La última DANA que ha azotado a la península y Baleares, con especial impacto en Ibiza, ha puesto en alerta al sector asegurador. Los daños provocados por lluvias torrenciales, inundaciones y vientos fuertes han afectado a viviendas, vehículos y comercios. En estos casos, gran parte de las indemnizaciones no las cubren directamente las aseguradoras privadas, sino que corren a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), un organismo semipúblico creado precisamente para responder ante catástrofes de este tipo.
Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros
El CCS protege a las personas y bienes asegurados frente a riesgos extraordinarios, como inundaciones extremas, temporales o riadas. En Ibiza, esto significa que tanto un coche arrastrado por el agua como una casa inundada o un comercio dañado por la tormenta pueden quedar cubiertos, siempre que exista una póliza en vigor.
No es necesario tener un seguro “a todo riesgo” o con cláusulas específicas. Un seguro básico de hogar o incluso un seguro a terceros en un coche son suficientes, ya que todas las pólizas incluyen un recargo que financia al CCS. Incluso si una persona fallecida tenía un seguro de vida y la causa de la muerte se puede atribuir a las inundaciones, será el Consorcio quien asuma la indemnización.
A diferencia de lo que ocurre en otros países, no es necesario que el Gobierno declare oficialmente una “zona catastrófica” para que entre en juego la cobertura del CCS. Basta con que se haya producido un evento extraordinario y que el afectado disponga de un seguro en vigor, aunque sea básico, de hogar o de automóvil. Incluso aunque solo haya una persona afectada, esta tiene derecho a la indemnización.
Qué fenómenos cubre el Consorcio
El Consorcio asume automáticamente las indemnizaciones en caso de que se produzcan alguno de los siguientes eventos extraordinarios:
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Fenómenos de la naturaleza: inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas atípicas y caída de cuerpos siderales o aerolitos.
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Terrorismo.
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Actuaciones de las Fuerzas Armadas o de los Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.
Inundaciones extraordinarias, el riesgo más frecuente en España
El siniestro que más indemnizaciones genera en España es la inundación extraordinaria. A efectos de cobertura, se entiende por tal el anegamiento del terreno producido por:
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Lluvias o deshielo.
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Aguas procedentes de lagos con salida natural, ríos o cursos naturales de agua en superficie que se desborden de su cauce.
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Embate de mar en la costa, aunque no haya inundación terrestre.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que no se cubren los daños provocados por lluvia caída directamente sobre el edificio asegurado ni los problemas derivados de desagües, tejados, alcantarillas o presas, salvo que la rotura de estas infraestructuras se deba a un evento extraordinario cubierto por el Consorcio.
Vientos extremos y tempestades ciclónicas atípicas
Dentro de los fenómenos de la naturaleza también se incluyen las tempestades ciclónicas atípicas, un concepto en el que se engloban tornados y vientos extraordinarios. Para que el Consorcio reconozca esta cobertura, las rachas de viento deben superar los 120 kilómetros por hora, tal y como establece el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios.
Una cobertura automática para el asegurado
La protección del Consorcio es automática y se activa siempre que el afectado tenga un seguro vigente y al corriente de pago. No es necesario contratar un suplemento adicional ni contar con coberturas especiales en la póliza. El recargo que cada aseguradora cobra en los seguros de hogar, coche o vida es el que financia este mecanismo de protección.
De esta forma, el CCS garantiza que, ante un evento extraordinario, los daños materiales o personales queden cubiertos sin depender de la voluntad política de declarar una zona catastrófica ni de que haya un gran número de afectados.
Cómo reclamar los daños tras la tormenta en Ibiza
El procedimiento para reclamar es sencillo. La comunicación puede hacerse de dos formas:
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A través de la web del CCS.
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Por teléfono en el número 900 222 665.
Una vez registrado el parte de siniestro, el Consorcio asigna un perito que se desplaza a la vivienda, comercio o vehículo afectado para evaluar los daños. Estos profesionales no pertenecen a la plantilla del CCS, sino que son peritos externos contratados para estas funciones.
En situaciones como la DANA, el proceso puede alargarse varios días debido al elevado número de afectados. No obstante, el CCS garantiza la cobertura de los daños siempre que se cumplan las condiciones básicas de aseguramiento.
Qué plazo tengo para reclamar
La ley establece que el asegurado debe notificar el siniestro en un plazo de 7 días. Sin embargo, en episodios tan graves como la DANA, este plazo se interpreta de forma flexible. El Consorcio acepta notificaciones fuera de tiempo si se justifica que había problemas de electricidad, comunicaciones o acceso a Internet tras la tormenta.
Qué documentación debo presentar
Para facilitar la tasación de daños y agilizar la indemnización, los expertos recomiendan:
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No tirar ningún mueble, electrodoméstico o enser dañado antes de la visita del perito.
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Fotografiar y grabar vídeos de todos los desperfectos.
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Guardar las facturas de reparaciones de urgencia realizadas tras la tormenta.
El perito evaluará in situ los daños y elaborará un informe que servirá de base para calcular la indemnización.
Qué papel juegan las aseguradoras privadas
Aunque el pago lo asuma el CCS, las aseguradoras privadas tienen un papel importante. Ellas son las encargadas de canalizar las consultas de sus clientes, habilitar teléfonos de asistencia y acompañar al asegurado durante el proceso.
Por ejemplo, tras la última DANA, compañías como Mutua Madrileña, Mapfre o Generali activaron teléfonos especiales para sus clientes de hogar y automóviles, facilitando así la gestión con el Consorcio. Los corredores de seguros también pueden asesorar a los afectados y ayudarles a preparar la documentación necesaria.
De qué depende la indemnización del Consorcio
La indemnización se determina en función de las condiciones de la póliza de seguro (bien o persona asegurada, capital asegurado y cláusulas de la póliza), de la valoración por el perito del Consorcio de los daños sufridos y de la franquicia que la legislación establece para que se aplique por el Consorcio.
Esta franquicia se ha suprimido en el caso de daños a automóviles, viviendas y comunidades de propietarios de viviendas, y resulta aplicable en el caso de comercios, oficinas e industrias.
Qué ocurre si no tengo seguro
Uno de los principales problemas en España es el alto grado de infraseguramiento. Algunos estudios señalan que hasta un 50% de los afectados por catástrofes naturales no cuenta con una póliza vigente. En esos casos, el CCS no puede actuar y son los propios particulares o empresas quienes deben afrontar los costes de los daños, salvo que las administraciones públicas activen ayudas específicas.
Esto pone de relieve la importancia de contar con, al menos, un seguro básico de hogar o de coche. El coste de la prima suele ser mucho menor que el desembolso que implicaría reparar una casa inundada o un vehículo dañado por una riada.
Consejos para los afectados por lluvias extremas
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Revisar que la póliza de hogar o coche está en vigor y al corriente de pago.
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Contactar lo antes posible con la aseguradora o directamente con el Consorcio.
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Documentar los daños de forma exhaustiva.
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No emprender reparaciones definitivas hasta la visita del perito.
Un mecanismo único en Europa
El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo casi único en Europa. Permite que todos los asegurados en España tengan un respaldo en caso de catástrofe natural, aunque su póliza privada no lo contemple expresamente. En episodios como las lluvias extremas de Ibiza, su papel resulta esencial para garantizar una compensación rápida y justa a los damnificados.