VUELOS

Atención viajeros: esta decisión del Tribunal te deja exigir compensaciones por tu vuelo con solo la tarjeta de embarque

El Tribunal de Justicia de la UE confirma que una tarjeta de embarque es prueba suficiente para reclamar compensaciones por retrasos o cancelaciones de vuelos, sin necesidad de más documentación

Tarjeta de embarque
Tarjeta de embarque.

Viajar en avión puede convertirse en una odisea cuando los retrasos y cancelaciones trastocan los planes de los pasajeros. Pero ahora, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) da un giro importante en la defensa de los derechos de los viajeros.

A partir de ahora, una tarjeta de embarque será prueba suficiente para reclamar compensaciones por problemas con el vuelo, sin necesidad de aportar documentos adicionales que demuestren la reserva.

Una decisión histórica a favor de los pasajeros

El fallo del Tribunal de la UE responde a un caso planteado por un tribunal polaco, en el que dos pasajeros vieron cómo sus vacaciones se convertían en una pesadilla cuando su vuelo entre Tenerife y Varsovia sufrió un retraso de más de 22 horas. Al presentar su reclamación, la aerolínea se negó a indemnizarlos, argumentando que no tenían una reserva confirmada y pagada, ya que habían adquirido sus billetes a través de una empresa intermediaria en condiciones especiales.

Sin embargo, el Tribunal de la UE, con sede en Luxemburgo, ha dictaminado que la tarjeta de embarque es prueba suficiente para demostrar que los pasajeros tenían una reserva válida y confirmada. De este modo, las aerolíneas no podrán negarse a compensar a los afectados alegando que desconocen el origen de su reserva.

Más facilidades para reclamar compensaciones

Hasta ahora, las compañías aéreas exigían a los pasajeros afectados que presentaran diversos documentos adicionales, como facturas o confirmaciones de pago, para acreditar su derecho a compensación. Con esta nueva sentencia, el simple hecho de haber pasado el control de seguridad y haber recibido una tarjeta de embarque confirma que la aerolínea había registrado la reserva, lo que allana el camino para las reclamaciones.

Contenido relacionado  El Aeropuerto de Ibiza cierra con casi 1.200 vuelos el mes de agosto

Además, el Tribunal también ha señalado que el hecho de que el billete haya sido pagado por un tercero, como una agencia de viajes u operador turístico, no impide que el pasajero tenga derecho a recibir una compensación.

Un cambio importante en la defensa de los consumidores

Esta sentencia supone un importante avance en la protección de los derechos de los pasajeros, quienes ahora podrán reclamar con mayor facilidad sin verse obligados a enfrentarse a la burocracia de las aerolíneas.

Las compensaciones por retrasos y cancelaciones de vuelos están reguladas por el Reglamento Europeo 261/2004, que establece indemnizaciones de hasta 600 euros dependiendo de la distancia del vuelo y la magnitud del retraso. Sin embargo, muchas aerolíneas han utilizado tecnicismos administrativos para rechazar reclamaciones, algo que este fallo judicial busca evitar.

A partir de ahora, con solo presentar una tarjeta de embarque, los pasajeros podrán hacer valer su derecho a compensación, eliminando obstáculos innecesarios y ofreciendo una mayor seguridad a los viajeros.

Sigue leyendo

Scroll al inicio
logo bandas