El mítico bar Can Jordi continúa funcionando como si nada hubiese pasado, a pesar de que sobre el local pesa una orden de “suspensión de actividad” emitida por los técnicos del municipio al no contar con ninguna licencia habilitante y debido a una serie de irregularidades detectadas. Mientras tanto, el alcalde Vicent Roig parece mirar para otro lado.
Las evidencias están a la vista, tan fáciles de encontrar como revisar las propias redes sociales del bar ubicado en la el kilómetro 7,7 de la carretera de Ibiza-Sant Josep. El alcalde del Ayuntamiento de Sant Josep negó que se usara la terraza cuando las evidencias demuestran todo lo contrario.
Por citar solo dos ejemplos, en poder de La Voz de Ibiza obra un vídeo de un recital realizado el 13 de enero pasado en la terraza del bar que refleja la ilegalidad en la que se encuentra funcionando el tradicional espacio que disfruta de un trato de favor por su arraigo cultural y la simpatía que genera entre sus numerosos clientes.
Mientras que el 22 de febrero, en su perfil de la red social Facebook, realizó una transmisión en vivo donde se observa la barra móvil para servir bebidas denunciada en el contundente informe de la Policía Local, además de varios clientes consumiendo en la terraza vallada. En tanto, se encuentran programados dos recitales para el 15 y 22 de marzo próximo.
Estas pruebas desmontan las declaraciones realizadas recientemente por el alcalde Roig. En una reciente entrevista al Diario de Ibiza, había manifestado que “no hay actividad ahora mismo, hay alguna mesa o alguna silla, pero lo que es la actividad que se hacía antes en la terraza o en el exterior del local, no se está haciendo. Era lo que se pedía”.
Además, se había defendido al sostener que “no hay ningún trato de favor” a Can Jordi, aunque las evidencias van en el camino contrario.
“Hay un expediente en tramitación. Han retirado todo lo que es la parte de actividad hacia adentro. El equipo de gobierno y creo que buena parte de la población entendemos que es un local emblemático, especial, al que tenemos que ayudar, como a los demás también. Trato de favor, ninguno”, sostuvo.
Además, ha manifestado que “todos debemos cumplir con una normativa” y dijo que “el expediente sigue su curso, iremos tramitándolo e iremos pasando fases a medida que se vayan tratando”.
En la citada entrevista al rotativo local, el alcalde asegura que «no hay conciertos en la terraza» lo que le permite concluir que «no hay una actividad directa sobre la terraza».
Contradicciones
En una rueda de prensa, Roig había afirmado que no se trataba de un “cierre definitivo, sino de un procedimiento administrativo para regularizar su situación”. Sin embargo, el decreto de Alcaldía planteaba paralizar las actividades por haber infringido una “infracción grave”.
Esto no solo no se cumplió sino que además el Ayuntamiento solicitó al Consell de Ibiza y permitió que se vallase su terraza donde se siguen realizando conciertos, a pesar de encontrarse en una “zona de protección de carretera” establecida por la Ley 5/1990 de Carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Según trascendió, existiría un documento en el Consistorio para precintar la terraza que nadie se anima a firmar, teniendo en cuenta la repercusión pública que tomó la situación cuando se conoció este decreto de Alcaldía. Sin embargo, desde el Ayuntamiento han respondido a La Voz de Ibiza semanas atrás que “no se va a llevar a cabo ninguna acción de este tipo en Can Jordi”.
Expediente de cierre
El decreto de la Alcaldía establecía el inicio de expediente de cierre de actividades del bar-cafetería Can Jordi, tras una inspección de la Policía Local de Sant Josep realizada el 7 de julio de 2024. Esto derivó en un informe técnico municipal.
A partir del análisis de si Can Jordi excedía o no “los límites del título habilitante correspondiente” y de “numerosas instancias en forma de quejas por la actividad desarrollada en el establecimiento”, se desvelaron una serie de irregularidades.
La más grave es que la revisión de los archivos municipales arrojó que Can Jordi no disponía de título habilitante para ejercer su actividad como tal. Tampoco consta “que la actividad disponga de una autorización turística anterior al 1 de enero de 1998 para cumplir con la disposición transitoria sexta de la Ley 7/2013”, establecieron los técnicos.
Además, se pudo establecer que el dueño del bar presentó reclamaciones de la Dirección General de Empresas y Actividades Turísticas del Ministerio de Información y Turismo de los años ’70 que no constituyen autorización turística válida.
Y tenía plazo hasta el 30 de junio de 1992 para que las “actividades existentes obtuvieran la autorización correspondiente, sin que conste que esto se haya producido”.
El informe de la Policía
A partir de imágenes tomadas por un dron, las autoridades policiales pudieron establecer primero que “los vehículos estacionan en zonas no habilitadas, generando riesgos para la seguridad vial”.
Además, la terraza donde se suelen realizar conciertos “carece de delimitaciones, lo que provoca que las personas ocupen el vial público, obstruyendo el tránsito”. También se había instalado una “barra móvil para servir bebidas en el vial público”.
“Infracción grave”
Todo esto, según establecieron los técnicos, constituyen una “infracción grave” según la Ley 7/2013 por no disponer de título habilitante.
Por eso, proponen establecer una multa de 16.500,50 euros y la “clausura parcial de la actividad, prohibiendo el uso de la terraza al aire libre por el riesgo que supone para la seguridad”.
Además, exigían la “paralización de la actividad” ya que la Ley 39/2015 supone la imposibilidad de continuar con la actividad desde el momento en que se tenga constancia de los hechos.