MOVILIDAD

Ibiza afronta nuevas reglas de tráfico: casco en patinetes, más protección ciclista y cambios para motoristas

La reforma entra en vigor este jueves con cambios en adelantamientos, circulación de bicicletas y VMP, equipamiento de motoristas y gestión de retenciones.
Patinetes secuestrados en Ibiza
Patinetes en Ibiza.

Conductores, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes de Ibiza tendrán que adaptarse desde este jueves 1 de octubre a las nuevas obligaciones del Reglamento General de Circulación, aprobadas por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, para reforzar la protección de los usuarios vulnerables. La reforma modifica adelantamientos, equipamiento obligatorio, circulación urbana y la respuesta ante retenciones en autopistas y autovías.

El cambio llega a una isla donde la movilidad sobre dos ruedas ha ganado peso. La red de carriles bici de Ibiza alcanzó los 42,25 kilómetros en 2025 y continúa ampliándose con nuevos proyectos, mientras en Vila se han realizado controles específicos sobre los vehículos de movilidad personal.

Desde el 1 de octubre no podrán conducir vehículos de movilidad personal (VMP) los menores de 15 años y será obligatorio utilizar casco homologado o certificado, correctamente abrochado. La norma prohíbe además circular con estos vehículos por autopistas, autovías y travesías, aunque permite su uso en determinadas vías ciclistas interurbanas cuando la señalización no lo impida.

En Ibiza, estas novedades se añaden al registro y al seguro de responsabilidad civil que afectan desde este año a los patinetes. La Policía Local de Ibiza ha realizado controles específicos sobre estos vehículos, cuya convivencia con peatones y bicicletas se ha convertido en un asunto habitual de movilidad urbana.

Cuando la visibilidad sea reducida, los usuarios de VMP deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros. La obligación de mantener encendido el alumbrado también durante el día tendrá un año de carencia y comenzará a exigirse el 1 de octubre de 2027.

Ciclistas: 1,5 metros y cambio completo de carril

Al adelantar a ciclistas, grupos de ciclistas, ciclomotores, VMP, peatones o animales habrá que conservar una separación lateral mínima de 1,5 metros. Si la vía tiene más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril.

Fuera de poblado, quien adelante deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite existente durante la maniobra. En ciudad, los vehículos a motor tendrán que mantener un mínimo de cinco metros con la bicicleta que circule delante en el mismo carril.

Cuando no exista un carril bici o una vía específica, las bicicletas deberán circular por la calzada y preferentemente por el centro del carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan. Las aceras quedan reservadas a los peatones, aunque los ayuntamientos podrán establecer excepciones para menores de hasta 12 años acompañados por un adulto a pie y regular la convivencia en otras zonas peatonales.

Estas reglas incidirán en una red ciclista insular que sigue creciendo. Además de los 42,25 kilómetros contabilizados en 2025, durante 2026 se han impulsado nuevos enlaces para resolver discontinuidades, como el tramo proyectado entre Blancadona y es Raspallar o la prolongación del carril bici de la avenida de Sant Jordi hacia la zona educativa.

Motoristas: guantes, calzado cerrado y arcén en retenciones

Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier vía. El casco tendrá que estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22, aunque los ciclomotores dispondrán de un periodo transitorio de un año para sustituir los cascos que solo estén certificados.

Las motocicletas deberán llevar además un chaleco reflectante de alta visibilidad entre su equipamiento obligatorio. Quienes trabajen profesionalmente desplazándose en motocicleta, bicicleta, ciclo o VMP tendrán que utilizar chaleco reflectante mientras circulen por cualquier tipo de vía.

Las motocicletas podrán usar de forma excepcional el arcén derecho cuando el tráfico esté detenido por congestión, pero solo en tramos previamente habilitados y señalizados. En esos casos deberán circular en columna de uno, a un máximo de 30 km/h y sin poner en riesgo a quienes estén obligados a utilizar el arcén.

Carril de emergencia en autopistas y autovías

Cuando una retención obligue a circular a paso de peatón o detenga el tráfico en autopistas y autovías, los conductores deberán dejar un corredor libre para facilitar el paso de vehículos prioritarios.

En vías con dos carriles por sentido, ese espacio se abrirá entre ambos. Si existen tres o más, se formará entre el carril izquierdo y el inmediatamente contiguo: los vehículos del carril izquierdo deberán desplazarse hacia ese lado y los del resto, hacia la derecha.

El Real Decreto 518/2026 entrará en vigor con carácter general el 1 de octubre. Algunas obligaciones tienen calendario propio, como el alumbrado diurno permanente de los VMP o el plazo para determinados cascos de ciclomotor, pero el grueso de las nuevas reglas afectará desde este jueves a quienes circulen por Ibiza y el resto de España.

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