JUSTICIA

Vendía MDMA y ketamina desde su casa de Ibiza: la condena queda en suspenso durante tres años

La Audiencia Provincial de Baleares le impone dos años de prisión y 8.000 euros de multa tras incautar en su vivienda unos 333 gramos de MDMA y ketamina valorados en más de 15.000 euros.
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La ketamina es el principal componente de la cocaína rosa. (Imagen de archivo)

La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a dos años de prisión y una multa de 8.000 euros a un hombre que se dedicaba a la elaboración, preparación y venta de sustancias estupefacientes en su vivienda de Ibiza. La sentencia, con fecha del 15 de septiembre de 2026 y a la que ha tenido acceso La Voz de Ibiza a través del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), recoge la conformidad del acusado, identificado como Marco Antonio, con la acusación del Ministerio Fiscal por un delito contra la salud pública.

El condenado, nacido en 1984 en Colombia y con situación regular en España, no tenía antecedentes penales. El fallo pone fin a una causa abierta tras una entrada y registro practicada por agentes de la UDYCO en su domicilio de Ibiza el 28 de septiembre de 2022.

Una báscula y 60 euros en la casa

Según los hechos probados de la sentencia, los agentes localizaron en la vivienda una báscula de precisión, diversas bolsas de autocierre y 60 euros procedentes, según se determinó, de la venta de droga a terceros. El material intervenido apuntaba a una actividad de elaboración y distribución de sustancias estupefacientes desde el propio domicilio.

Seis bolsas con MDMA y ketamina

El registro permitió incautar hasta seis bolsas de plástico con comprimidos y polvo de color rosa que, tras el análisis correspondiente, resultaron contener MDMA y, en varios casos, ketamina. Las cantidades oscilaban entre los 2,4 y los 302,88 gramos por bolsa, con riquezas de la sustancia de entre el 7% y el 66%. En conjunto, la droga intervenida rondaba los 333 gramos.

El valor que esa mercancía habría alcanzado en el mercado ilícito se cifra en la sentencia en 15.471,21 euros. El tribunal ha acordado el decomiso tanto del dinero como de las sustancias, así como la destrucción de la droga que aún no haya sido destruida.

La pena queda en suspenso

Pese a la condena a dos años de cárcel, el acusado no ingresará en prisión de forma inmediata. La Audiencia le ha concedido el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena por un plazo de tres años, al amparo del artículo 80 del Código Penal. La medida está condicionada a que no vuelva a delinquir durante ese periodo.

El tribunal justifica la suspensión en que el condenado carecía de antecedentes penales y en que la pena impuesta no superaba los dos años, los dos requisitos que exige la ley para acceder a este beneficio. El Ministerio Fiscal informó a favor de concederlo y el propio penado mostró su conformidad.

Una condena pactada sin juicio

El procedimiento se resolvió por la vía de la conformidad, prevista en el artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que permitió dictar sentencia sin necesidad de celebrar juicio oral. Tanto la Fiscalía como la defensa del acusado, ejercida por la letrada Lara Fernández Serrano, aceptaron los hechos, la calificación jurídica y la pena solicitada.

A la condena se le aplicó además la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, recogida en el artículo 21.6 del Código Penal, por el tiempo transcurrido desde la investigación hasta el juicio. El condenado deberá además pagar las costas del proceso y afrontar tres meses de privación de libertad en caso de no abonar la multa en el plazo de diez días fijado por el tribunal.

La sentencia fue declarada firme en el mismo acto, después de que ninguna de las partes manifestara intención de recurrirla, por lo que la condena por tráfico de drogas en Ibiza no admite ya ningún recurso.

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