SEGURIDAD VIAL

La DGT endurece los controles a partir de esta edad: los cambios que afectan a miles de conductores en 2026

La renovación del carnet será más frecuente desde los 65 años y algunos conductores podrán tener limitaciones específicas

Permiso de conducir
Permiso de conducir

El permiso de conducir continúa siendo uno de los documentos más importantes para millones de ciudadanos en España. Más allá de la movilidad cotidiana, supone una herramienta fundamental para numerosos profesionales cuya actividad depende directamente de ponerse al volante. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene desde hace años una vigilancia especial sobre los conductores de mayor edad y, en 2026, varias medidas seguirán afectando a quienes superen los 65 años.

Aunque en España no existe una edad máxima para conducir, la normativa contempla controles más frecuentes y posibles restricciones individuales destinadas a garantizar que los conductores mantienen las capacidades necesarias para circular con seguridad. Las medidas afectan especialmente a los ciudadanos nacidos entre 1956 y 1961, ya sea por la frecuencia de renovación del permiso o por las condiciones que pueden imponerse tras los reconocimientos médicos obligatorios.

La DGT pone el foco en los conductores mayores

Los conductores de más de 65 años llevan tiempo siendo objeto de atención por parte de la DGT. Sin embargo, los datos reflejan una realidad concreta: se trata de un colectivo que registra un nivel relativamente bajo de siniestralidad.

Las estadísticas muestran que los conductores de mayor edad suelen mantener una conducción prudente. No obstante, también constituyen un grupo especialmente vulnerable cuando se produce un accidente, debido a la presencia frecuente de patologías crónicas o problemas de salud asociados al envejecimiento. Precisamente por ello, las autoridades han optado por incrementar los controles médicos y establecer medidas específicas destinadas a comprobar que continúan reuniendo las aptitudes físicas, cognitivas y sensoriales necesarias para conducir.

La renovación del carnet será más frecuente

Uno de los cambios más relevantes afecta a la vigencia de los permisos de conducción. Mientras que los conductores menores de 65 años pueden renovar el carnet cada diez años, quienes superan esa edad deben hacerlo cada cinco años en el caso de los permisos AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción.

En el caso de los permisos profesionales de camiones y autobuses, como los C, C1, D, D1, EC, EC1, ED y ED1, la vigencia máxima se reduce a tres años. La medida busca aumentar la frecuencia de los reconocimientos médicos para verificar que los conductores siguen siendo aptos para conducir.

Los nacidos en 1961 afrontan un cambio importante

Entre los colectivos afectados en 2026 figuran especialmente los conductores nacidos en 1961. Aquellos que cumplan 65 años durante el presente año pasarán automáticamente a estar sujetos al régimen de renovación quinquenal establecido por la normativa vigente. Esto significa que deberán renovar su permiso cada cinco años en lugar de cada diez.

Aun así, la DGT insiste en que la edad por sí sola no determina la capacidad para conducir. Lo que realmente se evalúa es el estado de salud general del conductor y su aptitud para desenvolverse con seguridad al volante.

Los conductores nacidos en 1956 tendrán una ventaja

También existen novedades para quienes ya han cumplido los 70 años. Los conductores nacidos en 1956 que deban renovar su permiso durante 2026 estarán exentos del pago de las tasas de renovación de la DGT.

Sin embargo, sí deberán asumir el coste correspondiente al reconocimiento médico obligatorio. Este examen debe realizarse en un centro autorizado, que posteriormente comunica el resultado directamente a la Dirección General de Tráfico. Además, quienes pertenezcan a esta franja de edad podrán realizar el trámite de renovación sin necesidad de solicitar cita previa.

Restricciones que pueden aparecer en el permiso

Más allá de la frecuencia de renovación, algunos conductores mayores pueden recibir limitaciones específicas tras superar los reconocimientos médicos.

Estas restricciones quedan reflejadas directamente en el permiso de conducción mediante códigos específicos, similares a los utilizados para indicar la obligación de conducir con gafas o lentillas.

Restricciones en el permiso de conducir
Restricciones en el permiso de conducir

Las limitaciones no se aplican de forma automática por la edad, sino en función de las circunstancias particulares detectadas durante la evaluación médica.

La prohibición de conducir de noche

Según explica la empresa especializada en formación vial Formaster, la restricción más frecuente está relacionada con problemas de visión. De hecho, las limitaciones visuales representan alrededor del 80% de las restricciones impuestas.

Una de las medidas más habituales consiste en limitar la conducción exclusivamente a las horas diurnas. El objetivo es reducir los riesgos asociados a la pérdida de agudeza visual y evitar situaciones de peligro derivadas de los deslumbramientos provocados por otros vehículos durante la noche.

Limitaciones de distancia y velocidad

Otra de las restricciones que puede aparecer en determinados permisos afecta a la distancia máxima que puede recorrerse. En algunos casos se establece la prohibición de alejarse más de 50 kilómetros del domicilio habitual. La finalidad de esta medida es permitir que la persona continúe realizando desplazamientos cotidianos, como acudir a centros sanitarios o visitar a familiares, reduciendo al mismo tiempo los riesgos asociados a trayectos largos.

También existen limitaciones relacionadas con la velocidad máxima permitida. Algunos conductores pueden recibir restricciones que les impiden superar los 80 o los 90 kilómetros por hora, una cifra inferior a los límites generales establecidos en muchas carreteras españolas. Estas condiciones se incorporan de forma individualizada en función de los resultados obtenidos en los exámenes médicos.

No existe una edad para dejar de conducir

A pesar de las medidas adoptadas por la DGT, la normativa española sigue sin establecer una edad límite para conducir. La continuidad al volante depende exclusivamente de que el conductor mantenga las condiciones necesarias para hacerlo de forma segura.

Por ello, únicamente deberán dejar de conducir quienes no superen los reconocimientos médicos obligatorios, tengan retirado el permiso por resolución administrativa o judicial, o presenten limitaciones físicas, cognitivas o sensoriales incompatibles con la conducción.

La estrategia de la DGT pasa por aumentar la supervisión sin excluir automáticamente a ningún grupo por razón de edad. El objetivo es garantizar que cada conductor sea evaluado de manera individual, preservando tanto la seguridad vial como la autonomía personal de quienes continúan siendo aptos para circular por las carreteras españolas.

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