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Viajar con tu mascota ya no será igual: qué cambia desde hoy y qué documentación exige la nueva normativa en la UE

El refuerzo de la normativa obliga a cumplir requisitos estrictos de identificación y documentación para perros, gatos y hurones

Cambios en los viajes con mascotas
Cambios en los viajes con mascotas

A partir de este 22 de abril, viajar con mascotas dentro de la Unión Europea implica cumplir una serie de requisitos más estrictos. La actualización normativa no introduce una ley completamente nueva, pero sí refuerza los controles existentes en materia de identificación, salud y trazabilidad de los animales de compañía.

El cambio afecta a millones de propietarios en España, donde la presencia de animales domésticos es masiva. Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), «en España en uno de cada tres hogares se convive con al menos un animal de compañía, y así, según la información resultante de los registros de animales de compañía de las comunidades autónomas, en la actualidad hay más de trece millones de animales de compañía registrados e identificados».

Sin embargo, los datos también reflejan un problema estructural: una gran parte de estos animales no está correctamente identificada, lo que supone riesgos tanto para su protección como para la salud pública.

Una realidad preocupante: animales sin identificar

El refuerzo de las medidas llega en un contexto en el que la identificación de mascotas sigue siendo insuficiente. Un estudio realizado por la Fundación Affinity y la Universidad Autónoma de Barcelona evidenció esta situación.

Los resultados muestran que solo el 27,7 % de los perros que llegan a centros de acogida están identificados con microchip, mientras que en el caso de los gatos la cifra cae hasta el 4,3 %.

Esta falta de control tiene consecuencias importantes. Tal como recoge el BOE, la ausencia de identificación puede suponer riesgos «tanto para su adecuada protección como para la propia seguridad y salud pública y la conservación de la biodiversidad».

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Qué cambia desde hoy en la Unión Europea

La actualización normativa que entra en vigor este 22 de abril se centra especialmente en los desplazamientos con animales de compañía dentro del territorio comunitario.

Según la UE, «las normas de la UE facilitan los viajes a otros países de la UE con tu perro, gato o hurón. Estas normas también cubren los viajes a la UE desde un país o territorio fuera de la UE».

El objetivo principal es reforzar el control sanitario y garantizar que todos los animales que se desplazan estén correctamente identificados y documentados.

Así, a partir de ahora, los desplazamientos sin fines comerciales de animales incluidos en la normativa deberán realizarse cumpliendo estrictamente los requisitos establecidos.

Documentación obligatoria para viajar con mascotas

Uno de los puntos clave del refuerzo normativo es la exigencia de documentación completa para poder viajar con animales de compañía.

Entre los requisitos principales se encuentran:

  • Microchip o tatuaje identificativo (si fue aplicado antes del 3 de julio de 2011).
  • Vacunación contra la rabia obligatoria.
  • En determinados casos, prueba de anticuerpos contra la rabia al viajar desde países no pertenecientes a la UE.
  • Tratamiento contra la tenia Echinococcus multilocularis en destinos específicos.
  • Pasaporte europeo para mascotas, en desplazamientos dentro de la UE.
  • Certificado sanitario de la UE, si se viaja desde fuera del territorio comunitario.

El cumplimiento de estas condiciones es imprescindible para garantizar la movilidad de los animales dentro del espacio europeo.

El pasaporte europeo para mascotas: clave en los viajes

El pasaporte europeo se consolida como el documento central para viajar con animales de compañía. Se trata de un documento oficial que recoge toda la información relevante sobre la mascota.

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Incluye datos como el código del microchip, historial sanitario, vacunación antirrábica y datos del propietario y del veterinario.

Este documento puede obtenerse a través de veterinarios autorizados y tiene validez de por vida, siempre que la información sanitaria esté actualizada.

Certificado sanitario para viajes desde fuera de la UE

En el caso de desplazamientos desde países no pertenecientes a la Unión Europea, es obligatorio contar con un certificado específico.

Tal como indica la normativa, «el certificado zoosanitario de la UE es otro documento de identificación que contiene información específica sobre tu animal de compañía (identidad, estado de salud y vacunas antirrábicas) y es necesario para viajar a la UE desde un país o territorio situado fuera de la UE».

Este certificado sigue un modelo estandarizado y es imprescindible para garantizar el control sanitario en las fronteras.

No es una ley nueva, pero sí más estricta

Aunque pueda parecer un cambio radical, lo cierto es que la normativa no introduce obligaciones completamente nuevas, sino que endurece el cumplimiento de las ya existentes.

En España, la identificación de animales de compañía como perros y gatos lleva años siendo obligatoria. Sin embargo, el refuerzo europeo busca asegurar que estas normas se apliquen de manera uniforme en todos los países.

Multas que pueden alcanzar los 50.000 euros

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones económicas muy importantes. En España, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece diferentes niveles de infracción.

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En el caso de no cumplir con la identificación obligatoria, se trata de una infracción grave. Esto puede traducirse en multas de entre 10.001 y 50.000 euros.

El propio texto legal recoge que «no cumplir las obligaciones de identificación del animal» se incluye dentro de este tipo de infracciones.

Las sanciones generales contemplan:

  • Infracciones leves: hasta 10.000 euros.
  • Infracciones graves: de 10.001 a 50.000 euros.
  • Infracciones muy graves: hasta 200.000 euros.

Estas cifras reflejan la importancia que las autoridades otorgan al control y protección de los animales de compañía.

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