Noticias publicadas el 29 de mayo de 2026
La comunidad de propietarios alegó que había realizado contrataciones sin autorización al adquirir dos teléfonos móviles, activar un paquete televisivo de 90 canales y dar de alta un servicio de Legálitas. Sin embargo, el TSJIB concluye que actuó dentro de las funciones que venía desempeñando y confirma la improcedencia del despido.