La Seguridad Social ha comenzado a aplicar cambios que podrían tener un impacto directo en miles de pensionistas con hijos. La modificación afecta especialmente a hombres jubilados que durante años no pudieron acceder a determinados complementos vinculados a la pensión y que ahora podrían tener derecho a reclamarlos.
El origen de esta situación se encuentra en una serie de resoluciones judiciales que cuestionaron el tratamiento diferenciado que existía entre hombres y mujeres a la hora de acceder a determinados beneficios asociados a la maternidad y al cuidado de los hijos.
La cuestión vuelve a situarse en el centro del debate después de que la Seguridad Social haya adaptado sus criterios internos para aplicar las últimas decisiones judiciales europeas. Como consecuencia, algunos pensionistas podrían ver incrementada su prestación mensual e incluso reclamar cantidades correspondientes a años anteriores.
El origen del complemento que generó la polémica
El llamado complemento de maternidad fue creado inicialmente para incrementar las pensiones de las mujeres que habían tenido dos o más hijos. La medida respondía a la consideración de que, en términos generales, eran ellas quienes interrumpían con mayor frecuencia sus carreras profesionales para asumir tareas de cuidado familiar, lo que posteriormente podía traducirse en pensiones más bajas.
Sin embargo, en diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que ese sistema resultaba discriminatorio al excluir a los hombres del acceso al complemento. A raíz de aquel fallo, se modificó el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), abriendo la puerta a que también los hombres pudieran beneficiarse de este tipo de ayudas. La resolución supuso un punto de inflexión en un debate que continuó desarrollándose en los años posteriores y que sigue teniendo efectos prácticos en la actualidad.
El cambio introducido en 2021
Tras la decisión del TJUE, el sistema fue reformulado. En febrero de 2021 comenzó a aplicarse el denominado complemento para la reducción de la brecha de género, que sustituyó al anterior complemento de maternidad vigente desde enero de 2016.
A diferencia del modelo anterior, el nuevo sistema fue diseñado para incluir desde el principio tanto a hombres como a mujeres. El objetivo declarado era compensar el posible perjuicio que el cuidado de los hijos pudiera tener en la trayectoria laboral y, posteriormente, en la cuantía de las pensiones contributivas.
Sin embargo, el acceso al complemento no se produjo inicialmente en igualdad de condiciones. Mientras las mujeres podían obtenerlo de manera prácticamente automática, los hombres debían acreditar circunstancias adicionales relacionadas con su historial profesional.
La nueva intervención de la justicia europea
El debate jurídico volvió a intensificarse tras una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitida el 15 de mayo de 2025. Según esa resolución, España no podía imponer requisitos adicionales a los hombres respecto a los exigidos a las mujeres para acceder al complemento.

Como consecuencia de ese pronunciamiento, la Seguridad Social elaboró nuevos criterios internos de gestión en los cuales se reconoce expresamente que el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social debe aplicarse a los hombres «en los mismos términos previstos para las mujeres». La modificación supone un cambio relevante para numerosos pensionistas que habían visto rechazada su solicitud o que ni siquiera habían iniciado los trámites al considerar que no cumplían las condiciones exigidas hasta ese momento.
Qué pensionistas podrían verse beneficiados
El nuevo escenario afecta a diferentes colectivos. Por un lado, se encuentran los hombres con uno o más hijos que perciben una pensión contributiva y que no obtuvieron el complemento por brecha de género.
Por otro, existe un grupo especialmente relevante formado por quienes se jubilaron entre enero de 2016 y febrero de 2021. Durante ese periodo estuvo vigente el antiguo complemento de maternidad, inicialmente reservado únicamente a mujeres con dos o más hijos. Precisamente ese colectivo es uno de los principales protagonistas de las reclamaciones actuales.
Según detalla la Seguridad Social, quienes deseen solicitar ese reconocimiento deben haber tenido al menos dos hijos. La ayuda también puede ser solicitada por beneficiarios de pensiones contributivas de viudedad o incapacidad permanente que cumplan los requisitos establecidos.
Cómo se calcula el importe del complemento
La cuantía del antiguo complemento de maternidad se determinaba en función del número de hijos.
Los porcentajes establecidos eran los siguientes:
- 5% adicional sobre la pensión para quienes tenían dos hijos.
- 10% adicional para quienes tenían tres hijos.
- 15% adicional para quienes tenían cuatro o más hijos.
Estas cifras pueden traducirse en incrementos significativos sobre la prestación mensual. Según estimaciones recogidas por Cabrera Abogados, el aumento puede situarse entre 50 y 300 euros mensuales, dependiendo de cada situación particular y del importe de la pensión reconocida. Además del incremento mensual, también existe la posibilidad de reclamar atrasos acumulados desde la fecha de jubilación.
La importancia de los efectos retroactivos
Uno de los aspectos que más interés está generando entre los pensionistas es precisamente el relacionado con la retroactividad. La posibilidad de recuperar cantidades correspondientes a años anteriores convierte este complemento en una cuestión especialmente relevante desde el punto de vista económico.
Según se indica, si la solicitud es estimada, el reconocimiento puede aplicarse con efectos retroactivos. En algunos casos, la suma de los atrasos acumulados desde la fecha de jubilación podría superar los 12.000 euros.
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Este aspecto cobra especial importancia porque el Tribunal Supremo confirmó en su momento que el derecho a reclamar el complemento no prescribe. Esa circunstancia permite que determinados pensionistas puedan iniciar ahora procedimientos relacionados con situaciones que se remontan a varios años atrás.
La Seguridad Social recuerda que existen diferencias importantes entre el antiguo complemento de maternidad y el actual complemento para la reducción de la brecha de género. No solo cambian los requisitos de acceso, sino también las cuantías y la forma en que se reconocen los derechos. Por ello, cada expediente debe analizarse de forma individual. La administración insiste en que no todas las situaciones son idénticas y que el reconocimiento dependerá de las circunstancias concretas de cada pensionista.
Un debate que sigue creciendo
La cuestión se produce además en un contexto marcado por el debate sobre la natalidad y el impacto que el cuidado de los hijos tiene sobre las carreras laborales. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), durante 2024 se registraron 318.005 nacimientos en España, una cifra que supuso un descenso del 0,8% respecto al año anterior.
Diversos estudios han señalado durante años cómo las responsabilidades familiares pueden influir en la evolución profesional y, posteriormente, en las futuras pensiones. Precisamente para compensar esa situación nació este complemento, aunque su aplicación terminó generando un intenso conflicto judicial por las diferencias existentes entre hombres y mujeres.
Ahora, con los nuevos criterios impulsados tras las resoluciones europeas, miles de pensionistas podrían revisar su situación y analizar si tienen derecho a solicitar un complemento que durante años permaneció fuera de su alcance. Mientras tanto, la Seguridad Social continúa adaptando sus procedimientos y todo apunta a que el volumen de solicitudes podría aumentar en los próximos meses, especialmente entre quienes se jubilaron antes de la reforma de 2021 y nunca llegaron a reclamar este beneficio.













