CONCURSO BAJO SOSPECHA

¿Nueva insumisión? Los chiringuitos de Formentera ponen en duda el desmontaje de este invierno

Los concesionarios deberían retirar las estructuras entre el 15 de enero y el 15 de febrero, tal como establecen las bases de la licitación y el título concesional. El invierno pasado ya habían incumplido esta normativa.

El chiringuito Gitana de Formentera
El chiringuito Gitana

Los concesionarios de los kioscos de playa del mega concurso bajo sospecha se encaminan hacia una nueva insumisión: planean no desmontar los chiringuitos tal como sucedió el invierno pasado y por el que el Govern balear mantiene abierto un expediente. 

Así se desprende de las fuentes consultadas por La Voz de Ibiza

En tanto, este medio ha intentado infructuosamente consultar con diferentes propietarios. Solo uno contestó a los requerimientos con una respuesta evasiva y surrealista. “No sabemos nada, no sabemos nada. Pregúntale al Consell (Insular de Formentera) que depende de ellos”, afirmó. 

Esta situación se había producido ya el año pasado cuando, a pesar del rechazo de la Conselleria del Mar a la solicitud del propio Consell, los concesionarios decidieron mantener montadas las estructuras durante todo el invierno. Y ahora se encaminan a una nueva rebelión. Al menos eso parece.

El título concesional del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico otorgado a través de la Dirección General de la Costa y el Mar al Consell Insular de Formentera no admite dudas respecto a la insumisión a la obligación de desmontar los quioscos de playa durante un mes de los actuales concesionariosla concesión ha de ser rescindida.

Así se desprende de la autorización al Consell de Formentera para concesionar unos 907 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre con destino a instalaciones de los servicios de playa en varias playas de Formentera.

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La “lógica” de los chiringuiteros

La decisión que piensan repetir los propietarios de los chiringuitos tiene cierta “lógica”. Es que, al tratarse de estructuras no desmontables -lo que incumple no solo las bases del concurso sino también el Reglamento de Costas y el contrato- los propios concesionarios han reconocido que la operación de desmontaje-montaje demandaría tres meses y un coste de 50.000 euros. 

En contraposición, el Consell Insular ha aplicado una irrisoria multa de 1.500,01 euros como multa por la insumisión, una ganga con respecto a los propios costes que calculaban los propietarios para desmontar un mes y volver a montar entre el 15 de enero y el 15 de febrero, tal como lo había establecido el propio consistorio.

Esta cifra salió de la boca de los propios chiringuitos: es la misma sanción que habían pedido el 17 de octubre del año pasado en una reunión con el director insular de Litoral. Algo que luego terminó aplicando en marzo de este año ante la materialización del incumplimiento. 

Por eso, no sería extraño que, ante las complicidades a la vista, el Consell Insular plantee la misma sanción con otra sanción ridícula a favor de los chiringuiteros

Un expediente que no avanza

La Consellería del Mar y Ciclo del Agua del Govern ha abierto expediente por el incumplimiento al desmontaje. Sin embargo, no ha habido avances. O al menos, no se conocen. 

La Voz de Ibiza ha consultado insistentemente en los últimos meses al Govern. Y la respuesta ha sido siempre la misma. A principios de agosto han afirmado que “los técnicos están trabajando en los expedientes”. 

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En septiembre han dicho que “eso sigue igual” y la semana pasada apuntaron que “me comentan que por ahora nada”. 

Qué dice el título concesional

Tal como viene informando La Voz de Ibiza, el título concesional es claro respecto de la obligación de los chiringuitos de desmontar. Y de las consecuencias de no hacerlo.

En tal sentido, evoca el artículo 68 de Reglamento General de Costas, para tramos naturales de las playas. “Estas instalaciones serán de temporada y desmontables en todos sus elementos”, detalla.

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El título concesional deja bien claro la obligación de desmontar.

A partir de esto, deja constancia sobre “las dimensiones, distancias, y temporalidad de los establecimientos de comidas y bebidas en playas naturales. Se trata de, con la mínima ocupación (que se limita además exigiendo distancias importantes a otros establecimientos también expendedores de comidas y bebidas), y con instalaciones desmontables, presten servicios en temporada de alta a los usuarios de la playa”.

Además, aquí se atiende a la “alegación municipal presentada en marzo de 2023, y admitir que la obligación anual de desmontar se reduzca al período de un mes entre el 15 de enero y el 15 de febrero de cada año”.

Para no dejar ningún espacio para la duda, el título especifica más adelante que esto “se está refiriendo a la exigencia no solo de que sean desmontables, sino que se desmonten todas las temporadas. Por tanto, los quioscos en tramos naturales no pueden ser permanentes, debiendo establecerse explícitamente la condición de obligación de levantamiento durante un mes entre el 15 de enero y el 15 de febrero de cada año”.

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