CRISIS DE LA VIVIENDA

Autocaravanas en Ibiza: restricciones, sanciones y excepciones de la ley de limitación de vehículos

La norma insular fija cupos de acceso, prevé multas de hasta 30.000 euros y establece excepciones para residentes y determinados trabajadores temporales.

Autocaravanas en un solar. (Captura video EFE)

La petición para crear una red de áreas controladas para caravanas en Ibiza reabre un debate que ha cobrado fuerza en los últimos meses en la isla a raíz de la ley de limitación de vehículos. Desde el verano pasado, esta norma plantea restricciones sobre los lugares en los que pueden aparcar estos vehículos utilizados como vivienda. Y contempla fuertes multas en caso de incumplimiento.

Qué dice la ley

La Ley 5/2024 permite al Consell fijar una cuota específica para vehículos que no sean residentes en la isla, y esto incluye caravanas, autocaravanas y vehículos vivienda. Este año, las limitaciones se aplicarán entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2026, dentro de un sistema con un máximo de 17.668 vehículos diarios, de los que 14.000 corresponden a coches de alquiler sin conductor y 3.548 al resto de los que acceden por vía marítima. En este último grupo se incluyen las caravanas y autocaravanas.

Pero, además, la normativa impide a este tipo de vehículos pernoctar en suelo rústico y les exige contar con reserva en uno de los campings habilitados de la isla. Una medida que han denunciado en numerosas ocasiones desde el colectivo de autocaravanistas. Por un lado, por el coste que implica el camping (1.800 euros mensuales). Por otro, porque en la isla se estima que solo hay cerca de 200 plazas para estos vehículos.

Excepciones

Están exceptuados de la ley de limitación de vehículos aquellos con residencia fiscal en la isla de Ibiza. «Una persona residente en Ibiza que tenga su caravana aparcada en su finca en terreno rústico, obviamente no se ve afectada por esta normativa», explicó Mariano Juan, vicepresidente primero y conseller ejecutivo del Departamento de Territorio, Ordenación Turística, Movilidad, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo, el año pasado, en la antesala de la primera temporada con la ley de limitación de vehículos.

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Desde el colectivo de autocaravanistas han cuestionado que la redacción de la ley es ambigua y que esto llevó a muchos residentes a interpretar que estaban afectados por la prohibición.

Otra de las excepciones que ha anunciado el Consell es para trabajadores temporales. En la práctica, la institución insular exige una cantidad mínima de 18 días de estadía en la isla para permitir esa excepción. Los autocaravanistas calculan que cada verano llegan a Ibiza cientos de trabajadores que optan por pernoctar en sus vehículos.

Sanciones

Las multas por incumplir la ley de limitación de vehículos pueden alcanzar los 30.000 euros. El Consell ha informado de que tramita 30 multas por infracciones de la temporada pasada.

Una de las más sonadas ha sido la de un trabajador de Sant Josep, que permaneció más de tres días estacionado en suelo rústico.

Conviene recordar que la prohibición de estacionar en suelo rústico viene dada por la ley insular, pero que, además, las ordenanzas municipales pueden imponer restricciones adicionales en suelo urbano.

Por otra parte, desde la Plataforma de Autocaravanas Autónoma (PACA) sostienen que la Dirección General de Tráfico distingue claramente entre estacionar y acampar, y permite pernoctar dentro de un vehículo siempre que esté correctamente estacionado y no despliegue elementos externos, por lo que sancionar esa situación supondría, a su juicio, una interpretación excesiva.

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