 3/2007 de Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleare. Ambas normas establecen que el cese de un funcionario interino nombrado por sustitución solo puede producirse cuando el titular se reincorpora efectivamente o cuando, tras perder este el derecho a la reserva, otro funcionario de carrera ocupa la plaza mediante convocatoria o mecanismo legal de adjudicación.

En Sant Antoni no se cumplió ninguno de los dos supuestos. «Ni el funcionario sustituido se reincorporó a su puesto ni mucho menos se acredita por la Administración que hubieran desaparecido causas de urgencia y necesidad para cubrir dicha plaza», recoge literalmente la resolución, que subraya que la vacante tampoco fue cubierta por otro agente de carrera a través de la adjudicación correspondiente.

El Ayuntamiento pierde en toda la línea

La defensa del Consistorio alegó en primer lugar la inadmisibilidad del recurso por pérdida sobrevenida del objeto, al entender que el agente ya había desistido de un procedimiento anterior en el que reclamaba indemnización por abuso de temporalidad. La jueza rechaza este argumento y aclara que aquel litigio no fue analizado en el fondo. En cuanto a la cuestión principal, la Administración sostenía que el cese era ajustado a derecho porque había desaparecido la causa que motivó la interinidad. El juzgado tampoco lo comparte.

«El cese fue ilegal»

El agente reclama ahora que el Ayuntamiento acate el fallo. «Quiero que se cumpla y lo acaten, y si quieren recurrir, que lo hagan», señala, antes de recordar que Sant Antoni «tiene una necesidad de policía», con turnos que no llegan a cubrirse y momentos en que ha habido un solo agente de servicio. «No es justo que los habitantes tengan que pagar lo que me deben, dos años y siete meses de sueldo», lamenta. La función del Consistorio, insiste, «es velar por sus ciudadanos».

El Ayuntamiento recurrirá

El Consistorio ha confirmado en diálogo con La Voz de Ibiza que llevará la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. En una respuesta remitida a este medio, el Ayuntamiento informa de que la resolución, notificada el 20 de julio, «está siendo analizada por los abogados que han defendido los intereses municipales» y anuncia que interpondrá el correspondiente recurso de apelación dentro del plazo legal, cuya fecha límite fija en el 8 de septiembre de 2026.

Cobrará todos los sueldos atrasados si el fallo se ratifica

El fallo revoca la resolución impugnada y declara el derecho del agente a ser repuesto como personal interino con todos los efectos jurídicos y económicos correspondientes. La cuantía exacta que deberá abonar el Ayuntamiento se liquidará en fase de ejecución e incluirá la retribución dejada de percibir más los intereses legales devengados desde el cese. La sentencia protege, no obstante, los derechos de terceros de buena fe que hubieran podido ser nombrados funcionarios de carrera en el intervalo, en aplicación de los principios de confianza legítima y seguridad jurídica. La resolución no es firme y la última palabra la tendrá el TSJIB.

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