La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una resolución para dejar sin efecto las sanciones impuestas a un conductor en la autovía A-7, específicamente en el trayecto comprendido entre San Roque y Algeciras (Cádiz). El motivo de esta rectificación oficial es un evidente error de configuración en el radar de tramo instalado en dicha zona, que procesaba multas basadas en un límite de velocidad inexistente para los usuarios.
El caso salió a la luz tras el reclamo de un afectado que recibió dos notificaciones de infracción por superar los 80 km/h. Sin embargo, el conductor demostró que en ese recorrido la señalización vertical indica claramente un máximo de 100 km/h.
Ante esta contradicción, la DGT ha reconocido que no procede imponer sanción alguna, anulando multas que oscilaban entre los 100 y los 300 euros.
Sanciones declaradas «ilegales» por los afectados
La defensa del conductor calificó estas multas de «ilegales» y ha subrayado que el ciudadano no puede ser castigado cuando cumple estrictamente con lo que dictan las señales de tráfico en la carretera. Tras el análisis del expediente, Tráfico ha aplicado el artículo 109.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común para revocar de oficio las multas fechadas a principios de marzo de 2026.
Este error técnico abre un interrogante en otros conductores que han circulado por el mismo punto de la provincia de Cádiz y fueron sido notificados por infracciones similares: las autoridades advierten que muchas personas podrían haber pagado ya estas denuncias por desconocimiento, a pesar de que el radar estaba calibrado de forma errónea.
El funcionamiento del radar de tramo bajo sospecha
Los radares de tramo, a diferencia de los fijos, calculan la velocidad media de un vehículo entre dos puntos mediante cámaras de lectura de matrículas. En este caso concreto, el sistema informático estaba programado para saltar al superar los 80 km/h, ignorando que la normativa de la vía en ese punto específico permitía un margen superior.
Actualmente, existen siete radares de tramo operativos en carreteras gaditanas como la A-7, la N-340 o la A-48. Esta resolución de la DGT no solo anula el castigo económico para el reclamante, sino que pone en duda la validez de otras sanciones emitidas bajo el mismo parámetro incorrecto en la A-7, permite a otros afectados iniciar procesos de reclamación para recuperar su dinero y, en caso necesario, sus puntos del carné.










