JUSTICIA

Una limpiadora de Ibiza gana la batalla judicial al INSS tras un accidente a 70 km/h

El TSJIB confirma la incapacidad total y rechaza el recurso del INSS, que quiso revertir la pensión reconocida en Ibiza.
Una trabajadora doméstica limpia la puerta de un hogar. GETTY

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado la incapacidad permanente total de una trabajadora de la limpieza de Ibiza que quedó con graves secuelas tras un accidente de tráfico. La Sala de lo Social desestima así el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que pretendía revertir la pensión reconocida el pasado febrero por el Tribunal de Instancia de Ibiza, según recoge la sentencia, fechada el 1 de julio, a la que ha tenido acceso La Voz de Ibiza.

El accidente que la incapacitó

La mujer es limpiadora de profesión y estaba afiliada a la Seguridad Social cuando sufrió el siniestro. Iba de copiloto en un turismo que salió de la vía a unos 70 km/h, según la documentación médica incorporada al expediente.

El impacto le provocó una fractura-luxación en el codo derecho, una fractura de fémur en la cadera del mismo lado y una contusión pulmonar con neumotórax. Pasó por dos cirugías en febrero de 2022, una en el fémur y otra en el codo, y una tercera en julio de ese año para retirar el material y liberar la articulación, que había quedado rígida.

Dos negativas del INSS

El alta de traumatología llegó el 20 de febrero de 2024. Un día después, el INSS resolvió denegarle la incapacidad permanente que había solicitado, al considerar que sus lesiones no alcanzaban un grado suficiente de su capacidad laboral. La reclamación previa que presentó después corrió la misma suerte: fue desestimada en mayo por falta de documentación médica nueva.

Ibiza le dio la razón

La trabajadora acudió entonces a los tribunales. El Tribunal de Instancia de Ibiza estimó su demanda y la declaró en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de limpiadora, al entender que la pérdida de movilidad del codo y el dolor crónico de cadera le impiden tareas tan básicas del oficio como escurrir una fregona, cargar peso o subir escaleras. El fallo le reconoció una pensión mensual del 55% de una base reguladora de 983,23 euros, con efectos desde febrero de 2024.

El INSS recurrió sin éxito

El instituto llevó el caso al TSJIB. Su defensa, a cargo de la letrada Covadonga González Mata, pidió revisar los hechos probados para incluir que el tratamiento del dolor se limitaba a paracetamol e ibuprofeno, con el fin de restar gravedad al cuadro clínico. También alegó infracción de los artículos de la Ley General de la Seguridad Social que regulan la invalidez permanente.

La Sala, presidida por el magistrado Alejandro Roa Nonide, rechaza ambos argumentos. Sostiene que el informe médico forense avala las limitaciones funcionales recogidas en la sentencia y que la valoración de las pruebas hecha en el juicio debe prevalecer salvo que resulte «carente de fundamento o razonabilidad», algo que aquí no ocurre.

Aún cabe un recurso más

Contra la sentencia, dictada el 1 de julio, cabe todavía recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que el INSS debería presentar en diez días hábiles desde la notificación. Mientras tanto, la incapacidad permanente total reconocida a la trabajadora de Ibiza queda confirmada, sin perjuicio de una futura revisión si su estado de salud mejora.

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