La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de las Illes Balears sentará en el banquillo el próximo martes a un hombre de 32 años, de nacionalidad ecuatoriana, acusado de un delito continuado de agresión sexual contra una menor de 16 años. Los hechos, que se remontan a abril de 2023 en la isla de Ibiza, han llevado al Ministerio Público a solicitar una pena de 10 años y seis meses de prisión.
Relato de los hechos
Según el escrito de acusación, los abusos se produjeron entre el 17 y el 21 de abril de 2023 en la vivienda de un conocido del procesado. El acusado, que en aquel momento acababa de cumplir 30 años, presuntamente aprovechó estos encuentros para mantener relaciones sexuales con penetración con la víctima «con el fin de satisfacer su apetencia sexual».
La Fiscalía hace especial hincapié en que el hombre era plenamente consciente de la edad de la adolescente, quien en el momento de los hechos no había cumplido aún los 16 años, existiendo una diferencia de edad de casi el doble entre ambos.
Medidas de alejamiento y expulsión
Además de la pena privativa de libertad, el Ministerio Fiscal solicita medidas contundentes para garantizar la protección de la víctima y la prevención de futuros delitos:
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Libertad vigilada: Una vez cumplida la condena, se solicitan ocho años de libertad vigilada.
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Orden de alejamiento: Prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la menor, su domicilio, lugar de estudios o trabajo, así como la prohibición de comunicación por un periodo de seis años.
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Inhabilitación especial: Se pide la incapacidad para ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto directo con menores durante un periodo de cuatro años superior a la pena de prisión.
Dada la condición de extranjero del encausado, la Fiscalía interesa la ejecución de una parte de la pena y la posterior sustitución del resto por la expulsión de España, con la prohibición de regresar al país durante un periodo de siete años.
Responsabilidad civil
En el ámbito económico, la acusación reclama una indemnización de 8.000 euros para la víctima en concepto de daños morales, a lo que se sumarían los intereses legales correspondientes. Aunque el acusado cuenta con antecedentes penales previos, estos no están relacionados con delitos de la misma naturaleza, por lo que no se contempla legalmente el agravante de reincidencia.
La vista oral está programada para las 10:00 horas del próximo 4 de marzo en la sede de la Audiencia Provincial en Palma, donde se determinará la responsabilidad penal del procesado por estos graves hechos ocurridos hace tres años.












