TRÁFICO DE MERCANCÍAS

El sector del transporte cifra el sobrecoste tras la sentencia del TSJIB que obliga a pagar a los conductores las horas en ferry

La Federación Empresarial Balear de Transportes (FEBT) ha advertido del impacto económico que tendrá en Baleares la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJIB) que obliga a considerar como tiempo laboral las horas que los conductores pasan en ferry. La patronal estima que cada embarque podría encarecerse hasta un 35%, lo que generará un sobrecoste estructural en un territorio donde el transporte marítimo es imprescindible.

muelle comercial.
Un camión circulando en el vial de acceso al muelle comercial.

La Agrupación Empresarial del Servicio Discrecional de Mercancías de la Federación Empresarial Balear de Transportes (FEBT) ha alertado del sobrecoste estructural por la insularidad que puede suponer una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) que obliga a pagar a los conductores las horas en ferry.

El fallo establece que el tiempo que un conductor pasa en ferry acompañando al camión debe considerarse tiempo de presencia laboral y, por tanto, debe ser retribuido o compensado.

Desde la FEBT han subrayado en un comunicado este viernes que, hasta ahora, en muchos casos, ese periodo se computaba como descanso.

La repercusión que pueda tener la sentencia, han advertido, es especialmente significativa en Baleares, donde el ferry no es una opción organizativa, sino una consecuencia directa de la insularidad.

Según la patronal, cada trayecto marítimo supone una serie de horas que ahora deberán abonarse o compensarse obligatoriamente, generando un incremento estructural de costes que el sector estima que puede alcanzar hasta un 35 por ciento por embarque.

Además, la sentencia introduce a su entender un efecto operativo especialmente complejo. La normativa europea de transporte considera como descanso el tiempo en ferry cuando se cumplen determinadas condiciones -como disponer de camarote o litera y que no se produzcan interrupciones más allá de lo permitido-, circunstancias que habitualmente concurren en los trayectos entre Baleares y la Península.

Sin embargo, a raíz de esta interpretación judicial, ese mismo periodo pasa a calificarse como «tiempo de presencia» laboral y a computar dentro del límite semanal de aproximadamente 20 horas que fija el Acuerdo General del sector.

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Asimismo, han expuesto que cada trayecto puede suponer unas siete u ocho horas, de modo que con tres embarques semanales el conductor puede agotar prácticamente ese tope legal. Esto, han subrayado, le impide realizar más servicios durante esa semana, aunque apenas haya conducido 200 kilómetros en total.

«En la práctica, puede verse obligado a detener su actividad semanal pese a haber estado muy poco tiempo al volante», han sostenido desde la FEBT.

Además, han advertido que a esta situación se suma la «grave escasez» de conductores que ya afecta al sector. Según la patronal, la necesidad de rotar más personal para cubrir los mismos trayectos «no es sencilla ni inmediata».

A su entender, esta limitación genera «una tensión operativa real» en un territorio insular como Baleares, donde el transporte marítimo es imprescindible para garantizar el abastecimiento.

La sentencia también abre la puerta a reclamaciones retroactivas por horas no abonadas en el pasado, lo que «incrementa la incertidumbre económica para muchas empresas», han agregado.

Con todo, la FEBT ha reclamado que se analice con las administraciones el impacto específico que esta sentencia pueda tener en territorios insulares, con el fin de «evitar que una circunstancia geográfica estructural se convierta en un factor permanente de pérdida de competitividad y riesgo para el abastecimiento».

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