La ex vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, Mónica Oltra, se sentará en el banquillo para ser juzgada por la gestión de los abusos sexuales a una menor tutelada presuntamente cometidos por un educador que era su exmarido. Así lo ha acordado la Audiencia de Valencia, que ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia la apertura de juicio oral contra Oltra y otros nueve acusados por los presuntos delitos de encubrimiento, abandono de menores, omisión del deber de perseguir delitos, prevaricación y malversación.
La decisión supone un giro relevante en una causa que había sido archivada provisionalmente y que ahora vuelve a activarse en la fase de juicio oral, cuatro años después de su inicio.
El archivo provisional y el criterio de la Fiscalía
El juez instructor había ordenado el pasado 27 de junio de 2025 el archivo provisional de la causa al no hallar, no solo “hechos constitutivos de infracción penal”, sino que consideraba que no existía “absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes”.
Esta postura fue respaldada por la Fiscalía, que no presentó escrito de acusación y, según recoge el auto de la Audiencia al que ha tenido acceso El Mundo, “no se limitó a solicitar el sobreseimiento de la causa sino que ha estimado que los hechos no son constitutivos de infracción penal alguna”.
Sin embargo, la defensa de la víctima y las acusaciones populares, ejercidas por Vox y la asociación Gobierna-Te, recurrieron ante la Audiencia al considerar que existían elementos suficientes para continuar el procedimiento.
La Audiencia revoca el archivo y ordena juicio oral
La Sección Cuarta de la Audiencia de Valencia, presidida por el magistrado Pedro Castellano, estima esos recursos y ordena la apertura de juicio oral al entender que los hechos descritos no son compatibles con el archivo acordado por el instructor.
El tribunal recoge que los hechos señalados a lo largo del proceso “son incompatibles con el sobreseimiento provisional, y, además, incongruentes con la denegación de apertura del juicio”.
Añade, además, que las acusaciones no describen actos que constituyan “una criminalización aberrante de hechos inocuos”, sino que están “indiciariamente acreditados por las diligencias practicadas en la Instrucción, y son razonablemente susceptibles de ser subsumidos por los delitos por los que se acusa”.
Con esta resolución, Mónica Oltra y el resto de procesados deberán afrontar el juicio por su actuación en la gestión administrativa del caso.
Cuatro años de procedimiento judicial
La decisión judicial llega cuatro años después del inicio de la causa. En ese tiempo ya se habían celebrado dos juicios contra el ex marido de Oltra, que acabaron con una condena a cinco años de prisión que actualmente está cumpliendo.
El procedimiento judicial se originó a raíz de los abusos sexuales sufridos por una menor tutelada en un centro dependiente de la administración autonómica. El educador implicado era, en aquel momento, el marido de la entonces vicepresidenta.
La dimisión de Mónica Oltra y su futuro político
La líder de Compromís presentó su dimisión en junio de 2022, en pleno avance de la investigación judicial. Desde entonces, ha permanecido alejada de la primera línea política.
En las últimas semanas, y mientras estaba por aclararse su futuro judicial, su nombre había vuelto a sonar con fuerza ligado a un posible regreso, en este caso, en una candidatura al Ayuntamiento de Valencia. La decisión de la Audiencia introduce ahora un nuevo escenario, a la espera de que se fije la fecha para la celebración del juicio.
Los hechos investigados
Los hechos que acabaron apartando a Mónica Oltra de la política, aunque estallaron públicamente a principios de 2022, se remontan a los años 2016 y 2017. La menor tutelada sufrió abusos por parte de un educador del centro que, en ese momento, era el marido de la vicepresidenta.
Ni la dirección del centro ni los especialistas de la Conselleria dieron credibilidad inicial a la denuncia de la menor, ni la trasladaron a la Fiscalía de Menores hasta meses después, cuando la denuncia llegó al Ministerio Público.
Fue entonces, el 4 de agosto de 2017, cuando Oltra tiene conocimiento del hecho y ordena colaboración con la justicia y que se adopten toda una serie de medidas administrativas que desembocan en un expediente. La Audiencia ya calificó ese procedimiento como una “instrucción parajudicial” que acabó desacreditando la versión de la víctima.
Del sobreseimiento al banquillo
La reapertura del caso y la orden de apertura de juicio oral suponen un cambio sustancial respecto al archivo provisional acordado en 2025. La Audiencia considera que existen elementos suficientes para que los hechos sean examinados en sede judicial mediante un juicio con todas las garantías.
El procedimiento continuará ahora con la fijación de fecha para la vista oral, en la que se analizará si la actuación de los responsables políticos y técnicos encaja en los delitos de los que se les acusa.
Con esta resolución, el caso vuelve a situar a Mónica Oltra en el centro del debate político y judicial, a la espera de que el tribunal competente determine si existió o no responsabilidad penal en la gestión de uno de los episodios más controvertidos de la política valenciana reciente.











